00:01Evidentemente he leído con mucha preocupación, porque no tiene ningún sustento jurídico.
00:10Es una pena que una congresista genere un proyecto de ley sin mayor sustento.
00:19¿Cómo está don Luis? Buenas tardes, gracias por estar en la hora del volante.
00:25Buenas tardes, Tito, gracias por la invitación.
00:27Bueno, he leído el proyecto de ley de la congresista Alcarrás.
00:34Evidentemente he leído con mucha preocupación, porque no tiene ningún sustento jurídico.
00:42Es una pena que una congresista genere un proyecto de ley sin mayor sustento.
00:50Las dos personas que estuvieron, que se han retirado del estudio de Exitosa, he escuchado solamente al último muy, muy
00:58pocos minutos, apenas de repente uno o dos minutos.
01:01No he podido entender, pero voy a procurar explicar de qué se trata.
01:06A ver, ¿qué cosa es una papeleta de infracción o una acta de control que es su análogo, que es
01:12igual, parecido, no?
01:13Bueno, la papeleta de infracción impone la Policía Nacional a control de tránsito y las actas de control imponen o
01:24establecen los inspectores de transporte.
01:28Las infracciones de tránsito en todo el país son regulados o están establecidos en un reglamento que se llama el
01:36Reglamento Nacional de Tránsito.
01:38Una edición que nosotros estamos acá con Luz Ámbar.
01:41Y las infracciones al transporte están en el Reglamento Nacional de Administración de Transporte,
01:52del cual emanan las normas que regulan el transporte en la Red Vial Nacional a cargo de la SUTRAN
02:00y en los gobiernos regionales, los gobiernos municipales provinciales y en los gobiernos municipales distritales.
02:07Cada una de estas entidades tienen su propio inspector.
02:12Entonces, por un lado, hay que tener claro que las infracciones tienen un sustento jurídico.
02:19Son normas que están reguladas por el Estado, establecidas en los reglamentos que he señalado.
02:25Y obviamente, estas normas tienen tres características, que es lo que hay que entender.
02:32Don Luis, discúlpeme, antes que siga, por favor, con esta ampliación,
02:37que es sumamente importante escucharlo, vamos a hacer una brevísima pausa comercial.
02:41Vamos a volver con usted, con este detalle, con esta ampliación que nos parece importante.
02:45Volvemos con Luis Quispecandia en la hora del volante.
02:47Estamos enlazados vía Zoom con Luis Quispecandia.
02:50Él es presidente de Luz Ámbar.
02:53Él ha leído con preocupación el proyecto de ley de la congresista Kirill Alcarrás,
02:57que está sugiriendo, ha presentado este proyecto, que las infracciones se calculen en base al sueldo mínimo vital y no
03:06a la UIT.
03:07Él ha dicho que lo ha leído con suma preocupación porque no tiene sustento jurídico.
03:14Le seguimos escuchando, don Luis, su análisis y sus apreciaciones, por favor.
03:20Bien, entonces decía, al ser una norma de carácter jurídico,
03:25tiene tres características que hay que tomar en cuenta.
03:29Primero, tiene un carácter heterónico.
03:32¿Qué significa eso?
03:34Significa que una persona distinta, es decir, la persona autorizada, la policía o el inspector,
03:43a nombre del Estado impone una sanción.
03:47Eso significa que es heteródromo.
03:51¿Cuál es la segunda característica?
03:53Es bilateral.
03:56¿Qué significa eso?
03:58Uno es el que sanciona y el otro es el que es sancionado.
04:04Y el tercero, la tercera característica de una norma jurídica de esta naturaleza,
04:10es que tiene un carácter coercitivo.
04:14Quiere decir que ante el incumplimiento de esa sanción,
04:19el Estado tiene el derecho de ejercer una medida coercitiva.
04:24Por eso está, la ley de ejecución coactiva,
04:26hay varias formas de ejercer ese derecho coercitivo del Estado.
04:32Solamente para hablar de esta partecita y luego hablaremos de otra parte del proyecto de ley.
04:37En el artículo 7 del proyecto de ley de la señora Alcarrás,
04:41yo no sé qué formación académica tendrá ella o sus abogados.
