El juez penal de Garantías, Humberto Otazú, hizo lugar a un recurso de amparo y suspendió la millonaria licitación del Instituto de Previsión Social (IPS) para lavado y planchado. “Días anteriores se planteó un amparo contra el IPS, en alusión a un llamado de licitación por un monto bastante importante y que no se podía tener acceso a la información”, dijo.
00:00Bueno, para entender un poco, doctor, este amparo constitucional que se plantea
00:03y su resolución de hacer lugar y suspender esta licitación.
00:06Bueno, como ya es de conocimiento público, días anteriores se había planteado una acción de amparo
00:14contra el Instituto de Previsión Social, por consiguiente contra la Presidencia y el Consejo,
00:21haciendo alusión de que se estaría llevando adelante un llamado a licitación
00:25por un monto bastante importante y que no se podía tener acceso a dicha información.
00:33Al analizar estos fundamentos erimidos por los accionantes, el juzgado resolvió hacer lugar
00:42o dar trámite a esta acción de amparo y se procedió a la notificación y al traslado de dicha presentación.
00:50Posteriormente, el Instituto de Previsión Social contesta el informe requerido por el juzgado
00:57en el término adecuado y fundamenta en su contestación cuáles son los argumentos que motivaron al Instituto
01:07a llevar adelante el llamado para esta prestación de servicios.
01:12Dentro de las documentales adjuntadas por el Instituto de Previsión Social,
01:20se refiere a un memo de una de las direcciones administrativas del Instituto
01:24donde se justifica o ellos entienden que ese llamado a licitación para la prestación de servicios
01:31se encuentra debidamente justificado.
01:33Al abocarnos al análisis de esa contestación y específicamente también muy puntual con referencia a ese memo,
01:43el juzgado encontró algunas inconsistencias que pasamos a detallar y lo vamos a hacer de manera resumida.
01:50Uno de los fundamentos es que el Instituto, si bien posee máquinas, lavarropas, las especiales para este tipo de servicios,
01:59las mismas se encuentran ya deterioradas por el uso, pero a esta afirmación no se ha acompañado ningún informe técnico
02:06para que el juzgado realmente pueda constatar de que esas máquinas están en ese estado
02:11y donde surge la primera incongruencia o inconsistencia, mejor dicho,
02:16de que en párrafos posteriores se menciona de que esas máquinas van a ser reasignadas, reubicadas
02:23en hospitales o clínicas periféricas que no van a contar con ese servicio.
02:29Entonces, el primer punto, ¿están deterioradas o no?
02:33Otro punto a tener en cuenta, ¿cuánto va a costar trasladar todos esos equipos?
02:38¿Qué va a pasar de esa gente, de los funcionarios? Primer punto.
02:42Segundo, otro punto que nos llamó la atención es que primariamente el servicio era solicitado por cinco años
02:51y posteriormente va a diez años.
02:54No existe un informe técnico, financiero ni económico por qué o para qué se debe extender ese periodo.
03:03Otra cuestión muy importante, en el descargo del instituto no se menciona cómo se va a cubrir ese costo de ese servicio,
03:13no se especifica qué rubro se va a utilizar.
03:16Y es ahí donde pasa a tenerse en consideración de que se podrían ver vulnerados o correr peligro
03:24los fondos jubilatorios que tienen rango y protección constitucional
03:29y consiguientemente también un impacto en lo que hace el derecho a la vida y a la salud.
03:36Entonces, teniendo en consideración todas estas cuestiones, el juzgado entiende
03:40de que ante este tipo de llamados debe primar primero la prudencia de las autoridades en el sentido de que
03:47cuando se maneja el dinero ajeno, en este caso de los aportantes,
03:53es importante tener las reglas claras de que se ponga a disposición toda la documentación
03:59para que se pueda observar.
04:01Porque si existiese un fundamento técnico válido de que ese servicio realmente va a redundar en beneficio,
04:08primeramente para los asegurados, y en segundo lugar de que el instituto se va a beneficiar
04:13o se va a ahorrar insumos materiales, entonces que se le demuestre o que se muestre
04:21cómo va a surtir esos efectos.
04:23Entonces, los accionantes, los amparistas, justamente reclamaban esa circunstancia.
04:30No pudieron tener acceso porque, lógicamente, eso aún no tomaba estado público
04:35y posteriormente, cuando se resuelve llevar adelante este llamado o esta licitación,
04:42particularmente examiné la página del Instituto de Previsión Social
04:46y no encontré ninguna información sobre esta licitación.
04:49Entonces, teniendo en consideración todos estos aspectos, es que el juzgado ha resuelto
04:54no suspender este llamado para esta prestación de servicio
04:59hasta que la autoridad, entendemos nosotros, que es la Dirección Nacional de Contrataciones Públicas,
05:04pueda examinar y dictaminar tanto el pliego de bases y condiciones,
05:09los motivos jurídicos, técnicos, económicos y financieros que hacen a la necesidad de este llamado.
05:17Excelente.
05:17Mabel, compañeros, si tienen alguna consulta para el juez, Humberto Tazú, sobre este punto.
05:23Impresionante es lo que estamos escuchando del juez.
05:27Nos quedamos mudos los cuatro acá y necesitábamos que alguien, que no fuera ciudadanía,
05:34que no fuera los que siempre estamos pataleando,
05:37dijera con tanta claridad lo que se nota, juez, que usted se puso a leer de arriba a abajo.
05:45Una de las cosas que para mí es muy llamativo lo que usted acaba de confirmar,
05:51que inicialmente era solo por cinco años y de repente saltan a diez años sin que se sepa bien por qué aumentaron a diez años.
06:03No hay ningún informe técnico o financiero que respalde el por qué cambiaron de opinión, doctor Tazú.
06:11Así mismo, Mabel, al menos de las documentaciones que el Instituto de Previsión Social acompañó a la presentación o al descargo que ellos hicieron,
06:26no tuvimos a la vista estos informes, ¿verdad?
06:28Y lo mismo sucede, no solamente que es muy importante la cuestión esta del tiempo,
06:34sino también los informes técnicos de las lavarropas.
06:39O sea, si funcionan, ¿para qué se necesita?
06:42En el sentido siguiente, para poder entenderlo y que la ciudadanía también pueda entender y que haya claridad en esto, Mabel.
06:48Bueno, si nosotros poseemos este servicio de lavandería especializada porque se requiere de máquinas realmente especiales
07:01porque trabajan a temperatura determinada, el planchado también de la misma forma.
07:07No tuve a la vista un informe que me detalle o que me diga.
07:14El Instituto de Previsión Social, a través de sus clínicas periféricas y hospitales,
07:20consume este tipo de prendas 500 por semana.
07:26Por dar un ejemplo, con el transcurso del tiempo y con la cantidad de asegurados,
07:30según la página del IPS, está más de 1.400.000 asegurados,
07:35no existe un informe que diga de 500 pasamos a 2.000 porque subió la demanda.
07:42No tuve a vista esa información.
07:45Entonces, si el Instituto tiene capacidad, y lo estoy hablando a modo de ejemplo,
07:51de poner cada semana 500 prendas, por llamarlo así en un término genérico,
07:58y subió a 2.000, en teoría está en menos 1.500,
08:03pero no hay ese informe que pueda avalar.
08:06Y con eso entendemos que no se encuentra justificada la necesidad de este llamado,
08:13al menos de los documentos que pusieron a mi disposición.
Sé la primera persona en añadir un comentario