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  • hace 8 horas
En este primer capítulo de la Cuarta Temporada de Economía sin monotonía, Leticia Ramos Garduño, consultora independiente en materia de litigio de seguros de gastos médicos mayores; fianzas y fideicomisos de garantía, nos explicó cómo opera esta figura jurídica que ha sido tan controvertida. La experta aclaró que un fideicomiso no está limitado para aquellos que tienen grandes recursos, sino que puede ser un vehículo para facilitar la vida y la muerte. Se trata de contratos regulados que pueden operar diferentes entidades financieras como bancos, aseguradoras afianzadoras, y sofipos, quienes son los fiduciarios a los que Leticia Ramos denominó como: “un buen padre de familia” que cuida nuestro patrimonio.

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00:00Hola, bienvenidos y bienvenidas a Economía sin Monotonía, un podcast de El Economista
00:10en donde hablaremos de temas que nos ocupan y nos preocupan.
00:22Bienvenidos y bienvenidas, yo soy Ana María Rosas, editora de la sección de Finanzas y Dinero de El Economista.
00:29Como siempre, muy contentos de que nos escuchen donde quiera que se encuentren y más porque estamos en el primer capítulo de la temporada 4 de este podcast
00:40que no sería posible sin ustedes que nos favorecen con escucharnos.
00:46Y bueno, seguramente ustedes han escuchado en alguna ocasión hablar de los fideicomisos.
00:51Uno de los más conocidos es el FIRA, que es el fideicomiso instituido en relación con la agricultura que opera el Banco de México.
01:01El año pasado también se habló de los fideicomisos de la Suprema Corte, que vamos a agarrar el dinero para las pensiones y no sé qué.
01:08Y bueno, por eso le pedimos a una experta que nos hable de la figura como tal, como operan en México.
01:16Y está con nosotros la licenciada Leticia Ramos Garduño.
01:20Ella es egresada de la Universidad, de la Facultad de Derecho de la UNAM.
01:25También tiene un posgrado en el ITAM.
01:29Y bueno, es una experta en el sector fiduciario, en el litigio de finanzas y fideicomisos de garantía.
01:38Y actualmente es consultora independiente en materia de litigio de seguros de gastos médicos mayores, finanzas y fideicomisos de garantía.
01:47Licenciada, bienvenida.
01:49Hola, Anita. ¿Qué tal? Buenos días.
01:51Gracias por la invitación.
01:53Aclaro, son fianzas.
01:55Es el sector afianzador donde he desarrollado mi trayectoria durante 35 años.
02:01Y específicamente en fianzas dentro de la parte legal de litigio y particularmente en los fideicomisos de garantías desarrollados por el sector afianzador o ahora denominado sector de garantías.
02:21Ah, perfecto.
02:21Mucho gusto.
02:22Ah, pues muchas gracias.
02:23No, no, me parece perfecto precisamente para que nuestros escuchas sepan por qué estás aquí, licenciada.
02:30Te voy a hablar de tú, Leti, en si estás de acuerdo.
02:33Gracias, claro.
02:34Y bueno, lo primero que quisiera que le expliques a nuestro auditorio precisamente es esto.
02:40¿Qué es el fideicomiso?
02:42Es una figura jurídica, por favor.
02:45El fideicomiso es un contrato, es un contrato que se encuentra regulado en el derecho mexicano, específicamente en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, es la parte supletoria, pero ahí están las bases generales.
03:01Sin embargo, el fideicomiso puede ser operado por diferentes instituciones financieras del sector mexicano.
03:09Podemos hablar de las instituciones de crédito, de las instituciones de fianzas, de las instituciones de seguros, casas de bolsa, sofomes, ¿no?
03:19Hay varias instituciones que están, que lo pueden operar.
03:23Por muchos años siempre se pensó, incluso hay una idea general de que el fideicomiso era exclusivo de las instituciones de crédito.
03:31Sin embargo, eso no es así.
03:33El legislador estableció que, bueno, sí está previsto en la Ley de Instituciones de Crédito la figura del fideicomiso, pero también en tratándose de instituciones de fianzas, que son instituciones de garantías, se le otorgó en 1990 la facultad de hacer fideicomisos de garantía.