04:45Bueno, se supone que los abogados conocen de normas.
04:48Se supone que los abogados tienen la obligación de asesorar a la congresista
04:53y hacer un proyecto de ley conforme a nuestro ordenamiento jurídico.
04:58Aunque la congresista no sea profesional, ¿no?
05:01Bueno, así está en nuestro país, lamentablemente,
05:03solamente tener 25 años uno puede ser congresista,
05:06sin necesidad ni siquiera saber leer y escribir.
05:09Bueno, ¿qué dice este artículo 7?
05:11Dice, 7.1, prohibición de confiscatoriedad, dice.
05:18Las multas no pueden tener carácter confiscatorio,
05:21entendiéndose como tales aquellas que exigenen de manera desproporcionada la capacidad económica.
05:28O sea, ese que no puede tener un carácter confiscatorio, eso no es cierto, pues.
05:33Acabo de leer esa tercera característica de una norma jurídica,
05:37que es la de ser una norma coercible.
05:39Coercitivo.
05:40De modo que no puede salirse la norma jurídica.
05:43Nuestra Constitución claramente establece las normas que tienen ese carácter,
05:48las multas, sanciones administrativas,
05:50o que tengan, digamos, que procedan del órgano jurisdiccional.
05:55Entonces, lo que dice la señora es absolutamente errático.
05:59Entonces, ¿qué es lo que se debe hacer?
06:01¿Y qué en qué tienen?
06:02¿Podrían tener de alguna manera razón?
06:04De alguna manera, lo que están reclamando,
06:07lo que yo también planteo muchas veces y en algún momento lo dije en tu programa, Tito.
06:12Lo que está haciendo es mal utilizado de parte de las autoridades,
06:16no en la autoridad, sino en particular la autoridad municipal provincial.
06:21Es decir, la autoridad competente para cobrar las multas.
06:25Y en el caso del tránsito, no solamente es la municipalidad ahora provincial,
06:31sino también tiene esa facultad, o mejor dicho,
06:34las actas de control están a cargo de la ATU, que son actas de control.
06:38Y la SUTRAN sí pone y impone papeletas también a la infracción al tránsito,
06:44que son por exceso de velocidad.
06:46Las municipalidades también pueden poner directamente ahora sanciones,
06:49tanto a la velocidad como también al estacionamiento.
06:53Recordemos que el resto de las infracciones,
06:55de las 126 infracciones a los conductores,
06:58lo pone la Policía Nacional asignada al control de tránsito.
07:02Asimismo, las papeletas que pone la policía a los peatones,
07:06a los ciclistas, a los que utilizan movilidad personal.
07:10Está en la norma.
07:11Que no se cumpla, que la policía no lo haga, es otra cosa.
07:14Pero sí está en la norma.
07:17Y esta norma, el Reglamento Nacional de Tránsito,
07:20que he hecho referencia inicialmente,
07:21es una norma que regula la conducta de los usuarios de la vía.
07:26No solamente del conductor, es de todos, de todos.
07:29Cuando salimos de nuestra casa, damos el primer paso en la vereda,
07:33ya estamos en la vía pública.
07:35Pero la vía pública está separada,
07:38tiene sectores claramente establecidos.
07:40La vereda o acera es para los peatones.
07:42La calzada es para los vehículos.
07:45Ahora la calzada se ha segregado en otros espacios.
07:48Se ha segregado una ciclovía,
07:50se ha segregado un espacio exclusivamente para el uso de vehículos de transporte público.
07:54Y todo este espacio está señalizado con señales horizontales y verticales,
08:02horizontales pintados en la calzada,
08:05verticales puestos sobre un pedestal.
08:08Y tenemos un elemento importante,
08:10el semáforo,
08:10que es el que regula la circulación en una intersección.
08:15Todo esto es para que los usuarios de la vía cumplamos estrictamente lo que está en el reglamento,
08:22tanto están dichos nuestras obligaciones y también está dicho nuestros derechos.
