00:00Continuación de la segunda discusión del proyecto de ley del comando para la defensa integral de la nación.
00:06De acuerdo con lo establecido en el artículo 106 del reglamento interior y debate de la Asamblea Nacional.
00:11Esto es el punto, ciudadano presidente.
00:14Gracias, querida secretaria.
00:16Son invitados de honor de la Asamblea Nacional de la República Bolivariana de Venezuela
00:21en el día de hoy, que es un día histórico,
00:24puesto que sentados, asentados en la nueva doctrina militar que nos legara el comandante Hugo Chávez
00:34y que ha desarrollado y enriquecido el presidente Nicolás Maduro y el gobierno bolivariano,
00:39estamos aprobando una ley fundamental, una ley que además conforme una nueva forma de atender el despliegue,
00:49el acatamiento de las órdenes, el desplazamiento de las tropas y sobre todo la conjunción entre pueblo y fuerza armada.
00:59Un ejército pueblo y un pueblo ejército.
01:02Y hoy estamos aprobando, hoy terminaremos de sancionar la ley del comando para la defensa integral de la nación.
01:08Son nuestros invitados especiales.
01:09El mayor general Henry David Rodríguez Martínez, viceministro de Planificación y Desarrollo para la Defensa del Ministerio del Poder Popular para la Defensa.
01:20El general de división Adolfo Castillo, consultor jurídico del Ministerio del Poder Popular para la Defensa.
01:27El general de división Rafael Blanco, asesor jurídico de la aviación bolivariana.
01:32El coronel Johan de Rodríguez Benítez, consultor jurídico del Ejército Bolivariano.
01:38La capitana de navío Yamilés Salazar, consultora jurídica de la Armada Bolivariana.
01:46Bienvenida.
01:49El coronel Pedro José Milano Rincones, consultor jurídico de la Guardia Nacional Bolivariano.
01:54Bienvenido, coronel.
01:57La coronel Rosemary León, la coronela.
02:00Rosemary León, asesora jurídica de la milicia bolivariana.
02:03Bienvenida, coronela.
02:04El mayor Félix Vázquez, segundo comandante del sector de defensa integral del 23 de enero
02:10y demás milicianas y milicianos invitadas e invitados especiales el día de hoy.
02:16Levántense, por favor, para brindarles un gran aplauso a las milicianas y milicianos del 23 de enero de la ciudad de Caracas.
02:24Ciudadano Elvis Martínez Santi, organizador de la ODI del Gobierno de Caracas y demás integrantes de las ODI del Gobierno de Caracas.
02:50Bienvenidas y bienvenidos.
02:53Luis Nava, secretario de la ODI de la Alcaldía Bolivariana Libertador de Caracas y demás integrantes.
02:59Bienvenido.
03:01Carmen Farfán, directora de la ODI de la parroquia Antímano y demás directores de las diferentes parroquias del municipio libertador de la ciudad de Caracas.
03:11Muy bien.
03:15Playbol.
03:17Ciudadana secretaria, por favor, sirva a hacer lectura a el proyecto de ley en segunda discusión, incluidos los títulos, los capítulos, los epígrafes, los acápites y el contenido completo de cada artículo.
03:32Adelante.
03:33Trigésimo cuarto, se sugiere aprobar con modificación la denominación del epígrafe del artículo dieciséis, el cual queda redactado en los siguientes términos.
03:42Epígrafe, conformación, supervisión y control.
03:46Es todo el epígrafe.
03:47En consideración el epígrafe, aprobado.
03:50Siguiente.
03:50Trigésimo quinto, se sugiere aprobar con modificación el contenido del artículo dieciséis, el cual queda redactado en los siguientes términos.
03:57Artículo dieciséis, la presidenta o presidente de la república, en su carácter de comandante en jefe de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, ordenará la conformación, supervisión y control de los órganos de dirección de defensa integral en los diferentes niveles territoriales, conforme a lo previsto en esta ley.
04:18Es todo, presidente.
04:20En consideración el artículo dieciséis, aprobado.
04:23Siguiente.
04:23Trigésimo sexto, se sugiere aprobar con modificación la denominación del epígrafe del artículo diecisiete, el cual queda redactado en los siguientes términos.
04:32Epígrafe, comités de trabajo.
04:34Es todo, presidente.
04:35En consideración el epígrafe, aprobado.
04:38Siguiente.
04:39Trigésimo séptimo, se sugiere aprobar con modificación el contenido del artículo diecisiete, el cual queda redactado en los siguientes términos.
