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  • hace 2 años

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00:00Acaba de concluir hace unos momentos la audiencia de medidas cautelares de esta
00:03ciudadana y bueno el juez ha determinado la medida extrema de detención preventiva
00:06por el plazo de 180 días. Esta sería ya la cuarta persona que estaría
00:10aguardando detención preventiva tomando en cuenta que hay una quinta persona que
00:13goza de medidas sustitutivas a la detención preventiva y aún tenemos en
00:16unas tres órdenes de aprehensión las cuales están próximamente a ser
00:19ejecutadas. Este tipo de delitos sabemos que existe una cadena de mando que se ha
00:23imputado por el delito de asociación de lectores de confabulación donde se puede
00:26establecer que son varias las personas que participan dentro de esta
00:29organización no es solamente una persona. Entonces por esta situación de
00:32que se ha podido determinar la medida extrema de detención preventiva toda vez
00:35que esta persona figuraba como gerente regional de la empresa Adonay Ex por la
00:40cual fue donde se encontró la sustancia controlada. Y más aún cuando esta
00:43persona realizó los contratos alquiler para que esta empresa funcionara en
00:47dicho lugar. De acuerdo a la documentación que hemos podido
00:49recolectar si hubiera firmado el contrato en el mes de mayo de este año
00:54próximamente esta empresa hubiera empezado a funcionar en los meses de
00:58junio. De acuerdo a los requerimientos fiscales que estamos a la espera de
01:01respuesta estamos esperando no el tema de la aduana nacional que no certifique si
01:04esta empresa ya habría realizado algún tipo de exportación y de acuerdo a esa
01:08documentación que próximamente estaremos analizando vamos a determinar y
01:11establecer si otras personas estén involucradas y para ver si ya se habría
01:15enviado algún cargamento con anticipación.
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