00:00Señor García Ortiz, ¿ha hecho usted llegar a personas ajenas de la Fiscalía el célebre correo de 2 de febrero de 2024?
00:07No, no lo he hecho llegar.
00:09Señor García Ortiz, ¿se ratifica usted en la declaración que prestó ante el instructor el día 29 de enero de 2025?
00:18Sí, me ratifico.
00:19Ninguna pregunta más.
00:20Gracias.
00:21Muchas gracias. Contése, por favor, las preguntas de la Abogacía del Estado.
00:24Sí, con la venida del tribunal. En primer lugar, queremos indicar, señoría, que se van a contestar preguntas respecto de determinadas circunstancias, el borrado del WhatsApp, el cambio de dispositivo, que entendemos que derivan de una diligencia, la diligencia de entrada y registro, que es nula de pleno derecho.
00:47Y, por lo tanto, entendemos que la declaración sobre esas circunstancias, en ningún caso, por parte del señor Fiscal General de Estado, convalida la nulidad de la entrada y registro y de todas las diligencias que con posterioridad se derivan de ella en relación, por ejemplo, con el volcado de los dispositivos, con la realización de otras diligencias, como las comisiones rogatorias y todas las demás que se derivan de esa entrada.
01:11Nos vemos en una circunstancia de tener que responder a las preguntas para que no queden sin responder porque nos encontramos una espada de amocles.
01:20Si no contestamos, ¿por qué no contestamos? Pero si contestamos, estaríamos convalidando la entrada y registro.
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