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  • hace 1 año

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00:00Mi experiencia es la del cibocueste constitucional que examinó la ley de aborto por tres causas en Chile
00:06y le puedo indicar cuánto ha desmitificado la idea de las tres causas en su aplicación práctica después de siete años.
00:15No me siento alguien que tenga suficiente juicio como para decirle, mire, esta es la mejor solución a plantear.
00:25Creo que ustedes pueden tomar algunas consideraciones que son las que yo veo.
00:31Primero, es evidente que las cuestiones relativas a la interrupción del embarazo en tres causales
00:43no tienen una sola parte relativa al código penal.
00:49¿Cuál es esa parte? Que el delito de aborto existe, pero que se necesita excepcionar la justificación
00:56y para eso sí necesita reformar el código penal.
00:59Pero la pregunta es que eso apenas te deja en la despenalización.
01:04Pero hay un dilema adicional. Bueno, una cuestión es despenalizar y otra cosa es enfrentar la realidad sanitaria,
01:12ahora justificadamente constitucional, para decir cómo se realiza esa prestación médica.
01:18En mi país esa prestación médica está regulada en el código sanitario,
01:23entonces la reforma de la ley de aborto por tres causas era un lado despenalizar,
01:28pero por otro lado establecer cómo se procede en estos casos.
01:33Y esa procedencia es una regulación bien exhaustiva para identificar las tres causales,
01:38pero además requisitos adicionales. Pongo un ejemplo, en el caso de la inviabilidad fetal,
01:44bueno, tiene que haber un proceso de certidumbre de que efectivamente ahí no hay una vida al interior del vientre materno
01:54y para eso hay certificaciones médicas, dos certificaciones médicas independientes.
01:59Entonces eso se regula, no por supuesto en el código penal,
02:04se tiene que regular en las reglas naturales de, en este caso en nuestro país, el código sanitario,
02:08serán leyes de salud en otros lugares. También venía un programa de acompañamiento psicosocial,
02:16hay gente que puede llegar a decir, bueno, puede ser inducida a someterse a un aborto,
02:24pero después en realidad recapacita y decide, ok, voy a estar en condiciones de asumirlo.
02:30Nuestra ley también tiene un porcentaje importante de personas que desistieron de interrumpir el embarazo
02:38y hay modalidades también sobre quién realiza el embarazo.
02:42Por ejemplo, los médicos son los que van a realizar el embarazo y qué pasa si tienen conflictos de conciencia
02:51y para eso se impuso legalmente la objeción de conciencia médica.
02:55Entonces, con esto le quiero decir, la regulación puramente penal no basta,
03:00se necesita esta otra cuestión sanitaria que es central para decir,
03:05nos escuchamos frente a una prestación médica que tiene plena legitimidad
03:12y que tiene todas las condiciones para que se desarrolle como otra prestación médica,
03:18con seguridad, con condiciones que la permitan en términos efectivos.
03:25No puedo ni tengo derecho a decir cuáles son los juicios que ellos puedan tener,
03:31pero sí creo que vale la pena entender que la discusión sobre aborto en el mundo lleva 51 años
03:41y que no es una novedad desde el punto de vista general.
03:49Aquí es uno de los lugares donde se está dando en el último momento esta discusión
03:54y en Chile se dio, cuando se dio en Chile era 44 años.
03:58¿Qué fue lo que hizo el Tribunal Constitucional de Chile?
04:01Bueno, tomó todas las legislaciones del mundo, tomó toda la jurisprudencia del mundo,
04:07tomó todos los argumentos del mundo, que hay montones,
04:11y que identifican, no sé, medidas ciertas de lo que puede pasar.
04:17No es, ya hay ciertos fantasmas que se han despejado
04:23producto de un examen que es juicioso, que debe ser racional, que debe ser conforme a derecho,
04:30en donde yo entiendo que hay una discusión política del sustrato sobre la dimensión religiosa o moral,
04:37pero uno se debe a realizar este juicio conforme al principio de que las mujeres tienen derechos,
04:45que el sistema constitucional de cada país ofrece los derechos fundamentales a todos,
04:50y cuando hay conflictos en materia de derechos, hay formas de resolverlos.
04:55Y esa es la manera en que la justicia constitucional en general en el mundo se comporta
05:02para verificar test que permitan decir, en estos casos está justificado constitucionalmente,
05:07y en estos casos no lo está.
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