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  • hace 8 minutos
En diálogo con Exitosa, el vocero del Jurado Nacional de Elecciones, Jorge Valdivia, reiteró que la proclamación oficial de los resultados presidenciales se realizará dentro del plazo previsto de 30 días. "A mediados de julio como máximo", precisó.

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"Exitosa: La voz de los que no tienen voz"

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Transcripción
00:00Y hasta este momento vamos viendo una cantidad de esas observadas que obviamente responde también a lo menos complejo que
00:07ha sido la segunda elección, porque en la primera pues teníamos que elegir a 30 cantidades, eran 5 tipos de
00:13elección y eso sea complejo.
00:17Claro. ¿Cuánto tiempo creen ustedes que les va a tomar esto? ¿En qué momento vamos a estar en condiciones de
00:23que se han proclamado los resultados?
00:26Nosotros estamos preveyendo que esto sea en 30 días, a mediados de julio máximo, atendiendo a la carga procesal que
00:33nos puedan generar las otaciones, tanto de actos observados como de pedidos diversos que formulen los personeros legales.
00:42Vamos ahora sí con Jorge Valdivia, vocero del Jurado Nacional de Elecciones. Jorge, muy buenos días.
00:50Buenos días, Nicolás. Encantado por la entrevista. ¿Qué van tus preguntas?
00:53Sí, ustedes ya empezaron, es decir, no es que termina el conteo y de ahí recién entran ustedes a ver
01:00las actas observadas, es un proceso que sea en simultáneo, ¿no?
01:05Así es, ya como se puede apreciar del portal electrónico constitucional de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, en este
01:12momento hay, para envío de los jurados electorales especiales, 1.614 actas que han sido observadas, las cuales ya hemos
01:20recibido, a los jurados electorales especiales han recibido 1.258.
01:25O sea, ya se recibieron en los jurados electorales especiales que es un problema de trasladar la información porque ya
01:30se declararon observadas, ¿no?
01:32Claro, las opciones centralizadas de procesos electorales observan el ejemplar que le corresponde a ellos y la remiten al jurado
01:39electoral especial para que se puedan resolver, levantar esas observaciones.
01:42Ahora, ¿cómo es el procedimiento? Y cuáles son las, o antes que eso, ¿cuáles han sido las principales, de las
01:50actas que ustedes han recibido, los principales motivos para la observación del acta?
01:55Son diversos, pero en su mayoría son errores aritméticos, es decir, que la suma de los votos no se condice
02:01con el total de ciudadanos que votaron, que es una cifra que consignan los propios miembros de la mesa de
02:05sufragio.
02:06Ellos consignan del universo de electores que les corresponde a la mesa electoral, que vamos a suponer como ejemplo 300,
02:12por ejemplo, que sean 300, van a votar 200 personas, 200 ciudadanos, 200 electores.
02:17Entonces, esa cifra ellos la tienen que consignar en letras y en números 200 que fueron a votar. Y luego,
02:23cuando ya cuentan los votos en la parte del escrutinio, hacen una suma de los votos y esta suma puede
02:29diferenciarse con la del total de ciudadanos que votaron. Y ahí es cuando se observa.
02:33De acuerdo. Ahora, ¿en qué casos, en qué circunstancias tienen que irse al reconteo de votos?
02:42Ah, en ciertos casos excepcionales. Por ejemplo, ya para hablar completamente sobre las observaciones del acta electoral que tienen que
02:49ver con errores materiales, están las actas sin firmas.
02:51Por ejemplo, el número mínimo de firmas que se requiere, tres firmas de los miembros de mesa en cualquiera de
02:56las tres secciones, instalación, sufragio o escrutinio, y al menos otras dos firmas de los miembros de mesa en las
03:02otras dos secciones.
03:03Si hay menos de esas firmas, la Oficina Central de Procesos Electorales observa el acta electoral y la remite al
03:08jurado de transmisor para que resuelva.
03:09¿Cómo resuelve el jurado de autoridad especial? Hace un cotejo del ejemplar observado con el ejemplar que le corresponde al
03:15jurado de autoridad especial y ahí se pueden integrar las firmas.
03:18Si no se pueden integrar las firmas, es decir, levantar la observación, entonces se va a tener que disponer el
03:23recuento de votos.
03:23Y así, por ejemplo, en los errores aritméticos, cuando la suma de los votos es mayor que el total de
03:30ciudadanos que votaron, ahí se dispone el recuento de votos.
03:32Porque cuando es menor, la manera de solucionar es la diferencia, ir a votos nulos.
03:38Pero el problema es cuando la suma de los votos es mayor que el total de ciudadanos que votaron.
03:41No puede darse la situación en que tenga más votos que electores, ¿no es cierto?
03:45Exactamente. Entonces, por eso se va el recuento de votos.
03:48Claro. Ahora, ¿cuáles son los plazos, Jorge?
03:53O sea, ustedes, por lo que nos dicen, ya están avanzando en la revisión, que algunos procedimientos, entiendo, son muy
04:00simples, como fueron en la primera vuelta, ¿no es cierto?
04:03De rápida resolución.
