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Especialistas sugieren acudir con un especialista para recibir asesoría y tomar la mejor decisión en la declaración anual correspondiente a 2025.

Para más información del tema, visita: https://www.eleconomista.com.mx/finanzaspersonales/tienes-saldo-favor-impuestos-casos-conviene-pedir-compensacion-devolucion-20260428-810644.html
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Transcripción
00:00Si eres persona física y aún no presentas tu declaración anual correspondiente al ejercicio
00:05fiscal 2025, aún estás a tiempo. Tienes hasta el 30 de abril para cumplir con esta
00:10obligación en tiempo y forma. Si obtienes saldo a favor de ISR, ¿cuándo deberías pensar
00:14en pedir la compensación de impuestos y no su devolución?
00:17La compensación de impuestos es un esquema tributario que permite a los contribuyentes
00:22ocupar el saldo a favor de un impuesto federal para saldar a deudos actuales o futuros con
00:26el servicio de administración tributaria. La contadora Ana Ramírez de Sares Contadores
00:31señaló que hay dos casos en los cuales deberían consultar con un especialista si es mejor pedir
00:36la compensación de impuestos y no la devolución. El primero ocurre cuando tienes diversas actividades
00:41para reportar al fisco. En este caso, la autoridad va a acotejar toda la información para validar
00:46el saldo a favor y si alguna de las partes involucradas declara una situación diferente
00:51a tu versión. Es posible que la devolución de impuestos se frene hasta que se declaren
00:55las eventuales inconsistencias que encuentre, señaló la especialista que entrevistó a
01:00Sofía Macías, autora del libro Pequeño Cerdo Capitalista. El segundo escenario es
01:05cuando le moví mucho a la declaración porque te diste cuenta que una o más facturas no
01:10estaban cargadas en la plataforma o había errores de información, entre otros casos.
01:14¿Cómo solicito la compensación de impuestos? De acuerdo con TaxTown, estos son los requisitos
01:19y el proceso para hacerlo. Saldo a favor, si no lo tienes, no hay nada que compensar.
01:24Que ambos impuestos sean federales. Solo puedes compensar. Solo puedes compensar
01:29gravámenes de tipo federal como ISR e IVA. Presentar el aviso de compensación.
01:34Esto lo haces ante la autoridad a través del buzón tributario.
01:40Descarga la app de El Economista y lleva contigo la información que mueve al mundo de los negocios.
01:45Descárgala hoy.
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