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  • hace 11 meses
El Poder Judicial resalta que el hecho punible de mayor ingreso durante el año 2022 es el Incumplimiento del Deber del Alimentario, con unos 3.297 casos. “El 80% a 85% de juicios de las gamas de tipologías que se hacen en el fuero de la niñez y adolescencia es por la asistencia alimentaria”, expresó la jueza Pili Rodríguez.

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Transcripción
00:00Y allí quiero arrancar con lo que es el incumplimiento de la prestación alimentaria, doctora, porque realmente eso es un problema.
00:09Los que estamos en el día a día en los pasillos del Poder Judicial sabemos los problemas que agarra esta situación.
00:15Y también hablábamos de esto en la radio en la semana, en ABC Cardinal, y a muchos les llamó la atención que por el incumplimiento de la prestación alimentaria la persona puede terminar en la cárcel.
00:26¿Es así, doctora?
00:26Así mismo es. Es justamente una de las excepciones a la norma constitucional que habla de que no hay prisión por deudas.
00:36Y justamente hace una excepción. ¿Y por qué?
00:38Porque estamos hablando de un derecho tan básico y que debería ser natural en relación de los padres hacia los hijos.
00:48Y justamente implica un principio de subsistencia de ese niño o niña adolescente en desarrollo.
00:56Y no solamente desde que nace, sino que por nuestro código de la niñez y por la constitución también está protegido desde la propia concepción.
01:06Por eso es que existe también el proceso para reclamar alimentos que se denominan de carácter prenatal.
01:13O sea, desde la concepción, mientras la madre durante el embarazo, el parto y ya también todo lo que implica desde el nacimiento en adelante hasta la mayoría de edad.
01:24Y realmente sí, fue una cifra que lanzó dentro del marco de la culminación de gestión de la Corte Suprema de Justicia.
01:35Hay que hacer una aclaración, ¿verdad?
01:37De que la Corte o el Poder Judicial, la estadística con que cuenta el Poder Judicial, hablaba de causas ingresadas con esa denominación de hecho ponible.
01:48A diferenciar de las denuncias que recibe el Ministerio Público, que es, por decirlo así, una institución autónoma al Poder Judicial.
01:59Exacto.
02:00Entonces, lo que el Poder Judicial mostró es la cantidad de tipos de hechos punibles que han ingresado al sistema penal.
02:08Tengo entendido, no soy experta en lo penal, pero digamos que, por decirlo así, causas donde existieron imputaciones y comenzó el proceso penal dentro del sistema judicial.
02:19Y por otro lado, están las diversas denuncias que recibe el Ministerio Público y que, conforme a sus competencias, debe hacer el análisis correspondiente para ver cómo continúa esa denuncia,
02:35si se enmarca dentro del hecho punible, si corresponde la imputación, la acusación, etc.
02:40Y hasta, si se dan todos esos elementos, hasta lo que significa la sanción por la existencia o la demostración que se cometió ese hecho punible.
02:51En este caso, el incumplimiento del deber legal alimentario.
02:55Y allí un poco la función que tiene el Poder Judicial, ustedes como magistrados, doctora, de esa protección al interés superior del niño.
03:02Como título suena muy lindo, pero qué complejo es eso, doctora.
03:05Así es, es un principio. El interés superior del niño está, digamos, es como la norma constitucional, en el artículo 54 está.
03:12Eso que, ante dos circunstancias que puedan entrar en conflicto, uno debe estar al interés superior del niño.
03:18¿Qué es el interés superior del niño? Es el mejor interés, el mejor escenario, lo mejor que se le puede dar a cada niño en ese ambiente de debate que tiene para el reclamo de su derecho.
03:30Y que corresponde y es individual para cada niño o niña adolescente que ingresa.
03:36Y ahí hacemos también una diferencia.
03:39También esta norma constitucional se relaciona con la Convención de los Derechos del Niño,
03:45que trajo todo este nuevo pensar de poner al niño en el centro de todo ámbito,
03:52no solamente desde el fuero Niñez y Adolescencia, sino transversalmente en todos los fueros,
03:58en toda decisión, hasta de políticas públicas, desde el Ejecutivo y Legislativo,
04:03que ellos sean realmente protagonistas y que todas las decisiones que se vayan adoptando
04:09les tenga a ellos en cuenta justamente para poder hacer lo mejor.
04:15Eso es el interés superior.
04:16Y eso se ve en cada caso, en cada expediente.
04:19En el fuero de la niñez, valga la redundancia,
04:22se tratan todas las competencias que hace al ámbito fuero Niñez y Adolescencia,
04:28que está contemplado en el Código de la Niñez, también en otras leyes especiales.
04:33Y por otro lado, siempre es lo que es en el fuero penal,
04:37es la investigación penal o el trámite del, por decirlo así, del proceso penal
04:44cuando existe un hecho punible que esté tipificado como tal en el Código Penal.
04:49O sea, en el fuero de la niñez estamos como para garantizar y proteger de inmediato los derechos
04:54y en el fuero penal justamente para investigar si existió un hecho punible,
04:59si existe un actor, ¿verdad?, un autor, perdón, y si amerita una sanción correspondiente.
05:06Excelente. Yendo un poco al fuero de la niñez y la adolescencia, doctora,
05:10¿cuáles son los juicios más comunes que se dan en este fuero?
05:14Y sí, el de la asistencia alimentaria.
05:16Ahí siempre hay por eso una correlación de que si podemos hablar en cifras porcentuales,
05:24entre un 80-85% de la gama de tipologías de juicios que se dan en el fuero de niñez y adolescencia
05:31son de asistencia alimentaria.
05:35¡Gracias!

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