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  • hace 7 semanas

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00:00Bien, muy buenas tardes. Un saludo cordial a todos los amigos de la prensa que nos acompañan el día de hoy.
00:06Y bueno, a través de ustedes, saludar también a toda la población del Departamento de Potosí.
00:11Efectivamente, acabo de recibir el reporte por parte de la Comisión de Fiscales de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de la Fiscalía Departamental de Potosí,
00:21dando cuenta que hace unos minutos atrás se ha procedido a la emisión y ejecución de una resolución fiscal fundamentada de aprehensión
00:31en contra de una autoridad del Consejo Municipal de la Ciudad de Potosí.
00:37Estamos hablando del presidente del Consejo Municipal de Potosí, el señor Henry Próspero López Álvarez.
00:45Como ustedes conocen, hace unos días atrás se ha tomado conocimiento de una denuncia pública realizada a través de medios de comunicación
00:56por parte de un servidor público del Consejo Municipal de Potosí, que ostentaba el cargo de asesor jurídico del Consejo Municipal,
01:04dando cuenta de la existencia de algunos hechos irregulares al interior de esta institución,
01:09vinculados principalmente a la exigencia y cobros irregulares de sumas de dinero para el ingreso y la permanencia en un puesto laboral dentro de esta institución.
01:19De manera inmediata, la Comisión de Fiscales ha dado inicio a un proceso de investigación de oficio por parte del Ministerio Público
01:27en contra de esta autoridad municipal por el delito de concusión.
01:31Se ha procedido a colectar los elementos de convicción suficientes, dentro de ellos, en lo relevante,
01:38la entrevista informativa que ha prestado este servidor público, que ha dado cuenta de la existencia efectiva
01:44de estas exigencias de sumas de dinero que se han ido materializando en la entrega de la suma de bill bolivianos
01:50de manera mensual desde el mes de enero hasta el mes de agosto de la presente gestión,
01:56a exigencia precisamente del presidente del Consejo Municipal de Potosí.
02:01Por supuesto, esta conducta se encuentra reñida con las normas sustantivas contenidas en nuestra normativa vigente,
02:09motivo por el cual la Comisión de Fiscales de Anticorrupción, una vez colectados los elementos de convicción suficientes,
02:16ha dispuesto la aprehensión de este ciudadano.
02:19Esta aprehensión ha sido ejecutada el día de hoy en horas de la tarde
02:22y él mismo ha sido trasladado a dependencias de la Fuerza Especial de Lucha contra el Crimen.
02:28Va a ser puesto a disposición de la autoridad jurisdiccional a efectos de que se resuelva su situación procesal.
02:35Naturalmente, la Comisión de Fiscales está solicitando la imposición de la medida cautelar restrictiva
02:40de detención preventiva basado en dos argumentos fundamentales.
02:44Primero, que los elementos colectados son suficientes para demostrar la existencia del hecho
02:48y que en este hecho efectivamente hubiera participado este servidor público.
02:52Pero por otro lado, también la concurrencia de algunos riesgos procesales.
02:57Estos antecedentes y argumentos van a ser expuestos en la audiencia de medias cautelares
03:00que esperamos pueda ser llevada adelante el día de mañana.
03:05Y será la autoridad jurisdiccional la que disponga la resolución de la situación procesal del imputado.
03:10Doctor, ¿es la única denuncia? ¿Habrían otras víctimas o supuestas en este caso?
03:15Sobre esta exigencia y cobros de sumas de dinero, tenemos la atestación únicamente de este servidor público,
03:23el asesor jurídico del Consejo Municipal.
03:27Sin embargo, en contra de este servidor público también presa otro proceso de investigación
03:31a denuncia de la señora Paola Alejandra Civila Fuentes,
03:36quien ha formulado una denuncia en contra del mismo por la presunta Comisión de los Delitos de Uso Indebido
03:42de Bienes y Servicios del Estado e uso indebido de influencias.
03:46Este segundo proceso está vinculado a que este servidor público hubiera hecho uso
03:51del equipo jurídico del Consejo Municipal en una causa particular,
03:57cuando, de acuerdo a los antecedentes, estos servidores públicos tenían otra finalidad y otras competencias.