04:05Claro, sí. Sí, hay algunos casos que son de rápida resolución, atendiendo a la complejidad, obviamente, de la observación, porque
04:12eso es cuando el acto observada viene por un tipo de observación,
04:16pero a veces las actas observadas tienen varios tipos de observación, y entonces hay que resolver todos.
04:20Y, a su vez, lo que demora también es que si no se puede levantar alguna de esas observaciones, o
04:26ninguna, se va a tener que disponer al recuento de votos,
04:28y el recuento de votos tampoco es que se va a actuar inmediatamente, sino que se tiene que solicitar a
04:32la ODP que nos remitan sobre el acabo que contiene la cédula de votación no impugnadas,
04:37y una vez que nos remitan, que tiene 24 horas, nos lo remitan, el jurado de trabajo especial tiene que
04:42disponer, tiene que convocar a la audiencia de recuento,
04:44pero para que se realice esta tiene que mediar tres días entre la convocatoria y la realización de la audiencia.
04:49De acuerdo. Ahora, en todos estos procesos participan los llamados personeros técnicos, ¿no es cierto?
04:57No. Los personeros técnicos tienen que ver con hacer una labor dentro de los centros de cómputos donde van verificando
05:05las observaciones del acta,
05:07o todas las actas, las que pasen normal, ellos lo van verificando ahí en el centro de cómputo,
05:10pero cuando se realiza ya el trabajo en sí de resolución de actas observadas o de recuento de votos,
05:17quienes participan son los personeros legales de las relaciones políticas.
05:20De acuerdo. Ahora, ¿ha habido muchas actas producto de conflicto entre personeros, es decir, actas observadas por personeros?
05:30No, las actas no son observadas por personeros, las actas son observadas por la ODP,
05:35por el centro de cómputo de la Oficina Central de Procesos Electorales. Lo que puede pasar sí es que los
05:39personeros pueden impugnar votos,
05:41sea a la identidad del elector o a la cédula de sufragio. En esos casos, esas actas cuando llegan al
05:46cómputo,
05:47obviamente que las ODP las van a observar para remitir a los jurados de autoridad especial para que se resuelvan
05:51estos votos impugnados.
05:54Ahora, digamos, por la experiencia de ustedes en el juro, ¿este proceso se está llevando bien, digamos, no es cierto?
06:03¿No hay mayores confrontaciones y conflictos, no?
06:08Hay casos de votos impugnados, pero son los casos regulares en donde todo proceso de escrutinio,
06:14algunos personeros no están conformes con las decisiones de los miembros de mesa y obviamente impugnan lo que ellos han
06:19decidido.
06:20Es el curso normal del propio proceso electoral.
06:23Y hasta este momento, vamos viendo una cantidad de esas observadas que obviamente responde también
06:29a lo menos complejo que ha sido la segunda elección, porque en la primera pues teníamos que elegir a 30
06:34cantidades,
06:35se eran 5 tipos de elección y eso sea complejo.
06:40Claro. ¿Cuánto tiempo creen ustedes que les va a tomar esto?
06:43¿En qué momento vamos a estar en condiciones de que se han proclamado los resultados?
06:49Nosotros estamos previendo que esto sea en 30 días, a mediados de julio máximo,
06:55atendiendo a la carga procesal que nos puedan generar las votaciones,
06:59tanto de actos observados como de pedidos diversos que formulen los personeros legales,
07:04tanto a los jurados de trabajo especiales como al Pleno de Jurado Nacional de Elecciones.
07:07Claro, pero digamos, el resultado en realidad lo vamos a conocer antes, ¿no?
07:12Porque cuando lo que falte contar no alcance, sea cual sea el resultado para modificar la decisión,
07:20ya lo sabremos, ¿no?
07:22Bueno, una vez que resolvamos todo con relación a actas observadas o los pedidos que hayan formulado
07:28los personeros legales, se van a trasladar estas resoluciones a la Oficina Central de Procesos Electorales
07:33para que realicen los cómputos en cada circunscripción electoral.
07:37Y luego de ello, ellos nos van a remitir ese cómputo de resultados y los jurados...
07:42O sea, los jurados, los ODP proclaman el resultado, ¿no es cierto?
07:45Los jurados, perdón, proclaman el resultado en cada región.
07:48Sí, así es.
07:49Claro.
07:49Así es.
07:50Se hace un acta de proclamación de resultados descentralizada
07:52y una vez que se han emitido todas estas y hayan quedado firmes,
07:56porque todavía pueden ser impugnadas también,
07:58es el Pleno después de jurados en las elecciones
08:00quien ya realiza la proclamación con el acta general.
08:03Yo creo que está todo muy claro.
08:09Ahora...
08:10¿Avertir?
08:11Sí.
08:11Sí, sí, sí.
08:12Sí, te escucho, Jorge, querías advertir algo.
08:15Sí, advertir a la ciudadanía o pedir que a la ciudadanía
08:18en el sentido de que se deben esperar los resultados oficiales.
08:21Ya hemos explicado cómo es todo este proceso,
08:24entonces hay que tener paciencia y esperar estos resultados oficiales.
08:28No, claro, por supuesto que sí, con la mayor serenidad.
08:32Bueno, muchas gracias, Jorge, muchas gracias por atendernos.
08:36Jorge Valdivia, vocero, el Jurado Nacional de Elecciones,
08:38ha estado con nosotros.
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