04:46Artículo diecisiete.
04:48Los órganos de dirección para la defensa integral estarán estructurados por comités de trabajo, con el objetivo de articular y servir como apoyo técnico en la elaboración y ejecución de planes en los distintos ámbitos relacionados con la defensa integral de la Nación.
05:05Los órganos de dirección para la defensa integral dispondrán de los siguientes comités de trabajo.
05:12Primero, comité patriótico bolivariano.
05:15Segundo, comité económico, productivo y de servicios.
05:19Tercero, comité social popular.
05:22Cuarto, comité de orden interno.
05:25Quinto, comité de movilización y requisición.
05:28Es todo, ciudadano presidente.
05:30En consideración, el artículo diecisiete.
05:33Aprobado.
05:34Siguiente.
05:35Trigésimo octavo, se sugiere aprobar con modificación la denominación del epígrafe del artículo dieciocho, el cual queda redactado en los siguientes términos.
05:43Epígrafe, nuevos comités de trabajo.
05:46Es todo, presidente.
05:47En consideración, el epígrafe.
05:49Aprobado.
05:50Siguiente.
05:51Trigésimo noveno, se sugiere aprobar con modificación el contenido del artículo dieciocho, el cual queda redactado en los siguientes términos.
05:57Artículo dieciocho, los órganos de dirección para la defensa integral podrán crear nuevos comités de trabajo que se requieran para enfrentar las necesidades dentro de su respectivo territorio.
06:10Es todo el artículo, presidente.
06:12En consideración, queda aprobado.
06:15Siguiente.
06:16Cuadragésimo, se sugiere aprobar con modificación la denominación del epígrafe del artículo diecinueve, el cual queda redactado en los siguientes términos.
06:24Epígrafe, integración y actividades.
06:26Esto es el epígrafe, presidente.
06:28En consideración, el epígrafe.
06:30Aprobado.
06:31Siguiente.
06:32Cuadragésimo primero, se sugiere aprobar con modificación el contenido del artículo diecinueve, el cual queda redactado en los siguientes términos.
06:39Artículo diecinueve, la integración y actividades que correspondan a cada comité de trabajo se regulará en el reglamento de esta ley.
06:47Es todo, presidente.
06:48En consideración, el artículo diecinueve.
06:51Queda aprobado.
06:52Siguiente.
06:53Cuadragésimo segundo, se sugiere aprobar con modificación la denominación del epígrafe del artículo veinte, el cual queda redactado en los siguientes términos.
07:02Epígrafe, coordinadora o coordinador del comité.
07:06Esto es el epígrafe, presidente.
07:07En consideración, el epígrafe.
07:10Aprobado.
07:10Siguiente.
07:11Cuadragésimo tercero, se sugiere aprobar con modificación el contenido del artículo veinte, el cual queda redactado en los siguientes términos.
07:19Artículo veinte.
07:20Cada comité de trabajo nombrará una coordinadora o un coordinador, el cual mantendrá comunicación constante y articulará sus labores con la coordinadora general o el coordinador general del respectivo órgano de dirección para la defensa integral.
07:36Esto es el artículo, presidente.
07:39En consideración, el artículo veinte.
07:41Queda aprobado.
07:42Siguiente.
07:43Cuadragésimo cuarto, se sugiere aprobar con modificación la denominación del capítulo tercero, el cual queda redactado en los siguientes términos.
07:51A cápite.
07:52Capítulo tercero.
07:54De la sala situacional de los órganos de dirección para la defensa integral.
07:59Esto, presidente.
08:01En consideración, el acápite.
08:04Aprobado.
08:04Siguiente.
08:05Cuadragésimo quinto, se sugiere aprobar con modificación la denominación del epígrafe del artículo veintiuno, el cual queda redactado en los siguientes términos.
08:15Epígrafe.
08:15Sala situacional de los órganos de dirección para la defensa integral.
08:20Es todo, presidente.
08:21En consideración, el epígrafe.
08:23Aprobado.
08:24Siguiente.
08:25Cuadragésimo sexto, se sugiere aprobar con modificación el contenido del artículo veintiuno, el cual queda redactado en los siguientes términos.
08:32Artículo veintiuno.
08:33Cada órgano y dirección para la defensa integral contará con una sala situacional para la recopilación, análisis e interpretación de información estratégica resultante de las actividades realizadas por los comités de trabajo en su correspondiente ámbito territorial.
