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  • hace 12 horas
La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), dependiente del Ministerio de Hacienda, reitera que están en vigencia las medidas dispuestas en el marco de la implementación gradual del registro de comprobantes en el sistema Marangatu. Confirmación del talón de presentación no será considerado incumplimiento y contribuyentes podrán solicitar certificado de cumplimiento tributario y timbrado, entre otros.

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00:00O sea, no hay algo nuevo sobre la exigencia de contar con estos libros. Eso volvemos a recalcar.
00:06Ahora, lo que sí este sistema, en el sistema Marangotú tenemos, es la posibilidad de que si hacemos carga manual,
00:13por ejemplo, en línea nosotros ya vemos si un timbrado, por ejemplo, alguien me entregó mal la factura.
00:17Su timbrado estaba mal, vamos a suponer. La imprenta imprimió mal o algo por el estilo.
00:22O sea, ya me puedo dar cuenta de eso en línea si hago la carga manual o si realizo importación de datos.
00:27Después también me aparecen los errores en la sección correspondiente.
00:32Entonces, ¿qué pasa? La administración justamente quiere gradualmente implementar esto,
00:37porque esto es algo grande que afecta a prácticamente casi, ya vamos a decir, a todos los contribuyentes,
00:42porque la mayoría tiene ya IVA general. Es muy poco la sección que no está afectada,
00:47que son contribuyentes que, por ejemplo, tienen solo IRR simple, pero prácticamente ya la mayoría va a estar afectada
00:53a partir de este año, desde el 1 de enero del 2022, comprobantes que son desde esa fecha.
00:59Entonces, recalcamos, hay contribuyentes designados desde el año pasado que ya estaban registrando
01:06y ahora con la resolución 104 lo que la administración hace es reglamentar o, vamos a decir,
01:13establecer ciertos plazos, topes, ¿verdad?, para poder presentar o confirmar esa información
01:19que yo me puedo ir cargando ya de a poco.
01:21De a poco. Rosana, solamente para ser un poco honestos también, es verdad, anteriormente ya existía esa regla,
01:29pero como no se rendía ante la SED, honestamente muchos contribuyentes no lo hacían, no tenían un...
01:36Sí guardan y guardamos todas nuestras facturas por cinco años por las dudas, ¿verdad?
01:41Pero quizás, y estoy casi segura que la mayoría, no tengo pruebas, pero tampoco dudas, no hacía la carga.
01:49Entonces, para que se entienda bien nomás, quiero puntualizar, lo que vamos a hacer ahora es
01:54que vamos a declarar ante la SED en el sistema Marangatú, como nos explica Rosana,
02:00los datos de cada factura que nosotros emitimos, como también así los datos de cada factura
02:07que nosotros recibimos por nuestras compras, o sea, de los ingresos y de los egresos, factura por factura.
02:15No sé si es que estoy diciendo redundante, pero para que se entienda nomás.
02:18Entonces, aquí nos trajo Rosana unas plaquitas para explicarnos las fechas de los grupos de contribuyentes
02:27que están afectados y los plazos que nos da la SED para que vayamos cumpliendo,
02:32porque la idea finalmente es reducir el margen de evasión, porque quien nada debe, nada teme.
02:37Así que si yo no soy evasor, no tengo por qué preocuparme.
02:40Si soy evasor, tengo que comenzar a preocuparme y a ponerme en regla.
02:45Así es, y bueno, aquí justamente vemos en este grupo uno, que son los contribuyentes
02:51que mensualmente ya van a estar obligados a informar sus compras, sus ventas, sus ingresos y egresos.
02:56Y el vencimiento va a ser al mes siguiente.
02:58Aclaramos que para todos los contribuyentes que tengan IVA general, IRE simple, IRP de servicios personales,
03:06todos estos contribuyentes ya están obligados al registro de comprobantes desde el 1 de enero del 2022,
03:14independientemente de las fechas de vencimiento que vamos a ver.
03:16No porque venzan a abril, yo desde abril recién voy a cargar, sino que todo es desde el 1 de enero del 2022.
03:23Esa es la primera aclaración que queremos realizar.
03:26Y bueno, en este grupo uno, ¿quiénes son ya los que están un poco acostumbraditos ya a este registro?
03:32Los que fueron designados el año pasado.
03:34Entonces, por eso que la administración establece que el vencimiento va a ser al mes siguiente.
03:39Es decir, los comprobantes que son de enero, yo el talón de presentación del periodo fiscal de enero
03:44lo voy a presentar al mes siguiente, que sería ahora en este mes de febrero.
03:48Hasta el día del vencimiento del mes siguiente del periodo fiscal, dice ahí la reglamentación,
03:53conforme al calendario de vencimiento de declaraciones juradas informativas,
03:57que serían los días pares.
03:59Por ejemplo, el 8, el 10, de acuerdo a la terminación del RU.
04:04Bueno, ¿quiénes están en este grupo uno?
04:06Los contribuyentes designados en el anexo de la RG90 que ya el año pasado estaban utilizando.
04:12También los contribuyentes que el año pasado no estaban utilizando el sistema
04:16porque eran contribuyentes que usaban el software Heshaucá.
04:20Entonces, a ellos ahora ya se les dio baja la obligación de compra y venta que tenían,
04:26obligación 9, 11 y 9, 21, al 31 de diciembre de 2021.
04:29Entonces, a partir de ahora, estos contribuyentes ya tienen la obligación 9, 55 registro mensual
04:36y ya tienen que hacer el registro, entonces, y la periodicidad del vencimiento es mensual también.
04:42Importante mencionar que la optimización de los procesos y el uso intensivo de la tecnología
04:49en nuestro sistema tributario nacional son necesarios para fortalecer la formalidad de los contribuyentes,
04:55lograr una mayor transparencia de las operaciones y así evitar los mecanismos de evasión
05:01y hechos que nos perjudican a todos.
05:03O sea que eso es lo que queríamos resaltar, pedir la comprensión
05:07y recordar a la gente que no hay multa hasta el año que viene.
05:11Y como vos dijiste, Gladys, instar a la gente que igual se adelante a los hechos justamente
05:16para prever ya por ahí si hay comprobantes que le dieron mal,
05:19para ver ya y tratar de ver la contingencia para esos casos.
05:25¡Gracias!
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