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En su colaboración en #SeñalInformativa emisión nocturna, Carla Delfina Aceves nos habla del tema "Limitaciones en la defensa de los derechos ambientales"

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Transcripción
00:00La presidenta Sheinbaum propuso una reforma sobre el juicio de amparo que, entre otros
00:16aspectos, tiene la intención de limitar la defensa de los derechos colectivos, incluyendo
00:20los ambientales. El amparo es una figura del sistema jurídico mexicano que data desde
00:25el siglo XIX para proteger derechos fundamentales de las personas frente a abusos del poder
00:30gubernamental. El amparo busca limitar las actuaciones abusivas o excesivas de poder, así
00:36como las contravenciones al marco constitucional por parte de las autoridades legislativas o
00:41ejecutivas. Uno de los aspectos más polémicos de esta propuesta consiste en la redefinición
00:46del interés legítimo que ha evolucionado por décadas. Desde 2011, hoy basta demostrar que
00:52una decisión pública te afecta por ser parte de una colectividad, aunque el daño no
00:57recaiga directamente en tu persona. Basta comprobar un vínculo verdadero, actual y diferenciado
01:02sin que necesites ser el dueño concreto del derecho afectado. Este alcance habilitó la
01:07posibilidad de que el amparo pudiera favorecer de modo preventivo y a un colectivo a cualquier
01:12persona. El interés legítimo es necesario para la defensa de intereses difusos, como el
01:17caso de los derechos ambientales, pues no necesitamos ser dueños, por ejemplo, del aire, del suelo
01:23o del agua para vernos afectados por su pérdida o degradación. Por ello sabemos que la propuesta
01:28es claramente regresiva, pues dejará sin voz nuevamente a quienes ya lograron encontrar
01:33este acceso a la justicia. La reforma obligaría a que solamente pueda solicitar un amparo quien
01:39sufra de un daño consumado. Si el daño es irreversible como el daño ambiental o el daño
01:43a la salud, el amparo sería inútil. Esta modificación provocaría indefensión frente
01:48a daños ambientales colectivos, por ejemplo, a través de proyectos que recaen en los bienes
01:53ambientales públicos. También respecto de vulneraciones de derechos generales de colectividades
01:58frente a políticas discriminatorias o injustas, como el caso del derecho a la salud. Limitarlo
02:04no hará más eficiente ni más justo al amparo, sino que hará que garantías preventivas sobre
02:09derechos humanos colectivos vuelvan a perderse para los más necesitados, pues obligará a que
02:14cada persona tenga que acreditar individualmente la afectación puntual, aunque ésta sea también
02:19colectiva. Sólo le otorgará mayor poder a las autoridades, coartando la protección de los
02:26derechos a los que ya estamos sujetos. Ojalá este comentario apoya la mejor comprensión del grave
02:32alcance que esta reforma podría tener para la protección de los derechos de todos los mexicanos.
02:37Debe haber una seria y honesta reflexión de legisladores quienes no deben permitir la
02:42regresión en perjuicio de los derechos constitucionales de todos. Agradezco el favor de su atención.
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