00:00Estamos en miércoles, hoy es miércoles jurídico en el mañanero, ya está con nosotros el doctor Moscoso quien nos va a ampliar mayores detalles legales sobre el tema al respecto herencia.
00:20En una situación en la cual en vida uno de edad, la casa a los hijos, yo recibo alquileres de esta casa, pero si ya es de mis hijos, aún sigo percibiendo esos alquileres o me sacan de la casa o cómo quedo, doctor.
00:34Buenos días, bienvenido.
00:36Buen día, un placer para mí estar acá presente, un tema importante, interesante y una realidad.
00:41A ver, ¿qué pasa cuando yo hago el anticipo de legítima a mis hijos, les entrego mi casita y por alguna razón mis hijos ya deciden y me dicen, chao papá, te vas a la casa porque ya es de nosotros?
00:54Y ya está la transferencia, ya no puedo hacer absolutamente nada.
00:58Para eso se ha creado la figura del usufructo, es decir, yo puedo transferirle la casa a mis hijos y resguardar como una garantía hasta que yo me muera, que no me saquen de mi casa
01:11y si en mi casa percibo alquileres, seguir percibiendo esos alquileres como una ganancia para mi vejez.
01:19Ese es un ejercicio que se puede hacer tanto con los hijos menores como con los hijos mayores, precisamente para evitar la malversación de un trabajo de unos padres de muchos años.
01:30Y no solamente con las casas, también podemos hacerlo con un vehículo.
01:34Qué triste que se ocurra.
01:36Y pasa.
01:36¿Se puede hacer tal vez un documento? Bueno, sí, yo estoy heredando esta casa a mis hijos, pero por el momento ellos no se la pueden quedar, digamos, todavía, hasta que yo fallezca.
01:47No, lo que hacemos en el documento es, yo le estoy transfiriendo a mis hijos, pero pongo una cláusula del usufructo donde les pongo una restricción.
01:55No pueden prestarse plata, es decir, no van a poder grabar esa casa.
02:00No van a, pues, si se casan, no van a poder ni siquiera vender esa casa ni transferir hasta que yo me muera.
02:07Van a tener la posesión, el derecho.
02:09¿Y en qué les beneficia eso?
02:11Cuando yo me muera, mis hijos ya no van a hacer la declaratoria de herederos ni nada.
02:17Ya está.
02:17Pero también hay que quedar bien con las dos partes, ¿verdad? Para que no ocurra que lo saquen al papá o a la mamá de la casa, siendo que no tiene dónde ir.
02:30Entonces, precisamente con el usufructo, con esta cláusula, yo garantizo como padre, como una persona adulta mayor, pongamos el ejemplo,
02:38con todas las capacidades, que no me van a sacar de mi casa.
02:42O si no, yo compro una casa cuando mis hijos son menores, listo.
02:45Le pongo esta cláusula de usufructo y eso me va a garantizar a mí que yo pueda vivir.
02:50O sea, la casa ya va a estar a nombre de mis hijos.
02:53Cuando ellos sean mayores, van a querer disponer, no van a poder, porque tienen una restricción ahí, que es el usufructo.
02:58Y cuando se casen, tampoco la pareja puede disponer, porque claro, la herencia no tiene derecho, ¿verdad?
03:05Tampoco va a poder disponer la pareja.
03:07Si bien va a estar a nombre de mis hijos y se casa, no van a poder disponer porque van a tener una restricción hasta que yo me muera.
03:14Que puede ser vitalicia incluso esa restricción o puede ser convenida.
03:18Ahora, si yo compro una casita cuando son mayores de edad, de la misma forma, voy a mantener esa restricción a mi favor.
03:24Bien, doctor, como siempre y como cada miércoles jurídico, nosotros hemos habilitado el número para que usted pueda realizar sus consultas.
03:33772-1113, ya tenemos algunas preguntas.
03:36Que se pregunta el abogado, alquileres en herencia, si son hermanos, uno con su hija, hijo, usa más de su cuota y no paga alquiler, ¿cómo obligar?
03:45A ver, cuando hay una herencia, los alquileres deberían dividirse de forma equitativa.
03:51Si existe el uso y el abuso de alguno de los hermanos, hay que poner un alto.
03:55Podemos asistir mediante una conciliación previamente para iniciar cualquier tipo de proceso, dependiendo el caso.
04:02Esto es importante aclararlo, porque sí pasa.
04:05A veces para uno le parece así absurdo tener este tipo de cláusulas, pero son necesarias, ¿verdad?
04:11Al momento de la hora.
04:12Son justas y necesarias en la realidad, porque hemos escuchado casos que incluso les hacen firmar a los padres, les transfieren y luego los sacan de su caso.
04:22Los dejan en la calle a los viejitos de la tercera edad.
04:26Entonces, esta cláusula, este usufructo garantiza que no pase eso.
04:30772-1113, tenemos consultas y esta dice así.
04:34A ver, te la leo.
04:35Buen día, la siguiente consulta, ¿cómo puedo heredar mi casa a mi hija, pero asegurar de que su esposo no tomará parte en dicha herencia cuando yo muera?
04:45Para proteger a los hijos.
04:48Precisamente este es el caso.
04:49Se puede hacer una minuta de compra y venta y poner una cláusula específica donde se les restrinja la disposición de ese viejo,
04:58manteniendo el usufructo a favor de su padre o madre.
05:01La casa va a estar a nombre de la hija, pero con esta cláusula no va a poder transferir, no va a poder hipotecar, no va a poder grabar,
05:09no se va a poder prestar plata, no va a poder poner como garantía esta casa, hasta que muera el padre o la madre que quiere.
