00:00Condenar a Jorge Daniel Barceló como coautor penalmente responsable de los delitos de abuso,
00:06autoridad y falsedad ideológica de instrumento público, un hecho.
00:10Abuso sexual simple consumado, dos hechos.
00:13Y en grado de tentativa, un hecho.
00:16Abuso sexual con acceso carnal consumado, tres hechos.
00:19Y en grado de tentativa, un hecho.
00:21Agravados por haber sido cometidos por un integrante de una fuerza de seguridad en ocasión de su función.
00:27Todos los hechos cometidos en concurso real a la pena de 15 años de prisión y inhabilitación especial perpetua
00:35para ejercer cargos públicos, accesorios legales y costas.
00:39Artículo 119, primer, tercer y último párrafo en función del cuarto párrafo, inciso E,
00:46248, 293, 12, 20 bis, 29, inciso III, 42, 45 y 55 del Código Penal,
00:54530, 531 y 533 del Código Procesal Penal de la Nación.
01:01Segundo, disponer la reparación integral a la víctima, YNC,
01:06comprensiva del daño moral y material que deberá ser determinado vía incidental,
01:12quedando a cargo de su representante legal la promoción con intervención del imputado
01:17y citación de la Prefectura Naval Argentina, atento a la solidaridad invocada por el Ministerio Público Fiscal.
01:25Artículos 29 del Código Penal, 3, inciso A y B de la Ley 27.372.
01:33Tercero, ordenar la revisión administrativa de la víctima, YNC,
01:41respecto a las sanciones dispuestas y situación de revista en la Prefectura Naval Argentina,
01:47de conformidad a los lineamientos expuestos en los considerandos.
01:53Cuarto, diferir la regulación de honorarios profesionales de los doctores Martín Federico Tilly
01:59y Cristian Fernando Vareiro, una vez que este pronunciamiento quede firme,
02:04previa acreditación de las instancias y actos procesales en los que hayan intervenido
02:09y su situación ante la ARCA.
02:13Artículos 16, 19 y 33 de la Ley 27.423 y 534 del Código Procesal Penal de la Nación,
02:22acordada 25 del 2022 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
02:27Quinto, requerir a la víctima, YNC, que manifieste a través de su representante legal
02:36si desea ser informada de los planteos que eventualmente haga Jorge Daniel Barceló
02:42durante la ejecución de la pena.
02:44Artículo 12 de la Ley 27.372.
02:48Sexto, glosar a la causa un sobre con soportes digitales y ópticos conteniendo material probatorio
02:56previo a su pase a la Secretaría de Ejecución Penal.
03:01Séptimo, informar al Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a delitos contra la integridad sexual
03:08para que proceda a la extracción de una muestra biológica e incluya el perfil genético de Jorge Daniel Barceló
03:15en el marco de la causa de referencia de conformidad a lo previsto en los artículos 2, 3 y 5 de la Ley 26.879.
03:25Octavo, fijar audiencia para el martes 23 de septiembre del 2025 a las 19 horas
03:32a efecto de la lectura de los fundamentos de la presente sentencia.
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