03:52Además, dentro de uno de los ramos que operan, son cinco ramos los que opera el sector afianzador.
03:58Voy a abocarme un poquito al sector afianzador y ahorita explico un poquito más la figura del fideicomiso.
04:04Pero sí quiero hacer esa aclaración porque es muy desconocido para el sector.
04:09Entonces, el sector afianzador opera cinco ramos, que es el ramo uno de fidelidad, el ramo dos, fianzas judiciales, el ramo tres, fianzas administrativas, el ramo cuatro de crédito y el ramo cinco de fideicomisos.
04:21Y estos fideicomisos pueden estar o no relacionados con las pólizas que emiten.
04:25Entonces, esa es la oportunidad que le dio el legislador mexicano al sector afianzador para poderse convertir en instituciones de garantías.
04:33Muy pocas instituciones de fianzas, aunque están autorizadas para hacerlo, no lo operan.
04:38Me regreso al tema de quiénes lo pueden operar y en qué consiste.
04:43Es las instituciones de crédito, instituciones de seguros, de fianzas, casas de bolsas o fomes.
04:49Entonces, el fideicomisos es un contrato por virtud del cual una persona denominada fideicomitente aporta bienes o derechos a un patrimonio que lo debe controlar,
05:03lo controla una institución fiduciaria, ya hablamos de las instituciones financieras que pueden hacerlo,
05:08y se determina un fin lícito, tiene que ser con un objeto lícito y determinado en favor de un fideicomisario.
05:17Y en esta descripción, en este concepto jurídico que establece la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito,
05:25cabe infinidad de fideicomisos que se pueden hacer.
05:29Entonces, dogmáticamente se ha querido…
05:32Dame un ejemplo.
05:33Ejemplo.
05:34Por ejemplo, estamos hablando…
05:36Es muy conocido el famoso fideicomiso de zona restringida.
05:40¿Esto qué quiere decir?
05:41Que los extranjeros, por una disposición, por un mandato constitucional,
05:45no pueden ser propietarios de…
05:48De inmuebles.
05:50De inmuebles en el Estado mexicano, en el territorio mexicano, dentro de una faja,
05:56así lo menciona la Constitución, el artículo 27, de 100 kilómetros a lo largo de la frontera
06:01y de 50 en las playas.
06:04Esta figura del fideicomiso se ha creado precisamente para que bienes e inmuebles
06:10que se encuentren en esta franja puedan ser utilizados por instituciones, por personas extranjeras.
06:17Claro.
06:18Hay una…
06:20Esta cuestión a través del fideicomiso, uno de los requisitos es que los bienes o derechos
06:27que se puedan ser material fideicomiso tienen que ser transmitidos a la fiduciaria.
06:34De ahí que entonces la propiedad es una propiedad fiduciaria de la cual el titular es la fiduciaria.
06:41Entonces, a través de esta figura se utiliza, se tiene ya la propiedad de una institución,
06:47en este caso mexicana, que puede poseer estos inmuebles en esta franja.
06:54Y de ahí es que un extranjero podría ser designado fideicomisario adquiriendo los derechos como tal,
07:02fideicomisario, y disfrutar de él.
07:04Ese es un fideicomiso muy con un ejemplo.
07:07Por cierto, quiero mencionarlo porque se ha creído, se tiene la creencia de que los fideicomisos
07:12de zona restringida son exclusivos de…
07:15¿Extranjeros?
07:16No, de las instituciones, que solo los pueden operar las instituciones de crédito,
07:20y esto es una falsa creencia.
07:24¿Cuándo es instituciones de crédito?
07:25Bancos, voy a decir bancos.
07:26Hay que decir bancos, por favor, o sea, señores.
07:28Lo correcto son instituciones de crédito, pero son bancos.
07:30No, no, no, pero aquí, a ver, se llama economía sin montón.
07:32Vamos a hablar lo más sencillo.
07:34Lo voy a aterrizar.
07:35Aterricemos, licenciada, por favor.
07:36Entonces, los bancos pueden hacer estos fideicomisos,
07:39pero pueden hacer otros fideicomisos, y todas las demás instituciones financieras
07:43pueden hacer los fideicomisos siempre y cuando estén vinculados con el objeto
07:46que prestan, para el cual están operando.
