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  • hace 7 meses

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Transcripción
00:00En sentido general, el gobierno de la Junta y la Comisión designada,
00:07después de estudiar la propuesta del proyecto de ley,
00:12se sometiera al honorable diputado Elí Aguas y Chávez,
00:17armonizó ambos proyectos y solamente en un aspecto ha valorado
00:23que el Congreso Nacional reconsidere que es el tema del padrón electoral
00:31y el padrón de electores.
00:34En la propuesta de la Junta Central Electoral se habla de un 2% del padrón electoral,
00:39pero es la propia sentencia en tribunal constitucional que habla de padrón electoral,
00:45no habla de padrón de electores.
00:47Entonces, en ese sentido, la Junta ha considerado que se valore
00:53que no sea del padrón electoral, el 2%, sino del padrón de electores.
01:00En el caso, lo que sería el padrón de concurrentes
01:03o el padrón de las personas que fueron a votar,
01:06porque las cantidades son diferentes y no es lo mismo el 2% del padrón general
01:10que el 2% del padrón de electores.
01:12Ese fue el único aspecto que la Junta Central Electoral
01:17ha reconsiderado y ha dejado a la valoración del Congreso Nacional.
01:21¿Y en cuanto a los términos agrupaciones cívicas y asociaciones cívicas?
01:25¿Cómo va a ser?
01:25Esos son aspectos, si se quieren, semánticos.
01:30Lo que ocurre es que si bien es cierto que la sentencia habla de agrupación,
01:34lo menos cierto es que el sistema electoral dominicano ya existe en agrupaciones.
01:38Hay partidos, agrupaciones y movimientos políticos.
01:43Una agrupación tiene unos requisitos similares a un partido político.
01:48Por eso, el pleno de la Junta Central Electoral ha considerado en este proyecto,
01:53en vez de llamar agrupación para que no se confundan con las agrupaciones políticas,
01:58sino llamarles asociaciones cívicas.
02:00Cívico, que es un término más vinculado a la democracia y a los valores pátricos.
02:07Magistro, ¿no hablan cuando un independiente gana y por una razón no pueda continuar en cargo?
02:12En la Constitución no contempla que lo va a sustituir.
02:15¿Hablan ese aspecto de sustitución de un candidato independiente si gana?
02:18Eso fue uno de los temas tratados.
02:21Eso lo dejamos a la apreciación del Congreso Nacional,
02:24porque, como usted indica, eso es un tema ya de nivel constitucional
02:28que escapa la facultad de iniciativa de la Junta Central Electoral.
02:32Pero es una debilidad porque es intuito persona.
02:36Las candidaturas independientes son intuito persona, no tienen estructura.
02:41Y esa es una de las debilidades que tendría el sistema de candidatura independiente,
02:47así como existe en el sistema de partidos políticos.
02:49Ese consenso al que llegó la Junta sobre la cantidad de electores, de los patrones,
02:54¿eso también fue consenso por los partidos?
02:58¿Los partidos estuvieron de acuerdo con eso?
02:59No, nosotros solamente pusimos nuestra consideración y escuchamos a la comisión especial.
03:06¿La cantidad de candidatos lo van a controlar entonces?
03:08Porque están hablando de limitar la cantidad de candidatos.
03:10El proyecto, sistémicamente, en los países que hay candidaturas independientes,
03:16siempre, no es una limitante, es una racionalización al sistema democrático.
03:22Entonces, porque si fuese así, entonces no podríamos tener nada ilimitado,
03:29ningún derecho absoluto, salvo el derecho a la vida, según Tomán Jaque.
03:33Muchas gracias y bendiciones.
03:34Gracias.
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