00:00Y naturalmente uno de los principales temas en este momento tiene que ver con las denuncias de supuesto fraude en las elecciones del 30 de abril,
00:08las manifestaciones de los seguidores de Paraguayo Cubas y de Cruzada Nacional y la situación jurídica de este,
00:15ya que Paraguayo Cubas había sido detenido y fue imputado por varios delitos.
00:21¿Cuál es la novedad jurídica?
00:22El juez penal de garantías, Joan Paul López, confirmó que el excandidato presidencial de Cruzada Nacional tendrá que permanecer bajo prisión preventiva
00:32al menos por 10 días en el predio de la agrupación especializada y luego determinarán el lugar al que irá.
00:39Según el juez López, se cumplen los presupuestos suficientes para dictar esta medida cautelar.
00:45En su resolución, el juez de garantías cita una serie de factores que explican los motivos de esta decisión.
00:52En primer lugar, sostiene que el marco penal total al que se expone Cubas es elevado
00:57y que durante la audiencia de análisis de imposición de medidas, la defensa no argumentó que el ex presidencial le tenga arraigo,
01:05es decir, no presentó las pruebas documentales para sostener el arraigo.
01:10Además, el juez dijo que el procesado tiene antecedentes de haber rehuido de juicios anteriores
01:15y que existe la posibilidad de obstruir la investigación.
01:19La decisión entonces es la prisión preventiva de Paraguayo Cubas por 10 días, contando desde ayer en la agrupación especializada
01:26y luego debe ser trasladado hasta otro establecimiento por decisión del Ministerio de Justicia.
01:34Existen una multiplicidad de hechos punibles cuyos marcos penales en concurso tienen una alta expectativa
01:45sumada a una de las principales circunstancias porque sabemos que la concurrencia de los requisitos exigidos por el 242
01:54deben ser tales para que se aplique la prisión preventiva.
01:58No basta con que el hecho punible tenga una expectativa o un marco penal alto.
02:04Pero no pudo desvirtuar el peligro de fuga que fue fundado por el Ministerio Público.
02:10Y la fuga, señores, no se limita solamente a la fuga física, sino a la sustracción física del proceso,
02:17sino también a la sustracción legal y procesal, que con el principio de inmediación, en esta oportunidad de la audiencia,
02:26el juez pudo notar que existe efectivamente, al menos el día de hoy, ¿verdad?,
02:31pudo notar que existe una renuencia a someterse a los mandatos de la justicia.
02:36Notando la actitud adoptada por el doctor Cubas, la defensa técnica, quien no argumentó arraigo y cuestiones tales
02:48que puedan, digamos, desacreditar el otro extremo vertido por el Ministerio Público,
02:53como también el peligro de obstrucción a actos concretos de la investigación.
02:59Entonces, en ese sentido, existiendo lastimosamente estos tres requisitos en forma concurrente,
03:04el juzgado dicta, decreta la prisión preventiva, que es de carácter excepcional, provisoria.
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