07:48Entonces, lo que quería hacer la acotación, que me parece muy importante,
07:52es que los bancos no tienen el monopolio de los fideicomisos de zona restringida.
07:58Ojo, esto es solamente una creencia,
08:02pero la ley no establece que ellos podrán hacer esos fideicomisos.
08:07Y ahorita aprovecho también para hacer la clasificación,
08:10una clasificación también dogmática del fideicomiso.
08:13Se ha establecido académicamente que hay fideicomisos de administración,
08:18de inversión y de garantía.
08:20No lo hay como tal en la ley.
08:23Los fideicomisos, en esencia, los fideicomisos son de garantía.
08:27¿Por qué?
08:28Porque a través de la figura del fideicomiso,
08:29tú garantizas que se cumpla el objeto, el fin del fideicomiso.
08:34Entonces, esencialmente es de garantía.
08:37De ahí el nombre, fiducia.
08:39Fiducia es confianza.
08:41Es de ahí viene el nombre del fideicomiso,
08:45de tener la fe de que se va a cumplir.
08:48Entonces, a través de un fideicomiso, vamos a poner un ejemplo.
08:52Está muy de moda ahorita que vamos a ver,
08:54oye, ¿qué vamos a hacer con los fideicomisos?
08:56Con los inmuebles.
08:57No queremos heredar un inmueble.
09:00Imagínate que tú quieres heredar a tus hijos los bienes que tienes.
09:07Bueno, una figura que puede ser utilizada muy,
09:11a mí particularmente me parece que es muy adecuada,
09:15tú puedes afectar en fideicomiso tus inmuebles
09:17y dejar y señalar como fideicomisario al menor o a tus hijos
09:25para que ellos puedan tener esos derechos fideicomisarios.
09:30¿Cuál es la ventaja de los fideicomisarios?
09:33Es que sale de tu patrimonio,
09:35obviamente eso cuesta porque hay una transmisión de derechos
09:39y hay que pagarlos y se tiene que hacer ante un federatorio público.
09:42Esta transmisión de derechos yo se la hago a este banco,
09:46vamos a hablar de banco.
09:47Hay otras, ¿no?
09:48Hablemos de la fiduciaria mejor, a las instituciones fiduciarias,
09:51a la fiduciaria.
09:52Le transmites la propiedad fiduciaria a la institución fiduciaria
09:57y entonces, ¿para qué?
09:58Para que los bienes o derechos,
10:00y hablamos bienes o derechos porque pueden ser bienes,
10:03pueden ser líquidos, monetarios, pueden ser cosas,
10:07o también pueden ser inmuebles o pueden ser derechos.
10:11Por ejemplo, tú tienes unos derechos al cobro de alguien,
10:13pues los puedes fideicomisar en el fideicomiso.
10:17Los transmites y determinas que el fin del fideicomiso,
10:22ejemplo, voy a que se transmita la propiedad del inmueble
10:26a mis hijos, ¿no?
10:27Oye, pero dentro de ese objeto del fideicomiso,
10:30quiero que los inmuebles se arrienden, se renten,
10:34que el producto de la renta sirva para el mantenimiento
10:38y conservación del inmueble, pero que además pague las
10:41colegiaturas, ¿no?
10:43Si fuera el caso.
10:44O que pague la pensión alimenticia.
10:46O que pague, les dé una cantidad,
10:49o incluso que pueda invertirse ese dinero en CETES,
10:54o en adquirir más inmuebles.
10:56Y lo que tú quieras.
10:58Entonces, eso es una maravilla.
10:59Pero sí se utilizan, o sea, la gente sí utiliza.
11:02¿Tú tienes estadísticas de cuántos fideicomisos hay?
11:04No tengo las estadísticas, los he visto cuando trabajé
11:07en el sector afianzador y en la afianzadora que sí lo opera,
11:13sí se veían este tipo de fideicomisos.
11:16Lamentablemente es una figura que está muy acotada
11:19a ciertos niveles económicos.
11:22Exacto, ¿no?
11:23O sea, Carlos Slim, el señor Slim es el que los usaría, ¿no?
11:27Para nosotros.
11:27No, o incluso los proyectos.
11:29Se nos hace muy lejano, ¿no?
