00:00O sea, no hay algo nuevo sobre la exigencia de contar con estos libros. Eso volvemos a recalcar.
00:06Ahora, lo que sí este sistema, en el sistema Marangotú tenemos, es la posibilidad de que si hacemos carga manual,
00:13por ejemplo, en línea nosotros ya vemos si un timbrado, por ejemplo, alguien me entregó mal la factura.
00:17Su timbrado estaba mal, vamos a suponer. La imprenta imprimió mal o algo por el estilo.
00:22O sea, ya me puedo dar cuenta de eso en línea si hago la carga manual o si realizo importación de datos.
00:27Después también me aparecen los errores en la sección correspondiente.
00:32Entonces, ¿qué pasa? La administración justamente quiere gradualmente implementar esto,
00:37porque esto es algo grande que afecta a prácticamente casi, ya vamos a decir, a todos los contribuyentes,
00:42porque la mayoría tiene ya IVA general. Es muy poco la sección que no está afectada,
00:47que son contribuyentes que, por ejemplo, tienen solo IRR simple, pero prácticamente ya la mayoría va a estar afectada
00:53a partir de este año, desde el 1 de enero del 2022, comprobantes que son desde esa fecha.
00:59Entonces, recalcamos, hay contribuyentes designados desde el año pasado que ya estaban registrando
01:06y ahora con la resolución 104 lo que la administración hace es reglamentar o, vamos a decir,
01:13establecer ciertos plazos, topes, ¿verdad?, para poder presentar o confirmar esa información
01:19que yo me puedo ir cargando ya de a poco.
01:21De a poco. Rosana, solamente para ser un poco honestos también, es verdad, anteriormente ya existía esa regla,
01:29pero como no se rendía ante la SED, honestamente muchos contribuyentes no lo hacían, no tenían un...
01:36Sí guardan y guardamos todas nuestras facturas por cinco años por las dudas, ¿verdad?
01:41Pero quizás, y estoy casi segura que la mayoría, no tengo pruebas, pero tampoco dudas, no hacía la carga.
01:49Entonces, para que se entienda bien nomás, quiero puntualizar, lo que vamos a hacer ahora es
01:54que vamos a declarar ante la SED en el sistema Marangatú, como nos explica Rosana,
02:00los datos de cada factura que nosotros emitimos, como también así los datos de cada factura
02:07que nosotros recibimos por nuestras compras, o sea, de los ingresos y de los egresos, factura por factura.
02:15No sé si es que estoy diciendo redundante, pero para que se entienda nomás.
02:18Entonces, aquí nos trajo Rosana unas plaquitas para explicarnos las fechas de los grupos de contribuyentes
02:27que están afectados y los plazos que nos da la SED para que vayamos cumpliendo,
02:32porque la idea finalmente es reducir el margen de evasión, porque quien nada debe, nada teme.
02:37Así que si yo no soy evasor, no tengo por qué preocuparme.
02:40Si soy evasor, tengo que comenzar a preocuparme y a ponerme en regla.
02:45Así es, y bueno, aquí justamente vemos en este grupo uno, que son los contribuyentes
02:51que mensualmente ya van a estar obligados a informar sus compras, sus ventas, sus ingresos y egresos.
02:56Y el vencimiento va a ser al mes siguiente.
02:58Aclaramos que para todos los contribuyentes que tengan IVA general, IRE simple, IRP de servicios personales,
03:06todos estos contribuyentes ya están obligados al registro de comprobantes desde el 1 de enero del 2022,
03:14independientemente de las fechas de vencimiento que vamos a ver.
03:16No porque venzan a abril, yo desde abril recién voy a cargar, sino que todo es desde el 1 de enero del 2022.
03:23Esa es la primera aclaración que queremos realizar.
03:26Y bueno, en este grupo uno, ¿quiénes son ya los que están un poco acostumbraditos ya a este registro?
03:32Los que fueron designados el año pasado.
03:34Entonces, por eso que la administración establece que el vencimiento va a ser al mes siguiente.
03:39Es decir, los comprobantes que son de enero, yo el talón de presentación del periodo fiscal de enero
03:44lo voy a presentar al mes siguiente, que sería ahora en este mes de febrero.
03:48Hasta el día del vencimiento del mes siguiente del periodo fiscal, dice ahí la reglamentación,
03:53conforme al calendario de vencimiento de declaraciones juradas informativas,
03:57que serían los días pares.
03:59Por ejemplo, el 8, el 10, de acuerdo a la terminación del RU.
04:04Bueno, ¿quiénes están en este grupo uno?
04:06Los contribuyentes designados en el anexo de la RG90 que ya el año pasado estaban utilizando.
04:12También los contribuyentes que el año pasado no estaban utilizando el sistema
04:16porque eran contribuyentes que usaban el software Heshaucá.
04:20Entonces, a ellos ahora ya se les dio baja la obligación de compra y venta que tenían,
04:26obligación 9, 11 y 9, 21, al 31 de diciembre de 2021.
04:29Entonces, a partir de ahora, estos contribuyentes ya tienen la obligación 9, 55 registro mensual
04:36y ya tienen que hacer el registro, entonces, y la periodicidad del vencimiento es mensual también.
04:42Importante mencionar que la optimización de los procesos y el uso intensivo de la tecnología
04:49en nuestro sistema tributario nacional son necesarios para fortalecer la formalidad de los contribuyentes,
04:55lograr una mayor transparencia de las operaciones y así evitar los mecanismos de evasión
05:01y hechos que nos perjudican a todos.
05:03O sea que eso es lo que queríamos resaltar, pedir la comprensión
05:07y recordar a la gente que no hay multa hasta el año que viene.
05:11Y como vos dijiste, Gladys, instar a la gente que igual se adelante a los hechos justamente
05:16para prever ya por ahí si hay comprobantes que le dieron mal,
05:19para ver ya y tratar de ver la contingencia para esos casos.
05:25¡Gracias!
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