00:00con relación a la información dada a conocer este día por autoridades de los Estados Unidos de América
00:06sobre funcionarios de Sinaloa.
00:10La Fiscalía General de la República informa que en este, como en cualquier otro caso de solicitud internacional,
00:18debemos cumplir todos y cada uno de los procedimientos y protocolos establecidos en la normatividad vigente en la materia.
00:27En este caso, hemos sido notificados por parte de la Secretaría de Relaciones Exteriores
00:34de las solicitudes de detención provisional con fines de extradición hechas por el Gobierno de los Estados Unidos de América.
00:43Es obligación de esta Fiscalía, a través de la Fiscalía Especial para Asuntos Internacionales,
00:49analizar la documentación recibida con la finalidad de establecer con toda exactitud
00:55si existen los elementos probatorios necesarios para tal fin y, en su caso, sobre la viabilidad de la solicitud.
01:05De manera paralela, esta Fiscalía General de la República iniciará una investigación
01:12para llegarse de toda la información necesaria para conocer si existen datos de prueba
01:19que establezcan la probabilidad de que la acusación hecha por autoridades estadounidenses
01:25cuente con el fundamento legal para solicitar órdenes de aprehensión.
01:31No obstante, el tratado bilateral en la materia refiere, con toda precisión,
01:37que solamente se concederá la extradición si se determina que las pruebas son suficientes
01:44conforme a las leyes de la parte requerida, en este caso, de nuestro país.
01:50De manera particular, es necesario precisar que dicha solicitud
01:55no se acompaña de elementos probatorios suficientes
01:58que aporten evidencias contundentes respecto de los hechos narrados.
02:04¡Gracias!
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