00:00Manuel Celisilva conocía que con su actuar estaba vulnerando la libertad, integridad y formación sexual y pese a ello quiso
00:06hacerlo, lesionando de esta forma el bien jurídico protegido por el legislador de la libertad, la formación sexual, sin que
00:12medíe justa causa que permita ese comportamiento donde es posible pues realizarle un juicio de reproche por cuanto al momento
00:18de ejecutar su conducta tenía capacidad de comprender la ilicitud de su comportamiento.
00:23Es mayor de edad, no padece inmadurez psicológica, trastorno mental, ni pertenece a un grupo con diversidad sociocultural diversa o
00:30estado similar conocido y tenía en ese sentido pues esa capacidad de terminarse de acuerdo con esa comprensión y era
00:36consciente de que su conducta está prohibida por el ordenamiento jurídico, de ahí pues que le era exigible no vulnerar
00:42la libertad, la integridad y la formación sexual.
00:44No obstante, Manuel Celisilva dirigió su voluntad hacia la realización de las acciones descritas, las cuales se encuentran un reproche
00:51en la normatividad penal.