08:28Ahora bien, lo que sí es preocupante y capto la preocupación de ellos,
08:32que también es mía y con mi opinión,
08:35estamos recogiendo la opinión de miles de miles de miles de conductores
08:41cuando las papeletas de infracción o las actas de control
08:45no son establecidas con equidad, con justicia.
08:50Eso sí hace falta.
08:52Algo último que escuché también del señor que intervino,
08:55que dijo que las municipalidades no atendían,
08:58no atendían los descargos, las impugnaciones, las apelaciones.
09:03Eso también es cierto, porque no es suficientemente bien evaluado.
09:08Entonces, Tito, creo que en la entrevista que tuvimos en un momento exitosa,
09:13y ahora lo reitero,
09:15la razón, una de las razones que me lleva al Congreso de la República
09:19es contribuir a poner orden en relación al tránsito y transporte,
09:24entre otros aspectos en relación a las multas.
09:28¿Qué debería ser? ¿Cómo debería ser?
09:32Efectivamente, las municipalidades no atienden,
09:35no analizan bien los descargos y las impugnaciones.
09:39Entonces, tenemos que recurrir a un tercero imparcial.
09:43Ya nosotros, desde Luz Ámbar, en el año 2009,
09:46impulsamos la creación de los juzgados especializados de tránsito y seguridad vial.
09:52Ya está la ley, ya se han creado estos juzgados.
09:55En Lima tenemos solamente nueve juzgados,
09:58en el centro, en el norte, en el callao y en el este.
10:02Nueve juzgados de tránsito especializados.
10:05En el resto del país, en el resto de los distritos judiciales del país,
10:09no existen esos juzgados.
10:11Y eso está muy mal.
10:13El Poder Judicial no está cumpliendo desde el año 2009
10:17con establecer los juzgados administrativos de tránsito,
10:20ni los juzgados civiles y penales.
10:22De modo que nosotros, desde el Congreso, exigiremos al Poder Judicial,
10:28por supuesto que incorpore en su presupuesto,
10:30pero establezca no solamente los juzgados civiles y penales,
10:34sino también los juzgados administrativos.
10:37Para eso hay que sí presentar un proyecto de ley
10:40para hacer el procedimiento,
10:42para retirar de la ley de 27444,
10:45perdón, de los dos, del 27444 y el 27181,
10:49la Ley General del Tránsito y Transporte
10:52y la Ley del Procedimiento Administrativo General
10:55para que las sanciones,
10:57papeletas y actas de control
10:59no tengan que estar sujetos a la Ley del Procedimiento Administrativo General,
11:04sino tengan un tratamiento distinto.
11:07¿Cuál sería?
11:08Una vez que pone la policía la papeleta,
11:11los inspectores ponen el acta de control
11:14y presentan su descargo,
11:16los que consideren que la papeleta está mal impuesta,
11:18ha sido un exceso,
11:19no está bien precisada,
11:21no está bien tipificada la infección,
11:22cualquiera de las razones,
11:24la municipalidad reciba ese documento.
11:27Y al no ser atendida esa solicitud,
11:30ese recurso,
11:31pase al juez administrativo de tránsito.
11:34Entonces, para eso,
11:35hemos tenido que lograr que por ley
11:37se establezca ese procedimiento
11:40para que ese juez administrativo de tránsito
11:43en una audiencia única
11:46resuelva si debe pagar
11:48o no debe pagar la multa al infractor.
11:51Inclusive,
11:52el juez podría citarlo al policía
11:54que si puso la papeleta
11:56o al inspector
11:57para que venga a presentar el cargo,
11:59es decir,
12:00¿por qué le puso esa infracción?
12:02Y si no está suficientemente sustentada,
12:05pues el juez tendrá la facultad
12:06de anular esa multa
12:08o disminuirle el monto.
12:11En fin,
12:11la idea es que se pague la multa.
12:13El infractor debe pagar la multa.
12:16Y el que ha sido sancionado injustamente,
12:18obviamente,
12:19tenga también que ser
12:20esculpado de esa responsabilidad administrativa.
12:23Esa es la solución.
