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#PoderJudicial #Género
En forma unánime, siete diputados de la Comisión de Estudios Legislativos del Congreso, aprobaron reformas para incluir el principio de paridad de género en nombramientos dentro del Poder Judicial, así como en el Poder Ejecutivo y en ayuntamientos.

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00:00En forma unánime, siete diputados de la Comisión de Estudios Legislativos del Congreso aprobaron
00:05reformas para incluir el principio de paridad de género en nombramientos dentro del Poder
00:10Judicial, así como en el Poder Ejecutivo y en los ayuntamientos. En el caso del Poder
00:15Judicial, se determinó que la designación de la Presidencia del Supremo Tribunal de
00:20Justicia deberá garantizar paridad y alternancia de género, además de que este cargo será
00:25ocupado por una magistratura propietaria sin integrar sala. Se estableció que las comisiones
00:31internas del Tribunal y la designación de secretarías auxiliares y relatorías deberán
00:37observar este mismo principio. Hasta ahora, ninguna mujer ha presidido el Poder Judicial en Jalisco.
00:43El diputado de Agamos, Tonatiuh Bravo, avaló las reformas. Sin embargo, sí advirtió que el tema
00:49puede modificarse cuando se apruebe la reforma al Poder Judicial. Por ello, anticipó que hará
00:54observaciones cuando el dictamen se vote en la sesión del Pleno.
00:58Aquí, por ejemplo, se menciona que los cargos serán alternados hombre-mujer. Esto hay que
01:10tomar en consideración que ya la Constitución General de la República, en este momento en
01:15su redacción, dice que el cargo de presidente de la Suprema Corte es por quien obtenga el mayor
01:22número de votos, pero no distingue en que sea hombre o que sea mujer, ni tampoco establece
01:28esa alternancia. Por su parte, el diputado del PAN, César Madrigal, aprobó las reformas y dijo
01:35que la paridad 50-50 en hombres y mujeres debe llegar a los altos cargos del Poder Judicial.
01:41Entonces, yo creo que sí es importante dar este mensaje a la sociedad jalisciense de
01:47que en Jalisco sí estamos impulsando de manera decidida la paridad de género en este tipo
01:53de cargos. Eso me parece muy importante. Y número dos, el segundo principio es el principio
01:59de la alternancia. En este caso, lo que se hablaba hace un momento, por ejemplo, en la
02:03presidencia del Supremo Tribunal de Justicia.
02:05En el ámbito municipal se aprobó que los ayuntamientos deberán garantizar la paridad
02:09de género en la designación de titulares de la Secretaría del Ayuntamiento, la Hacienda
02:15Municipal y órganos de control interno, así como en la selección de jueces municipales,
02:20siempre que exista perfil profesional adecuado. Respecto al Poder Ejecutivo, se determinó que
02:26en el nombramiento, remoción y sustitución de titulares de dependencias, organismos públicos
02:31y empresas locales, se deberá cumplir con el principio de paridad de género en la medida
02:37en que existan perfiles idóneos.
02:40Para UDG Noticias, Ignacio Pérez Vega.
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