00:00La ley resuelve, primero, absolver a Diego Javier Cadena Ramírez, identificado con cédula de ciudadanía número 94.154.125 de
00:10Tuluá, Valle del Cauca, por mediar duda razonable respecto de los delitos de soborno en la actuación penal y fraude
00:16procesar por los hechos que constan en la acusación relacionados con Carlos Enrique Vélez Ramírez II.
00:22La ley resuelve, primero, absolver a Juan José Salazar Cruz, identificado con cédula de ciudadanía número 1116.237.670 de
00:31Tuluá, Valle del Cauca, por mediar duda razonable respecto de los delitos de soborno en la actuación penal y fraude
00:38procesar por los hechos que constan en la acusación relacionados con Carlos Enrique Vélez Ramírez III.
00:44Condenar a Diego Javier Cadena Ramírez, identificado con cédula de ciudadanía número 94.154.125 de Tuluá, Valle del Cauca,
00:53como coautor penalmente responsable del delito de soborno en la actuación penal, conforme a las previsiones del artículo 444a del
01:01Código Penal,
01:01por los hechos que constan en la acusación relacionados con Juan Guillermo Monsalve Pineda e imponer la pena principal de
01:0884 meses de prisión y multa equivalente a 375 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
01:15Cuarto, condenar a Diego Javier Cadena Ramírez a la pena accesoria de inhabilitación para el ejercicio de derechos y funciones
01:21públicas por el mismo lapso de la pena principal.
01:24Cuarto, condenar a Diego Javier Cadena Ramírez la suspensión condicional de la ejecución de la pena prevista en el artículo
01:3063 del Código Penal, modificado por el artículo 29 de la Ley 1709-2014.
01:36Sexto, conceder a Diego Javier Cadena Ramírez la prisión domiciliaria prevista en el artículo 38 del Código Penal en los
01:42términos señalados.
01:43Séptimo, desecumplimiento a la cápita y otras determinaciones.
01:46Octavo, ejecutoría de...
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