05:16Pero como un bien hasta el final de sus días.
05:18Tenemos más consultas que nos llega el número de WhatsApp.
05:21Buen día, la pregunta para el abogado.
05:22Dice, en 2004 falleció mi padre y él compró terrenos y casas.
05:27Hasta la fecha no hice nada, siendo que él ya tenía otra familia, pero nunca se divorció de mi madre.
05:33Bueno, si no se ha divorciado, sigue siendo la mamá o la esposa, entonces tiene los mismos derechos a heredar o a suceder.
05:41Tienen 10 años para hacer la herencia, deberían hacerlo de manera inmediata.
05:46Primero entra la esposa, luego entran los hijos, no importa si los hijos son extramatrimoniales.
05:50Bien, tenemos otra consulta acá, doctor. Por favor, en pantalla.
05:53Buen día, una consulta. Cuando los padres realizan compra y venta de sus bienes y uno de los hijos, a uno de los hijos, ¿los demás hijos pueden reclamar sus bienes o ya no?
06:06Pueden reclamar. Pueden reclamar.
06:08Pero si él se lo está vendiendo como un gusto, claro.
06:12Si bien es un derecho el mío poder vender a quien yo quiera, pero hay hijos que van a reclamar.
06:20Pueden reclamar. ¿Por qué? ¿No? Porque hay que ver la forma en cómo se les está vendiendo.
06:25Muchas veces hacen una transferencia donde supuestamente los padres están recibiendo un monto de dinero.
06:33Entonces los demás hermanos van a pelear por ese tema de la herencia.
06:37¿Por qué a él? ¿Por qué solamente a él?
06:40Entonces hay que ser como padre muy cauteloso para hacer incluso las transferencias.
06:45De poder se puede, pero el problema va a surgir una nulidad, va a surgir un proceso civil porque existen hijos, existen hermanos.
06:55Y la ley dice que debería ser igualitario.
06:57Si bien es un derecho poder transferir a un hijo, pero si no llegas a un acuerdo, ten por seguro que vas a tener una demanda enorme por parte de los otros.
07:06Y acotar algo hay que tener también en cuenta que hay que educar bien a los hijos.
07:09Y lo peor de todo, ¿qué ocurre cuando los padres fallecen? Ahí los hijos quedan en medio del conflicto, ¿no?
07:15Sí, cuando fallecen los padres, los hijos se olvidan que son hermanos y ahí empieza el conflicto y es real.
07:21Tenemos más consultas al 772-1113.
07:23La casa ya está a nombre de mis hijos. ¿Cómo hago para que los esposos no tengan propiedad si se casan?
07:29Bueno, si ya está a nombre de los hijos y no has puesto el usufructo, todavía puedes ponerle la cláusula del usufructo.
07:35Ya son mayores de edad.
07:36Mientras los padres estén vivos.
07:37Mientras estén vivos.
07:38Si es que ya fallecieron.
07:39Bueno, si ya es que ya fallecieron, se pierde el tema del usufructo.
07:43Cuidado con eso.
07:44Se pierde ya el usufructo.
07:45Obviamente ya está tu nombre, entonces ya esa restricción es un proceso judicial pequeño para levantarla y se acabó.
07:52Cuidado con eso.
07:53Tenemos otra consulta, por favor.
07:55La cláusula de usufructo, justamente, ¿puede beneficiar solo a algunos hermanos, según la decisión del padre?
08:00Puede beneficiar a hermanos, incluso a sobrinos.
08:04Si yo no tengo hijos, quiero dejar esta casa a mis sobrinos, puedo hacerlo, puedo dejarlo a mis hermanos, puedo dejarlo a mis padres, a quien yo crea.
08:14Puede ser una persona enferma que sabe que va a morir.
08:16Puede dejar la comuna igual, si quiere.
08:18A quien tú quieras, ¿no?
08:20Porque vas a transferirla, pero te estás garantizando que esa casa puedas disfrutarla mientras estés en vida, para que esa persona no disponga el momento que tengas transferido.
08:31Entonces, este usufructo nos abre esos caminos, precisamente.
08:35Nos ayudan.
08:36Más consultas.
08:37La última, por favor, porque se nos está acabando el tiempo.
08:40Buen día, una consulta.
08:41¿Los nietos tienen algún derecho de reclamar la herencia de los abuelos?
08:45Y si no es así, ¿qué procedería?
08:47Sí, los nietos pueden reclamar la herencia de los abuelos ante el fallecimiento de los padres.
08:53Obviamente, eso sucede en los nietos.
08:55Y si los padres nunca han hecho la declaratoria, van ahí los nietos.
08:58¿En el mismo porcentaje que los hijos?
09:00En el mismo porcentaje que los hijos.
09:01Ah, muy bien.
09:02Muy bien.
09:03Querido doctor, para finalizar, ¿dónde lo pueden encontrar?
09:06Bueno, estoy a través de todas las redes sociales, como abogado Arturo Moscoso.
09:10Me pueden buscar al 680-722-24, para el edificio de Arcoíris, piso 9, oficina 900.
09:16Miércoles jurídico, muchas gracias doctor Moscoso, parte de la familia del Mañanero.
09:20¡Vengan chicos!
09:21¡Nos tenemos que ir!
09:22¡Eso es!
09:23¡Comparte la felicidad con nosotros!
09:24¡Claro doctor!
09:26¡Muchas gracias doctor!
09:28Así nos queremos despedir, gracias por acompañarnos.
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