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Las empresas empacadoras de aguacate de exportación a Estados Unidos solo podrán deducir del ISR la compra directa de fruta a huertos certificados y amparada con un CFDI emitido por el propietario, usufructuario o poseedor del huerto. Así lo establece el criterio normativo 60/ISR/N del SAT, publicado en la Tercera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal. La medida busca reforzar el control fiscal y fitosanitario en la exportación de aguacate.

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