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28/1/2025
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00:00
Un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Corte de la CIDH,
00:04
que contra Nicaragua, en este caso, que podría servir como jurisprudencia,
00:08
es decir, sentar una jurisprudencia contra Evo Morales,
00:11
para que ya no sea candidato, pese a que ha tenido también, digamos,
00:15
otros fallos en el país, otras determinaciones judiciales en este mismo sentido.
00:18
Ya todos sabemos que Evo Morales insiste en que será candidato en esta elección 2025.
00:23
Esta noche vamos a conversar con Jaime Aparicio,
00:26
ex embajador ante la Organización de Estados Americanos.
00:28
Le agradecemos. Desde los Estados Unidos le enviamos un saludo, Jaime,
00:31
porque, de alguna manera, queremos que la población boliviana,
00:35
los que nos siguen, los que nos están mirando, entiendan
00:37
por qué este fallo contra Nicaragua sienta jurisprudencia
00:41
que no beneficia a Evo Morales.
00:44
Buenas noches, Cecilia.
00:45
Gracias por tenerme en tu programa y también un saludo
00:49
a todos los que siguen, que no me pierda.
00:52
Sí, esta sentencia tiene una importancia fundamental
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porque está marcando un hito en los temas políticos de la región
01:04
ligados a la democracia.
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Es la primera vez que un tribunal internacional,
01:10
y en este caso la Corte, se refiere al tema de la reelección
01:16
inconstitucional de presidentes en América Latina.
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Y, en segundo lugar, es también la primera vez
01:24
que le da una validez vinculante a una opinión consultiva,
01:31
que fue la opinión consultiva que, como sabes,
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definió qué los Estados y las sociedades tienen
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y pueden reglamentar constitucionalmente
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la reelección o no reelección de presidentes.
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Y que esa limitación a las reelecciones no es un derecho humano,
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es más bien un adelanto en el tema de la democracia
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en regiones que han sido gobernadas por caudillos
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que se han eternizado en el poder.
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Por tanto, esta sentencia, que es una sentencia vinculante,
02:10
es un instrumento jurídico de cumplimiento obligatorio
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para los miembros de la Convención Americana,
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tiene impacto en la región, pero por sobre todo en Bolivia.
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Este es el último clavo,
02:24
este ya sí es un clavo de derecho internacional
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que ratifica que el señor Evo Morales
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no puede ser candidato a la presidencia.
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Es decir, no puede ser inscrito como candidato
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porque la Constitución boliviana
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e incluso una última sentencia constitucional se lo han prohibido,
02:47
se lo prohibió, determinó la Corte en una opinión consultiva
02:53
que no era un derecho humano,
02:55
como dijo el Tribunal Constitucional,
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parcializado con Evo Morales.
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Y ahora estamos viendo que esta sentencia
03:07
sienta, como tú lo dijiste, jurisprudencia
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en el caso de Evo Morales.
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Entonces, esta es una violación flagrante
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de la Convención Americana,
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el hecho de que él pretenda ser candidato.
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Haciendo un paralelo, Cecilia, muy breve entre, digamos,
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es muy parecida la situación a la de Bolivia.
03:35
Es decir, en el caso Bolivia,
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Carlos Mesa pudo haber presentado a la Corte
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una petición en contra de Evo Morales
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por haber afectado sus derechos políticos
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en una elección que fue desigual,
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no solo por el uso y abuso del Estado, por el fraude electoral,
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sino porque Evo Morales torció y violó la Constitución
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con ayuda del Tribunal Constitucional de esa época
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para reelegirse como presidente,
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con lo cual violó uno de los principios básicos
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de la integridad electoral y del derecho de voto,
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que ya es un derecho que también es parte de los temas
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que defiende la Corte Interamericana
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y el sistema de derechos humanos.
04:30
Jaime, si Evo Morales mantiene su intención,
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porque incluso hasta en encuestas lo colocan
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como posible candidato o como candidato,
04:39
porque él además ha dicho abiertamente
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que él quiere ser candidato, que él va a ser candidato.
04:44
Si él insiste, ¿se puede apelar a esta sentencia
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efectivamente a nivel internacional?
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Perfectamente, esa es la jurisprudencia.
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Eso es un llamado a que los países no permitan
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y no violen ni intenten interpretar
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la Convención Americana de Derechos Humanos.
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Es una sentencia, como de cualquier tribunal,
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que tiene prelación en Bolivia a las propias leyes bolivianas.
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O sea, esta sentencia se aplica por encima de las leyes bolivianas
05:19
porque nosotros así lo hemos aceptado
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cuando hemos firmado la Convención Americana
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de Derechos Humanos.
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Entonces, legalmente y en el derecho internacional,
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aplicando el derecho internacional,
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Evo Morales no puede ser candidato
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gracias a esta sentencia que confirma
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la falsedad de ese argumento
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de que reelegirse era un derecho humano.
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Y no te olvides, Cecilia, que ellos utilizaron
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la Convención Americana para justificar
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la reelección de Evo Morales.
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Y ahora la propia Corte, que es la encargada
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de interpretar la convención, dice que eso es falso
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y que, por tanto, se violó.
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Era un candidato ilegal porque violó su propia Constitución
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y, por tanto, ahora, conforme a la propia legislación boliviana
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y a la Convención Americana y a la Corte,
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Evo Morales ya no puede pretender ser candidato.
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Bien, Jaime, nosotros le queremos agradecer
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no solo por el análisis, sino también por orientarnos
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un poco en materia de derecho internacional
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con relación a este fallo que se ha dado contra Nicaragua,
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pero que, de acuerdo a lo que nos explica Jaime,
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puede ser tomado como un tema también de relevancia
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y de prevalencia en el caso boliviano.
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Muchas gracias. Buenas noches.
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