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Transcripción
00:00y el imputado Ramón Elpidio Guaraz, seguidamente por secretaría, se procede a dar lectura a
00:06la presente acta de pedericto que a continuación se transcribe. Por todo ello, por todo lo
00:12expuesto, resuelto. 1. Declarar culpable a Ramón Elpidio Guaraz de condiciones personales
00:18relacionadas en la causa como autor penalmente responsable del delito de abuso de autoridad,
00:23previsto y reprimido por los artículos 248 y 45 del Código Penal, e imponerle para
00:30su tratamiento penitenciario la pena de un año y tres meses de prisión de cumplimiento
00:35efectivo, y dos años y seis meses de inhabilitación especial, debiendo continuar a los pagos de
00:42servicio penitenciario provincial e idénticas condiciones en las que se encuentra actualmente,
00:47con costas en los términos del artículo 12, 29, inciso 3, 40, 41 y concordante del Código
00:54Penal, y artículo 407 y 409, apartado tercero, 536 y concordante del Código Procesal Penal.
01:032. Hacer lugar parcialmente a la demanda civil instaurada por la doctora Natalia Páez Baca,
01:10apoderada de la señora Shirley Claribel Cordero, en contra del encauzado Ramón Elpidio Guaraz,
01:17condenándolo a abonar como concepto de daño moral y en términos de 30 días desde que quede
01:22firme esta sentencia, la suma total de pesos 6 millones, artículos 1740 y 1741, concordante
01:32y correlativo del Código Civil y Comercial de la Nación, y artículo 29 del Código Penal.
01:38Este monto deberá ser actualizado desde la fecha de hecho y hasta el día de su efectivo
01:43bajo conforme la tasa pasiva promedio del Banco Central de la Nación Argentina,
01:49y con más un interés del medio porciento nominal mensual.
01:55Sentencia número 02, barra 2005, el expediente corto.

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