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  • hace 2 días

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00:00Por otra parte, está la legitimación adintra. Aquí hay otro terreno que podría mejorarse mucho en el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.
00:09Las reasignaciones de caso o las abocaciones de caso deberían ser completamente excepcionales y asumidas por los órganos colegiados
00:18si en algún momento fuera preciso llevar a cabo aquella reasignación.
00:23Hay absolutas mayorías de la Junta de Fiscales de Sala o del Consejo Fiscal para que eso tuviese lugar.
00:31Y se mantienen las instrucciones particulares muy corregidas, pero se mantienen.
00:38Tiene sentido. Es decir, las resoluciones de los jueces las recorrimos los fiscales y los tribunales superiores las ven.
00:45Pero si el fiscal tiene la investigación, en un momento determinado, si no dirige la acusación en un ámbito, no sé,
00:51de violencia contra la mujer o de trata de seres humanos, se le puede decir, mire, a lo mejor esto es delito, piénsese lo, ¿no?
01:00Sobre esto, ¿qué se dice en el Estatuto, en esa legitimación adintra?
01:04Que las instrucciones particulares del fiscal general del Estado al fiscal que esté investigando un asunto tienen dos matices.
01:11Si se opone el teniente fiscal o el fiscal de sala jefe, el cargo que ahora yo ostento, eso debería ir inmediatamente a la Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo.
01:22Y solamente si se aprueba por mayorías, altera adelante la indicación del fiscal general del Estado.
01:28Yo aumentaría la mayoría reforzada a los tres quintos.
01:32Lo mismo se dice de las instrucciones particulares.
01:37Cuando hay instrucciones particulares del fiscal general del Estado relativas a asuntos de cualquier miembro del Gobierno,
01:43debe ir a la Junta de Fiscales de Sala y debe aprobarla por mayoría.
01:47Ya he dicho antes que no deberían existir esas instrucciones.
01:50Pero si existiesen, vaya al órgano colegiado mayor de la carrera, que es la Junta de Fiscales de Sala,
01:56pero exíjase una mayoría mucho más comprometida para que salga adelante la misma, como podría ser la de tres quintos.
02:04Y en el caso de discrepancia de un fiscal con el fiscal general del Estado,
02:08otra vez se vuelve a la Junta de Fiscales de Sala para que se vertebre la existencia de una decisión colegiada
02:16que permita dirimir la controversia que se produce entre el director de la investigación y el fiscal general del Estado.
02:25El Consejo Fiscal es un órgano importantísimo en la carrera porque tiene una ascendencia doble.
02:31Por una parte hay tres miembros natos, el fiscal general del Estado, el teniente fiscal y la fiscal inspector,
02:36o el fiscal inspector, y por luego nueve miembros elegidos dentro de la carrera.
02:41Se ha limitado el número de representación de seis a cinco por parte de cada una de las asociaciones que intervienen
02:49en esas elecciones de todos los miembros de la carrera. Eso no lo entiendo aconsejable.
02:55Y se han eliminado por completo las facultades ejecutivas del Consejo Fiscal.
03:00Yo creo que esas facultades deberían ampliarse en lugar de delimitarse.
03:05Por tanto, no es el momento, ni por la coyuntura histórica, ni por la falta de consenso,
03:13ni por la ausencia de presupuesto autónomo, ni por la necesidad de reforzar la autonomía
03:19e independencia del Ministerio Fiscal para llevar a cabo una reforma en la que tenemos que estar de acuerdo todos.
03:25Y si no estamos de acuerdo, no la hagamos.
03:28Nosotros no tenemos ningún interés corporativo, ni los jueces en perder la instrucción,
03:32ni nosotros en asumirla. Si ustedes dicen sígase con otro modelo, me refiero a la sociedad, pues sígase.
03:39Pero tiene que haber un consenso. No puede modificarse esto.
03:43Y menos modificarse cuando está subiúcele un asunto sobre la posible o no comisión de un delito
03:50por parte del Fiscal General del Estado. Es el momento más inapropiado.
03:54Cuando es el momento del silencio, de la espera y cuando llegue el momento y con paz y con conciencia
04:06llevar a cabo una recapitulación sobre el sistema que nos interesa y en el que estemos de acuerdo todos.
04:12Vuelvo a repetir que es un modelo perfectamente constitucional, que lo tienen todos los países europeos
04:18de nuestro entorno, que exige la figura de un fiscal independiente, que sería necesario el fortalecimiento
04:23de las garantías del Ministerio Fiscal, que había que otorgar presupuestos autónomos y modificar la planta.
04:30Tiene que haber una oficina fiscal como hay una oficina judicial.
04:33No se puede trasladar, salvo quieras que quieras que fracase, tal y como está el actual sistema
04:39de la investigación al Ministerio Fiscal, que no tiene a su alrededor el equipo que tiene un juez
04:45en un juzgado de instrucción para llevar a cabo una investigación sólida de los delitos.
04:51Porque al final el derecho penal es eso, lo que decía Von Lys, asignar al delito como hecho
04:56la pena como legítima consecuencia.
04:59Y cuando eso se consiga a través de un sistema rápido, estaremos en presencia de una sociedad
05:05democrática que funcione.
05:08Y cuando no se cumplan las penas, pues estaremos en presencia de una sociedad que adolece de
05:13un criterio fundamental que permite que los fines de las mismas, la retribución, la intimidación
05:18general y la intimidación especial se cumplan.
05:23Creemos en lo que dicen los tribunales y creemos en la docencia de sus sentencias.
05:29Y debemos articular un sistema en el que, sin duda, todos apostemos por la libertad.
05:35Son ideas, ideas para que las podáis estudiar y que podrían servir de reflexión para entender
05:42que el modelo de instrucción o investigación del Ministerio Fiscal, cambiando los parámetros,
05:48porque sería mucho más rápida la investigación, es factible, pero que el momento, la coyuntura,
05:55los medios materiales, la planificación de la oficina fiscal, convierten en impiable,
06:02en mi opinión modestísima, el proyecto en estos momentos.
06:06Nada más.
06:06Gracias.
06:07Gracias.
06:08Gracias.
06:09Gracias.
06:10Gracias.
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