12:25En cuanto al fin del proyecto de ley
12:27que dice que debe ser,
12:29tomando como referencia
12:30el inversor mínimo
12:32y no así la unidad impositiva tributaria,
12:35eso tampoco no tiene sentido.
12:36¿Por qué?
12:38Porque el Estado peruano
12:39todas las multas
12:41los establece
12:43mediante la unidad impositiva tributaria.
12:46Ahora,
12:47me dice,
12:48porque es
12:491.128,
12:50130 soles creo que es el mínimo mitad.
12:531.130,
12:54sí.
12:54Y el señor que gana 3.000 soles
12:56y el funcionario que gana 10.000 soles,
12:59el empresario que gana mucho más,
13:03va a pagar igual,
13:04considerando el mínimo.
13:05No, pues,
13:07por eso,
13:07la referencia es la unidad impositiva tributaria
13:10y es un porcentaje
13:12de la unidad impositiva tributaria.
13:14Si se quiere bajar
13:15el monto de la multa,
13:17podría bajarse
13:18el porcentaje
13:19de la unidad impositiva tributaria.
13:21Es más,
13:23todas las infracciones graves,
13:25Tito,
13:25todas las infracciones graves,
13:28que son más,
13:28más de 70,
13:29y algunas de las infracciones muy graves,
13:33tienen descuento.
13:35Tienen descuento.
13:38La sanción de las infracciones graves
13:41es el 8% de la unidad impositiva tributaria,
13:44que es 429,
13:47429 soles creo,
13:49¿no es cierto?
13:50¿Y cuánto paga en los primeros cinco días?
13:53¿Cuánto?
13:5572 soles,
13:56eso es la multa.
13:57Sí,
13:57con el 83% de descuento,
13:59el 83% de descuento.
14:00¿73 soles?
14:00Sí.
14:01Y si se le ha pasado los cinco días,
14:04va a pagar el 35%,
14:06creo que es el descuento,
14:07solamente el 35%.
14:08Claro.
14:09Entonces,
14:09no es que sea un exceso.
14:11Lo que sí hay que es precisar
14:13algunas infracciones,
14:14por ejemplo,
14:15que nosotros lo hemos cuestionado,
14:16lo hemos discutido,
14:17yo lo he hecho en las reuniones
14:20que tengo por TikTok Live,
14:22lo he hecho en más de una,
14:23en un medio de prensa,
14:24lo que hay que precisar y mejorar
14:26es la infracción M1.
14:29La infracción M1 dice,
14:31conducir en estado de ebriedad
14:33y participar en un accidente.
14:35Un accidente.
14:35Un accidente.
14:35Un accidente.
14:36Entonces,
14:37eso es muy genérico,
14:38no está bien precisada,
14:40y además,
14:41no es,
14:41no hay proporción,
14:42ahí sí no hay proporcionalidad.
14:43¿Por qué?
14:44Porque el señor que atropelló
14:46y mató en estado de ebriedad,
14:48ese señor no puede,
14:49no tiene perdón de Dios.
14:51Que lo sancionen,
14:52que le cancelen la licencia.
14:55Pero aquel señor que en ese mismo estado
14:57se subió sobre la vereda,
14:59se estañeó,
15:01pero no hizo daño a nadie.
15:03A él no se le puede dar la misma sanción,
15:05obvio.
15:05Ahí tiene que haber proporcionalidad.
15:07Eso sí hay que perfeccionar.
15:09Eso lo veremos.
15:09Igualmente en la acumulación de puntos.
15:10Lo veremos en una nueva oportunidad.
15:12Entonces,
15:12yo creo que,
15:13Tito,
15:13lo que hay que hacer es
15:14perfeccionar la norma
15:15y plantear lo que estoy señalando anteriormente
15:17y creo la forma en que,
15:19la fórmula que plantea
15:20la señora congresista,
15:22señora o señorita congresista,
15:24está fuera de lugar,
15:25naturalmente,
15:25bajo un análisis jurídico.
15:27Muy amable,
15:28don Luis.
15:28Gracias.
15:29Para la próxima,
15:30voy a pedirte que vengas aquí a estudios
15:32para hablar de este y otros temas más.
15:34Gracias, Luis.
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