Como respuesta a las aparentes aspiraciones de Mario Abdo de ser Presidente del partido colorado, desde la Junta actual de gobierno le recordaron que no puede ejercer otras ocupaciones hasta fenecer su periodo como ejecutivo.
00:00Buenas noches Enrique y no hay mucho que decir aquí, el presidente debe cumplir su mandato como ejecutivo hasta el 2023 mencionaba por ejemplo el secretario político de la junta de gobierno de la ANR, Darío Filártiga, recordó al mismo que no puede ocupar, no puede tener otras ocupaciones, así que prácticamente solicitó que desista de esta intención de ser presidente de la junta de gobierno. Al respecto, palabras suyas.
00:25Le voy a dar mi opinión, el presidente de la república solamente debe dedicarse a sus funciones como presidente, eso es lo que dice la constitución, toda otra discusión que venga después ya es harina de otro costal, pero el artículo 237 creo que es de la constitución que dice que el presidente de la república y el vicepresidente deben ocuparse de manera exclusiva a sus funciones para las que fue electo que es el de presidente de la república.
00:55Y no solamente Addo Benítez está siendo digamos objeto de críticas ya por esta aparente intención de ser el presidente de la junta, sino que también recordó o incluyó al vicepresidente Udo Velázquez quien está fuertemente realizando campaña con miras a las internas que se desarrollan el 18 de diciembre del 2022.
01:18Así que ya las posturas al menos del sector cartista del partido van quedando definidas o es lo que hoy también pudimos apreciar luego de una sesión de la junta en donde presentaron, aprobaron nuevas afiliaciones, más de 150 mil afiliaciones y también el presupuesto de unos 51 mil millones de guaraníes.
01:34Pero en lo político ya lo escuchamos. Addo Benítez no puede ejercer o no puede tener otra ocupación hasta que fenezca su mandato. Enrique de TV Audiencia.
01:43José Ignacio, solamente a los efectos de plantear una, no una precisión, un subrayado a lo que estás señalando.
01:51Estimados amigos, esto no es una posición del cartismo. No, no, no. Esta no es una posición del cartismo.
01:58Esto es lo que dice nuestra constitución. Artículo 237. El presidente de la república y el vicepresidente no pueden ejercer cargos públicos o privados remunerados o no mientras duren en sus funciones.
02:14Tampoco pueden ejercer el comercio, la industria o la actividad profesional debiendo dedicarse en exclusividad a sus funciones.
02:21Esto no es una posición de Cartes. Esta no es una posición de Aristóteles. Esta no es una posición de alguien en particular.
02:27Esto es lo que dice nuestra constitución. Punto. El presidente tiene una obligación acá y es simplemente cumplir la constitución.
02:37Acá no, esto no es de Darío Filartia. Esto no es de Horacio Cartes. Esto no es de... No, no, no. Esta es la letra clara de la constitución. No hay nada que agregar.
02:47En fin, eso quería subrayarlo nomás a José Ignacio.
02:51Sí, un hecho ineludible e innegable, Enrique. Que, bueno, se va volviendo un discurso y dependiendo de a quién convenga también se va implementando el discurso.
03:01Pero como mencionaste, no hay objeción alguna que dar porque está establecido esto en la constitución nacional y no se puede remediar, no se puede cambiar el hecho si ya lo estipula dicha constitución.
03:11Así es, señor. Gracias, José Ignacio. Muy amable.
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