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  • hace 3 días
¿Tengo una bicicleta eléctrica, necesito el SOAT? Esto dice Univida

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Transcripción
00:00Todo vehículo, ya sea eléctrico o moto eléctrica que desarrolle cierta velocidad, debe tener el seguro obligatorio de accidentes de tránsito.
00:07Así desde la empresa Univida señalan que todo vehículo que tenga motor, ya sea eléctrico o de combustión interna, debe poseer el SOAT.
00:14La norma establece que todo vehículo motorizado para transitar por las vías públicas del territorio debe estar asegurado contra el riesgo de accidentes de tránsito.
00:23El decreto supremo que tú señalas, 27.29.5 Álvaro, establece con claridad, dice, todo vehículo motorizado que circule por las calles, carreteras, que sea desplazado por una propulsión propia, ya sea eléctrico, combustible, gasolina, diésel, mezcla, etc., debe tener el seguro.
00:42Se registran a través de las placas de identificación, en el caso de los vehículos eléctricos, a través del número de armazón o código de importación.
00:50Porque nosotros, en materia de seguros, lo que nosotros verificamos y nosotros hacemos el análisis es del riesgo, ¿no? Es el riesgo.
01:01Entonces, al desplazarse un vehículo con una cierta potencia, con una velocidad por propulsión propia, ya implica un riesgo mayor.
01:12Y también tendría un costo igual que las motocicletas.
01:16¿Cuál vendría a ser la tarifa para estas motos eléctricas?
01:18Es la misma que tiene una motocicleta, es la misma, ¿no? Es decir, tiene un costo de 200 bolivianos, si fuese de uso público, es de 155 bolivianos.
01:30Sin embargo, el mismo decreto supremo 2729.5 establece la exclusión de vehículos motorizados, entre ellos la bicicleta.

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