08:51La integración y funcionamiento de la sala situacional se regulará en el reglamento de esta ley.
08:57Es todo, presidente.
08:59En consideración, el artículo.
09:00Aprobado.
09:01Siguiente.
09:03Cuadragésimo séptimo, se sugiere aprobar con modificación la denominación del epígrafe del artículo veintidós, el cual queda redactado en los siguientes términos.
09:12Epígrafe.
09:12Actividades de la sala situacional.
09:14Es todo, presidente.
09:15Cuadragésimo octavo, se sugiere aprobar con modificación el contenido del artículo veintidós, el cual queda redactado en los siguientes términos.
09:28Artículo veintidós.
09:30La sala situacional de los órganos de dirección para la defensa integral ejecutará las siguientes actividades.
09:36Primero, recopilar la información recabada por los distintos comités de trabajo de los órganos de dirección para la defensa integral en el marco de sus actividades.
09:46Segundo, analizar la información recibida para identificar patrones, tendencias y potenciales riesgos que permitan determinar la gravedad e impacto de las amenazas contra la seguridad de la Nación.
10:01Tercero, evaluar y definir la respuesta adecuada ante la situación, considerando las acciones necesarias para garantizar la seguridad de la Nación y los recursos disponibles.
10:13Cuarto, facilitar la comunicación y la colaboración entre los diferentes órganos y entes del Estado para una respuesta coordinada ante las amenazas específicas a la seguridad de la Nación.
10:27Quinto, hacer seguimiento a las acciones implementadas por los distintos comités de trabajo de los órganos de dirección para la defensa integral y analizar sus resultados.
10:38Sexto, determinar la capacidad de respuesta de los distintos niveles territoriales.
10:45Séptimo, las demás que se establezcan en los reglamentos y resoluciones. Esto es el artículo ciudadano presidente.
10:52En consideración el artículo 22.
10:55Aprobado. Siguiente.
10:57Cuadragésimo noveno.
10:59Se sugiere aprobar con modificación el contenido de la disposición transitoria primera, la cual queda redactada en los siguientes términos.
11:06Disposición transitoria primera.
11:08En un plazo que no excederá de seis meses, contados a partir de la entrada en vigencia de esta ley, el Ministerio con competencia en materia de defensa por órgano del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, elaborará los manuales, planes y órdenes requeridos para la implementación de lo previsto en esta ley.
11:31Es todo, ciudadano presidente.
11:33En consideración la disposición transitoria primera, queda aprobada.
11:38Siguiente.
11:39Quincuagésimo.
11:40Se sugiere aprobar con modificación el contenido de la disposición transitoria segunda, la cual queda redactada en los siguientes términos.
11:48Disposición transitoria segunda.
11:50Los órganos de dirección para la defensa integral existentes, contarán con un laxo de tres meses para adecuarse a lo previsto en esta ley.
11:59Es todo, ciudadano presidente.
12:02En consideración la disposición transitoria segunda, queda aprobada.
12:07Siguiente.
12:07Quincuagésimo primero.
12:09Se sugiere aprobar con modificación el contenido de la disposición final única, la cual queda redactada en los siguientes términos.
12:16Disposición final única.
12:18Esta ley entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
12:25Es todo, ciudadano presidente.
12:28En consideración la disposición final única, queda aprobada.
12:34Siguiente, ciudadana secretaria.
12:35Es todo el proyecto de ley, ciudadano presidente.
12:39Muy bien.
12:41En consideración, las honorables diputadas y los honorables diputados que estén a favor de aprobar la segunda discusión del proyecto de ley del Comando para la Defensa Integral de la Nación,
12:58de conformidad con lo establecido en el artículo 106 del Reglamento Interior y de Debates,
13:03sírvanse a manifestarlo con la ciudad de costumbre.
13:06En consecuencia, queda aprobada por mayoría calificada, calificadísima diría yo,
13:22y se declara sancionada la ley del Comando para la Defensa Integral de la Nación y se remite al Ejecutivo Nacional a los fines de su promulgación de acuerdo con lo consagrado en el artículo 213 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
13:42Sírvase, por favor, ciudadana secretaria, realizar los trámites correspondientes a los efectos de remitirlo al ciudadano presidente constitucional de la República Bolivariana de Venezuela,
13:55ciudadano Nicolás Maduro Moro.
13:57Y solicito a nuestros invitados especiales que suban al Podio de Honor los efectos de entregarle la ley, que ya es ley de la República, puesto que ha sido sancionada por el Parlamento Nacional.