00:01El Estatuto de Autonomía de Andalucía y el Reglamento del Parlamento regulan los plazos
00:07para el proceso que debe desembocar en la investidura de un presidente de la Junta tras
00:12las elecciones autonómicas de este domingo, que no obstante podría concluir con una repetición
00:18electoral si el candidato propuesto no logra en un periodo de dos meses la mayoría requerida
00:23para ser investido.
00:25Por tanto, la sesión constitutiva del nuevo Parlamento andaluz, surgido de las urnas,
00:30quedó ya fijada para el jueves 11 de junio a las 12 del mediodía en el decreto que el
00:36presidente de la Junta, Juanma Moreno, firmó a finales del pasado mes de marzo para disolver
00:42la Cámara Autonómica y convocar las elecciones de este 17 de mayo.
00:47De esta manera, la persona que sea elegida para presidir el Parlamento deberá proponer candidato
00:52la investidura en un plazo de 15 días hábiles desde esa sesión constitutiva fijada para
00:58el 11 de junio.
01:00Posteriormente, el Estatuto de Autonomía detalla en su artículo 118 sobre la elección del presidente
01:07de la Junta que el candidato propuesto para optar a la investidura presentará su programa
01:12al Parlamento y para ser elegido deberá en primera votación obtener mayoría absoluta.
01:18De no obtenerla se procederá a una nueva votación 48 horas después de la anterior y la confianza
01:25se entenderá otorgada si obtuviera mayoría simple en la segunda o sucesivas votaciones
01:30según precisa el Estatuto.
01:32La misma norma aclara que en caso de no conseguirse dicha mayoría se tramitarán sucesivas propuestas
01:39de candidatos a la presidencia de la Junta en la forma prevista y si transcurrido el plazo
01:44de dos meses a partir de la primera votación ningún candidato hubiera obtenido la mayoría
01:50simple, el Parlamento quedará automáticamente disuelto y el presidente de la Junta en funciones
01:57convocará nuevas elecciones.
01:59Hasta ahora esta posibilidad no se ha materializado en la historia de la autonomía andaluza.
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