00:00El nuevo reglamento de extranjería aprobado por el Consejo de Ministros en noviembre del año pasado
00:14entra en vigor este martes 20 de mayo.
00:18A través de algunas novedades, el Gobierno pretende con la reforma de la norma
00:22simplificar procedimientos y eliminar duplicidades.
00:25El nuevo texto crea un título específico para los visados.
00:30Que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general.
00:35Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones de cuatro.
00:41También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo,
00:45que antes era una autorización de tres meses.
00:48Por otro lado, la reforma contempla cinco modalidades de arraigo.
00:52El social, el sociolaboral, el familiar, el socio formativo y de segunda oportunidad.
00:58Con estas figuras se reduce el tiempo de permanencia en España de tres a dos años.
01:04Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia,
01:11desde el primer momento, algo que afectará a los trabajadores temporales.
01:16Igualmente, según el nuevo reglamento, a partir de este martes el tiempo transcurrido como solicitante de protección internacional
01:23ya no computará como periodo válido de estancia en España para optar al arraigo.
01:29Así, una vez obtenida una resolución de negatoria y tras permanecer al menos dos años en situación irregular,
01:36será posible solicitar alguna de las figuras de arraigo.
01:40Y en cuanto a la reagrupación familiar, con el objetivo común de la inclusión,
01:44el nuevo reglamento recoge la creación de una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles,
01:51en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años.
01:56Además, se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera,
02:00como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente
02:04que puedan acreditar una relación afectiva análoga.
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