04:03Sobre este segundo proceso, también la Comisión de Fiscales de Anticorrupción
04:07ha formulado una resolución de imputación formal y una solicitud de audiencia de medidas cautelares.
04:13Tenemos entendido que ya existe un segundo señalamiento de audiencia cautelar para el día jueves,
04:18en la que también se van a presentar los elementos de convicción
04:21y se va a fundamentar la solicitud del Ministerio Público.
04:23¿Dónde se conoce para qué ha sido el cobro?
04:26¿Cuál es el motivo del cobro de dinero según la declaración de la autoridad?
04:29Entonces, entendemos que estos cobros eran a título personal,
04:32por lo menos eso es lo que nos ha referido la víctima de este proceso.
04:37Son cobros que se traducen, por supuesto, en unas ventajas o beneficios indebidos.
04:42No existe la posibilidad de realizar estos cobros a servidos públicos
04:45con el objetivo de permanecer en el cargo o ingresar a un cargo.
04:49Ese es el contenido de la entrevista y de la denuncia formulada por el asesor jurídico,
04:54el Consejo Municipal.
04:54Doctor, en el segundo caso, ¿el Ministerio Público va a requerir también la detención preventiva?
04:59Así es, en ambos casos se ha solicitado y se está soltando la aplicación
05:03de la medida cautelar de detención preventiva.
05:04¿Qué tiempo?
05:05Seis meses, de acuerdo a los antecedentes.
05:07Doctor, en la declaración informativa que se ha podido recoger el día de hoy,
05:11y que normalmente el acusado en nuestra ocasión,
05:14¿él ha admitido estos aspectos, estos extremos?
05:17De acuerdo al reporte que se me ha remitido por parte de los fiscales
05:20que nos acompañan en esta entrevista,
05:22tenemos entendido que el imputado ha hecho uso de su derecho constitucional de abstenerse.
05:27Él se ha abstenido a declarar y es una facultad que le asiste.
05:30Ahora, los delitos, doctor, ¿cuánta, qué es la máxima pena que se podría tener en estos delitos?
05:38Bueno, en esta primera fase del proceso y principalmente en la audiencia de medidas cautelares,
05:43no se ingresa al análisis del cuantum punitivo.
05:47No, simplemente se aportan los elementos de convicción para determinar la concurrencia
05:52de los presupuestos legales para fundar una detención preventiva.
05:55Sin embargo, el delito de concusión, de acuerdo a lo que establece nuestro Código Penal,
05:59tiene una pena de tres a seis años como pena base.
06:03Se ha establecido también la posibilidad de concurrencia de un agravante
06:08en virtud de que la exigencia de este cobro de dinero
06:11era un funcionario dependiente jerárquicamente del imputado.
06:16Esto, de acuerdo a nuestra norma, constituye un agravante
06:18que aumenta el cuantum punitivo entre cuatro a ocho años,
06:22además de la inhabilitación correspondiente.
06:24Sin embargo, estos aspectos de la imposición de la pena
06:26se tocarán en el momento procesal oportuno.
06:29¿Hay antecedentes sobre este mismo caso en el gobierno municipal de Potosí?
06:33Tenemos algunos otros procesos de investigación.
06:36Ustedes conocen, hace unos meses atrás también se ha procedido a la aprehensión
06:38de otro servidor público del gobierno municipal,
06:42un secretario municipal a quien también se ha procedido a su aprehensión
06:46y ha sido sometido a audiencias de medidas cautelares
06:48e impuesto la detención preventiva por un hecho similar,
06:50es decir, vinculado a la exigencia y estos cobros indebidos.
06:53¿Dóctor, hay riesgos de fuga del principal aprehensión?
06:56Precisamente la concurrencia de riesgos de fuga u obstaculización
06:59han fundado la decisión de la Comisión de Fiscales
07:02para emitir esta resolución de aprehensión.
07:04Todos estos antecedentes van a ser debatidos y puestos en análisis
07:08ante el juez de la causa el día de mañana
07:10en la sustanciación de la audiencia cautelar.
07:13Muchísimas gracias.
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