El artículo 788 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal tiene una de esas preguntas que caen mucho y se memorizan mal: ¿cuántos días puede aplazarse excepcionalmente la sesión de juicio oral por no comparecencia de testigo de cargo? 10, 15, 30 o 60 días.
La respuesta es 30 días, y el truco para no olvidarla es este: "Mejor cállate un mes." Juicio oral — cada vez que abres la boca te la cargas, así que cállate un mes. Un mes son 30 días. Con eso ya tienes el plazo anclado y no lo fallas más.
¿Cuál es el plazo de la LECRIM que más se te resiste?
Tramitación procesal 2023
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