00:00Desde la Fiscalía General de la República reconocemos con plena conciencia que hablar de feminicidio no sólo es hablar de
00:08cifras o de normas jurídicas,
00:11es hablar de vidas que fueron arrebatadas y de una deuda histórica en materia de investigación y acceso a la
00:18justicia a las mujeres y familias víctimas de este flagelo social.
00:23Combatir la delincuencia contra las violencias contra las mujeres es una lucha permanente en la que podemos converger las instituciones
00:33del Estado,
00:34las colectivas feministas, académicas, organizaciones de la sociedad civil.
00:40Este delito que afecta a miles de mujeres nos debe llamar a erradicar la violencia feminicida y esto es lo
00:48que busca, lo que estamos buscando con esta propuesta.
00:53Continuamos, por favor.
00:55Desde las instituciones encargadas de investigar los delitos debemos reconocer que el feminicidio es un hecho social que demanda la
01:03reconfiguración y maximización de acciones de fiscalías y procuradurías
01:09y de diversos actores institucionales y sociales a fin de erradicar este ciclo de violencia y no vulnerar el derecho
01:17a la vida, a la integridad personal, a la seguridad, a la igualdad y el acceso a la justicia de
01:24mujeres y familias.
01:25Para atacar la violencia feminicida se requiere en primer lugar una reforma constitucional con el objeto de modificar el inciso
01:35A de la fracción 21 del artículo 73 de la Constitución
01:39a efecto de facultar al Congreso de la Unión para expedir una ley general en materia de prevención, investigación y
01:49sanción del feminicidio
01:51que establezca el tipo penal y sus sanciones, permitiendo una adecuada articulación de acciones que garanticen desde los distintos niveles
02:02de gobierno e instituciones
02:03el acceso a una vida libre de violencia de las mujeres y las niñas y adolescentes, fortaleciendo al Estado mexicano
02:12para prevenir, investigar, sancionar y erradicar las violencias contra las mujeres.
02:19Desde las instituciones que trabajamos el proyecto de ley, que lo hicimos la Secretaría de las Mujeres y la Fiscalía
02:26General de la República,
02:28partimos del presupuesto de que el feminicidio debe entenderse no sólo como un delito, sino como una grave violación a
02:36los derechos humanos
02:37que exige respuestas estructurales de todas las instituciones del Estado mexicano,
02:43tanto en el ámbito legislativo de procuración de justicia como en la implementación de políticas públicas integrales,
02:51lo anterior tomando en cuenta sentencias e instrumentos convencionales.
02:57Por ello, la iniciativa parte de esta premisa, en casos de feminicidio, exige, existe una obligación de investigar con la
03:08diligencia de forma reforzada.
03:12Esta propuesta impulsa la construcción de un marco jurídico que permita homologar el tipo penal en el que se reconoce,
03:22la que sigue, por favor.
03:23Esos son la estructura de la ley, los títulos, la estructura de la ley.
03:30El tipo penal.
03:32Se reconocen nueve razones de género, tales como signos de violencia sexual, lesiones degradantes o infamantes,
03:40antecedentes de violencias, prejuicios, estereotipos, existencia de relaciones de poder o subordinación,
03:48que la víctima haya sido incomunicada, que se encuentre en estado de indefensión o que haya exposición del cuerpo, entre
03:56otras.
03:58Estamos estableciendo una pena de 40 a 70 años de prisión.
04:03Se sanciona la tentativa con pena de prisión de entre la mitad hasta las dos terceras partes.
04:11Multa en humas y 21 agravantes.
04:15Eso es muy importante.
04:17Entre estas están que la víctima sea niña, adolescente o persona mayor,
04:22que la víctima tenga alguna discapacidad,
04:25que se cometa el feminicidio frente a hijas o hijos,
04:30que la víctima se encuentre en situación de movilidad,
04:35migrantes, que pertenezca a pueblos originarios, entre otros, y afrodescendientes, entre otros.
04:42Estamos buscando homologar los protocolos de investigación en todo el país
04:46para incorporar la forma de coordinación entre instituciones de seguridad,
04:51procuración de justicia y atención a víctimas,
04:55para garantizar que toda muerte violenta de una mujer sea investigada desde el primer momento
05:01bajo la hipótesis de feminicidio,
05:04para incorporar de manera obligatoria la perspectiva de género en cada etapa del proceso,
05:12para fortalecer las capacidades técnicas, científicas y humanas
05:16de las instituciones encargadas de la Procuración de Justicia,
05:21y para asegurar la coordinación efectiva entre las autoridades.
05:27La siguiente, el delito de feminicidio se investigará y perseguirá de oficio.
05:33El ejercicio de la acción penal, la sanción que se imponga
05:38y la reparación integral del daño por el delito de feminicidio son imprescriptibles.
05:44La iniciativa contempla además que el responsable del feminicidio perderá los derechos sucesorios
05:52que por cualquier concepto pudiera tener respecto a propiedades, bienes, derechos, etc.
05:58Perderá la patria potestad de pleno derecho respecto de hijos e hijas,
06:04perderá la tutela, la curatela, guardia y custodia de aquellas personas
06:08de quien se tenga legítimo derecho y pierde cualquier beneficio legal
06:13relacionado con las víctimas, directas o indirectas.
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