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Limitaciones en la defensa de los derechos ambientales | Carla Delfina Aceves
UDGTV44
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hace 2 días
#senalinformativa
En su colaboración en #SeñalInformativa emisión nocturna, Carla Delfina Aceves nos habla del tema "Limitaciones en la defensa de los derechos ambientales"
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La presidenta Sheinbaum propuso una reforma sobre el juicio de amparo que, entre otros
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aspectos, tiene la intención de limitar la defensa de los derechos colectivos, incluyendo
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los ambientales. El amparo es una figura del sistema jurídico mexicano que data desde
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el siglo XIX para proteger derechos fundamentales de las personas frente a abusos del poder
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gubernamental. El amparo busca limitar las actuaciones abusivas o excesivas de poder, así
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como las contravenciones al marco constitucional por parte de las autoridades legislativas o
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ejecutivas. Uno de los aspectos más polémicos de esta propuesta consiste en la redefinición
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del interés legítimo que ha evolucionado por décadas. Desde 2011, hoy basta demostrar que
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una decisión pública te afecta por ser parte de una colectividad, aunque el daño no
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recaiga directamente en tu persona. Basta comprobar un vínculo verdadero, actual y diferenciado
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sin que necesites ser el dueño concreto del derecho afectado. Este alcance habilitó la
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posibilidad de que el amparo pudiera favorecer de modo preventivo y a un colectivo a cualquier
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persona. El interés legítimo es necesario para la defensa de intereses difusos, como el
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caso de los derechos ambientales, pues no necesitamos ser dueños, por ejemplo, del aire, del suelo
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o del agua para vernos afectados por su pérdida o degradación. Por ello sabemos que la propuesta
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es claramente regresiva, pues dejará sin voz nuevamente a quienes ya lograron encontrar
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este acceso a la justicia. La reforma obligaría a que solamente pueda solicitar un amparo quien
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sufra de un daño consumado. Si el daño es irreversible como el daño ambiental o el daño
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a la salud, el amparo sería inútil. Esta modificación provocaría indefensión frente
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a daños ambientales colectivos, por ejemplo, a través de proyectos que recaen en los bienes
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ambientales públicos. También respecto de vulneraciones de derechos generales de colectividades
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frente a políticas discriminatorias o injustas, como el caso del derecho a la salud. Limitarlo
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no hará más eficiente ni más justo al amparo, sino que hará que garantías preventivas sobre
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derechos humanos colectivos vuelvan a perderse para los más necesitados, pues obligará a que
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cada persona tenga que acreditar individualmente la afectación puntual, aunque ésta sea también
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colectiva. Sólo le otorgará mayor poder a las autoridades, coartando la protección de los
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derechos a los que ya estamos sujetos. Ojalá este comentario apoya la mejor comprensión del grave
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alcance que esta reforma podría tener para la protección de los derechos de todos los mexicanos.
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Debe haber una seria y honesta reflexión de legisladores quienes no deben permitir la
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regresión en perjuicio de los derechos constitucionales de todos. Agradezco el favor de su atención.
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