00:00Está claro que el Tribunal Constitucional, a resultas de sus propias sentencias y a resultas de haber reglado cuáles son
00:09los requisitos y condiciones para un decreto de urgencia,
00:14es probable que debe declarar fundada nuestra demanda y expulsar de la legislación nacional el decreto de urgencia.
00:23Por un tecnicismo jurídico y por la garantía del derecho constitucional.
00:28O sea, eso está claro, está demostrado.
00:33La motivación de que la Defensoría como institución intervenga en un asunto como este.
00:39Bueno, primero porque hay que ser muy respetuoso del Estado Constitucional de Derecho
00:44y las medidas de excepción como un decreto de urgencia tienen justamente esa condición de ser extraordinario,
00:52de ser transitorio y que mediante decreto de urgencia no se puede legislar.
00:59Es decir, la doctrina constitucional explica que los decretos de urgencia no pueden derogar una ley ordinaria,
01:08excepto se den cinco requisitos que este Tribunal Constitucional ha definido como de obligatorio cumplimiento.
01:15Entonces, está claro que el Tribunal Constitucional, a resultas de sus propias sentencias
01:23y a resultas de haber reglado cuáles son los requisitos y condiciones para un decreto de urgencia,
01:30es probable que debe declarar fundada nuestra demanda y expulsar de la legislación nacional el decreto de urgencia.
01:40Por un tecnicismo jurídico y por la garantía del derecho constitucional.
01:45O sea, eso está claro, está demostrado.
01:49Pero lo segundo, es sí importante también ver las motivaciones que se han podido dar para sustentar este decreto de
01:58urgencia.
01:58Y esa motivación está centrada en el carácter de reorganizar Petro Perón.
02:05Un momentito.
02:06Tú puedes reorganizar, puedes hacer lo que te venga en gana.
02:10Porque además eres el accionista, eres el dueño.
02:14El ejecutivo es el dueño de Petro Perón.
02:17¿Y pudo haber hecho todo esto sin utilizar el decreto de urgencia?
02:20Sí.
02:21Pero claro, puedes hacer lo que quieras sin perjuicio a derogar una ley
02:30que protegía el carácter subsidiario estratégico de Petro Perón.
02:37Y esa es la ley 28.422, si no lo recuerdo.
02:41Entonces, al derogar esta ley de protección que le daba Petro Perón, ese carácter y esa jerarquía,
02:48es que se incurre, digamos, en un hecho de carácter inconstitucional.
02:53Y nosotros, naturalmente, haciendo un análisis estrictamente jurídico, recurrimos al Tribunal Constitucional.
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