00:00Se produce una paradoja llamativa.
00:03Si el supuesto del procesamiento le sucede a un subordinado del fiscal general,
00:11automáticamente el fiscal general está obligado a cesarlo,
00:15para sobreguardar, para proteger la institución.
00:21Si eso lo tiene que hacer el fiscal general con un subordinado que le pase lo mismo,
00:24¿el simple hecho de que nadie hubiera previsto en la ley que también le puede pasar al fiscal general
00:30lo convierte en una excepción o en un privilegio procesal? No lo sé.
00:36Sinceramente creo que el fiscal se tendría que aplicar, digamos, la misma doctrina
00:42que él está obligado a aplicar a un subordinado si le pasa lo mismo, por pura lógica, por puro sentido común.
00:49Pero dicho esto, mi opinión personal es que el fiscal general, por lo que le escucho,
00:57tiene argumentos para defenderse y le deseo lo mejor en el pleito.
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