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Pitam

Pitam

@suk30
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CONSTITUCION DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA
Artículo 70:
Son medios de participación y protagonismo del pueblo, en ejercicio
directo de su soberanía y para la construcción del socialismo: la
elección de cargos públicos, el referendo, la consulta popular, la
revocación del mandato, las iniciativas legislativas, constitucional y
constituyente, el cabildo abierto, la asamblea de ciudadanos y
ciudadanas, siendo las decisiones de esta última de carácter
vinculante, los Consejos del Poder Popular (consejos comunales,
consejos obreros, consejos estudiantiles, consejos campesinos,
entre otros), la gestión democrática de los trabajadores y
trabajadoras de cualquier empresa de propiedad social directa o
indirecta, la autogestión comunal, las organizaciones financieras y
microfinancieras comunales, las