00:00Estamos hablando de tres hechos punibles.
00:03Primeramente, lo que tiene que ver ya con la usurpación de funciones públicas,
00:08también la coacción grave y aparte de eso, la resistencia.
00:12Teniendo en cuenta, por lo menos, estas tipificaciones,
00:16ya el director jurídico de la Subsecretaría de Estado de Tributación
00:20presentó de forma oficial esta denuncia en contra del director de Mercado 4, Juan Villalba.
00:27Esto, por supuesto, en representación ya de la Subsecretaría de Estado de Tributación,
00:33la SETI y, por sobre todo, también ya el viceministro Oscar Uruguay,
00:37que fue el que se encargó personalmente de redactar esta denuncia,
00:42justamente teniendo en cuenta esto que se daba el pasado 5 de enero
00:47en inmediaciones del Mercado 4 de Asunción.
00:50Lo que decía también el director jurídico Fabio López
00:53es que ellos quieren que el Ministerio Público investigue
00:57y que esto, en parte, sirva también para hacerle entender a algunas autoridades
01:02que absolutamente nadie está por encima de la ley.
01:06Pero escuchemos lo que decía sobre este punto Fabio López,
01:10el director jurídico de la Subsecretaría de Estado de Tributación.
01:14Se ve, en primer lugar, una coacción, consideramos una coacción grave.
01:19¿Por qué grave? Conforme al artículo 121 del Código Penal Paraguayo,
01:25porque él está utilizando su función como un servidor público,
01:31un funcionario público, para ejercer una presión mediante la fuerza,
01:36en este caso la amenaza de fuerza por parte de la Policía Municipal,
01:40hacia los funcionarios que estaban realizando las labores de controles persuasivos.
01:46Por otra parte, también consideramos que el señor Juan Villalba
01:51ha cometido un supuesto hecho punible, en este caso,
01:56de usurpación de funciones públicas,
01:58ya que mediante esa fuerza, esa amenaza que han realizado a los funcionarios,
02:04ha dejado sin efecto una tarea, una tarea encomendada en virtud de la ley 125,
02:10las facultades que se encuentran establecidas claramente en el artículo 189 de la ley tributaria,
02:17hacia la administración tributaria que tiene las facultades de verificarlos,
02:20la emisión de comprobantes por parte de los contribuyentes que están,
02:24ya sea prestando algún tipo de servicio o enajenando bienes.
02:29Y con esa actitud, con esa orden que ha dado este señor, Juan Villalba,
02:35a los funcionarios de la administración tributaria,
02:37lastimosamente ellos tuvieron que alejarse de las inmediaciones de la vía pública,
02:42en la inmediación del mercado municipal número 4.
02:45Y por último, consideramos también que se encuentra vulnerado el artículo 296 del código penal,
02:52en donde se habla de la resistencia, en donde él ha ejercido también una,
02:58en este caso, una amenaza de fuerza para que una autoridad,
03:03porque los funcionarios iban investidos de una autoridad que le otorga la ley,
03:06así como le había dicho, para que dejen sin efecto esa tarea que estaban encomendados para realizar.
03:13Y si bien esta denuncia ya se presentó de forma oficial ante la Fiscalía General del Estado,
03:23de todas formas, el encargado de administrar los mercados municipales de Asunción,
03:27Juan Villalba, se ratificó en que él por lo menos no incurrió en la comisión de ninguno
03:34de estos hechos punibles señalados, en este caso por la Subsecretaría de Estado de Tributación,
03:38y por lo menos, de todas formas, también ya dijo que se iba a someter a este proceso,
03:45a toda esta investigación.
03:47Pero escuchemos también lo que decía sobre este punto Juan Villalba, la persona denunciada.
03:53Nosotros, como dirección de mercado, no hemos cometido ningún hecho punible.
03:59La gente de la SEP trabajó tranquilamente ese día, no se interrumpió ningún tipo de trabajo.
04:03La reacción que se ve en los videos es justamente por el maltrato de los funcionarios de la SEP
04:10hacia los funcionarios municipales, hacia mí mismo, y también hacia algunos permisionarios
04:15que habían denunciado y que habían erradicado.
04:17Es más, tenemos copia de las notificaciones que ellos han realizado ese día tranquilamente,
04:23donde han trabajado por un lapso de dos a tres horas sin ningún problema.
04:26Es decir, nosotros no hemos interrumpido ningún tipo de trabajo que ellos estaban haciendo ahí
04:31en cuanto a su trabajo de verificación y no tenemos absolutamente nada que esconder
04:39y vamos a ejercer la defensa como corresponde.
04:42¿No temen entonces el resultado que pueda arrojar esta investigación?
04:45No, para nada.
04:46Nosotros estamos, yo al menos estoy seguro, estoy muy confiado.
04:51Nosotros no hemos cometido absolutamente ningún hecho punible.
04:54No le hemos robado a nadie, yo no le he robado a nadie, no le he estafado a nadie,
04:58no he cometido ningún delito contra el erario, contra nada.
05:03Entonces, me siento sumamente tranquilo con respecto a esto y bueno,
05:07nos someteremos a las investigaciones que surjan sin ningún problema.
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