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  • hace 1 día
Los hechos punibles relacionados con la jornada electoral del próximo 20 de junio tienen sus sanciones monetarias y hasta penas carcelarias, dependiendo de los posibles delitos: perturbación de los comicios, coacción de electores o retención de documentos de identidad.

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Transcripción
00:00El artículo 275 del Código Penal Paraguayo de los delitos electorales y sus sanciones previstas
00:11establece que toda persona que intentare o incurriere en la perturbación de elecciones,
00:19el falseamiento de resultados, la votación sin contar con habilitación para el sufragio
00:24y la coacción y el soborno de electores se exponen a cinco años de una pena privativa de libertad
00:32o en todo caso a una multa.
00:34La coacción al elector es un delito electoral también y ese delito además está tipificado en el Código Penal
00:45con una pena de hasta cinco años de cárcel.
00:49En el Código Penal también está como el soborno al elector que es por ejemplo cuando se prometen
00:55algún tipo de premios o dádivas, ¿verdad?
01:00En el caso de que se vote por una persona, entonces en ese sentido también es un delito electoral
01:08y también se expone a la persona que la realiza a una pena de hasta cinco años de cárcel.
01:14Uno de los delitos electorales más comunes en cada jornada cívica
01:19es la retención de los documentos de identidad, cuya pena asciende a los 300 jornales mínimos.
01:27Si las personas se exponen por ejemplo a penas de multa,
01:32lo que pasa en ese caso es por ejemplo que se hace una denuncia penal porque es un delito electoral,
01:40eso se sustancia ante la jurisdicción penal ordinaria, la investigación lleva un fiscal penal
01:49que está designado para intervenir en los delitos electorales.
01:54Y bueno, se realiza la investigación, se abre la carpeta fiscal y se puede,
02:01se expone una persona en ese caso a una pena de multa que va hasta 300 jornales mínimos diarios,
02:08por ejemplo en ese caso.
02:09La fiscal electoral recordó que durante la jornada cívica no se pueden realizar reuniones
02:16ni permitir aglomeraciones en 200 metros a la redonda de los locales de votación
02:22o de las mesas receptoras que, directa o indirectamente, puedan significar cualquier presión sobre los electores.
02:31La portación de armas está totalmente prohibida, así como también la venta de bebidas alcohólicas
02:38desde las cero horas.
02:40En caso de constatarse cualquiera de los delitos mencionados anteriormente,
02:45las personas pueden hacer sus denuncias en la comisaría jurisdiccional o en la fiscalía de la zona.
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