00:00Y María Corina Machado también está manipulando a sus seguidores cuando dice que 10 días
00:14antes de las elecciones todavía hay posibilidades de que ella pueda ser candidata, imagínense
00:21ustedes.
00:22Y lo dice también el diputado Diosdado Cabello.
00:27Lo cito textualmente, dice los 10 días es mentira, es otra manipulación, es otro engaño,
00:36es otro fraude, estoy citando textualmente al vicepresidente del PSUV, de ese sector
00:42opositor que se empeña en engañar a su propia gente y de hecho aseguró el diputado Diosdado
00:49Cabello tras leer el artículo 64, tomemos nota, artículo 64 de la Ley Orgánica de
00:58Procesos Electorales, que por cierto cito textualmente, abro comillas, la sustitución,
01:05artículo 64, de un candidato o una candidata constituye una nueva postulación y en consecuencia
01:15cuando el postulado sustituto o la postulada sustituta no sea un candidato o una candidata
01:22previamente admitido o admitida, deberá cumplir con los requisitos establecidos en la presente
01:29ley y su reglamento fin de la cita del artículo 64.
01:36De acuerdo pues a la ley, estos requisitos impiden a la oposición hacer nuevas modificaciones
01:44en las postulaciones, pero escuchemos la reflexión de Diosdado Cabello, adelante por
01:52favor querido equipo.
01:53Y por ejemplo nos tropezamos con el artículo 44, el artículo 44 dice temporalidad de las
02:03postulaciones, el cronograma electoral establecerá los laxos previstos para las postulaciones,
02:10el cronograma que sacó el CNE establecía cinco días, del 20 al 25, sigo con el artículo,
02:20el cronograma electoral establecerá los laxos previstos para las postulaciones, las postulaciones
02:24consignadas fuera del laxo previsto en el cronograma electoral serán extemporáneas
02:30y se tendrán como no presentadas, o sea, si yo fuese opositor que no lo soy, me llamaría
02:39la atención este artículo, me llamaría la atención, pero después seguimos leyendo
02:46nosotros para entender, claro, si no entró en el laxo del 20 al 25, se considera extemporánea,
02:58no presentada, no existe, no va, no va, pero puedo leer el 64, miren, que dice requisitos
03:12exigidos al candidato sustituto, es distinto modificar que sustituir, pero eso se lo dejo
03:17a los, porque no le vamos a explicar todo a la gente, esto es tan inteligente, vean,
03:24artículo 64, la sustitución de un candidato o una candidata constituye una nueva postulación
03:32y en consecuencia cuando el postulado sustituto o la postulada sustituta no sea un candidato
03:39o una candidata previamente admitido o admitida deberá cumplir con los requisitos establecidos
03:44en la presente ley y su reglamento, yo me devolvería entonces al 44 y que se maten
03:52por su propio pulso.
03:54La iguana.tv, la verdad hecha tendencia.
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