00:00El Poder Ejecutivo publicó en el diario oficial La Gaceta este miércoles un decreto que autoriza
00:05reconocer la antigüedad laboral del personal activo y que laboró bajo la modalidad de
00:09contrato en una institución y que pasó a la modalidad de acuerdo de nombramiento en
00:15la misma institución donde prestó sus servicios por contrato, ya sea en el mismo puesto u
00:21otro distinto, siempre y cuando haya laborado de manera ininterrumpida por contrato y una
00:27vez finalizado su último contrato inmediatamente haya sido nombrado mediante acuerdo de nombramiento.
00:34Según el decreto, el reconocimiento de antigüedad laboral no aplicará en el caso que el personal
00:38haya recibido el pago de su liquidación durante el tiempo laborado bajo la modalidad de contrato
00:44antes de iniciar bajo la modalidad de acuerdo de nombramiento o permanencia. El reconocimiento
00:50de antigüedad surtirá efectos legales únicamente para pago de cesantía y vacaciones y sólo
00:56abarca para el personal de las instituciones que administraban su recurso humano fuera del régimen
01:02de servicio civil e hicieron su transición al mismo.