11:31Sí, exacto.
11:32Pero incluso a nivel de la construcción,
11:35es una de las figuras que se utilizan.
11:38Imagínate que tienes, por ejemplo,
11:39hemos visto últimamente, ¿no?
11:41Se construyen muchos inmuebles, muchos condominios,
11:45y la casa que se tenía, el terreno, se fideicomite.
11:50Entonces, alguien se constituye fideicomitente
11:52y aporta el terreno.
11:54Bueno, otro, otra persona se constituye fideicomitente
11:57y aporta el proyecto, la obra.
12:00Y otro, el capital.
12:02Otro, el capital.
12:04Y otro, y así van aportando, ¿no?
12:06Entonces, todos, a través de esta reunión de fideicomitentes,
12:11determinan que van a aportar estos bienes y derechos
12:15para la construcción de un condominio, ¿no?, habitacional,
12:19y con el producto de la venta se va a recuperar
12:22y va a haber una ganancia,
12:23y también los futuros compradores van a ser los futuros fideicomisarios.
12:29Lo interesante del fideicomiso es que tú puedes constituir un fideicomiso
12:33sin designar el fideicomisario al fideicomisario en el acto constitutivo.
12:37Lo puedes designar posteriormente.
12:39Entonces, es un instrumento muy ágil en donde tú puedes decir,
12:44oye, constituyo, tengo estos bienes y estos derechos,
12:47pero a lo mejor tienes ciertas operaciones y tú dices,
12:50oye, quiero que puedo celebrar convenios modificatorios
12:54e ir ampliando el objeto del fideicomiso y decir,
12:57bueno, ahora vamos a terminar este proyecto habitacional, ¿no?
13:01Pero de este proyecto habitacional también podríamos decir,
13:04oye, las ganancias se pueden invertir.
13:06Entonces, inviértelo en estos instrumentos.
13:08¿Y eso se puede ir cambiando en el día a día?
13:11Tú lo puedes ir haciendo, sí, a través de convenios modificatorios.
13:14Y depende las instrucciones que se emitan,
13:19entonces van a tener que, sí, formalizarse.
13:22Si hay inmuebles, siempre va a haber, va a tener que estar.
13:26¿Y ante quién se formalizan?
13:27Se formalizan, primero con la fiduciaria y ante un notario.
13:31Porque si hay bienes inmuebles, siempre tienen que ser.
13:33Con un notario o con un corredor también depende.
13:35Si hay inmuebles, tendría que ser, aquí entramos a la competencia
13:40de que el corredor público es el fedatario autorizado para actos de comercio.
13:45Y el notario tiene fe pública, pero también para temas de inmuebles.
13:51Entonces, aquí habría que ver.
13:53El notario puede hacer actos de comercio y temas de bienes inmuebles.
13:57El corredor solamente temas de actos de comercio.
14:00Entonces, sí se necesita la formalización,
14:03se tiene que inscribir en registro público.
14:06Y también otra de las ventajas del fideicomiso es que
14:09tú al aportar tus bienes salen de tu patrimonio
14:13porque se los aportas al patrimonio del fideicomiso.
14:16Entonces, salen de tu patrimonio y es una forma de protegerlo.
14:21¿Con qué te quedas?
14:22Te quedas con derechos fideicomisarios.
14:24Entonces, el inmueble ya no está en tu patrimonio,
14:27ya no te lo pueden embargar, ya no te lo pueden afectar,
14:30ya no es sujeto de alguna acción.
14:35Digo, están prohibidos los, aclaro, los fideicomisos en fraude de acreedores.
14:40Ojo, una cosa es que los hagan y otra cosa es que no están permitidos.
14:45Inclusive son declarados nulos.
14:48La ley lo prevé expresamente.
14:50Un fideicomiso, si se acredita que fue hecho en fraude de acreedores,
14:53puede ser declarado nulo.
14:55Y hay acciones para hacerlo.
14:56¿Quién puede ejercitar las acciones de ello?
15:00Pues un fideicomisario o algún acreedor que se hubiera visto afectado.
15:05Algo interesante también que decir es las obligaciones que tiene la fiduciaria.
15:10La fiduciaria, la institución financiera que asuma ese cargo,
15:14tiene la obligación sí o sí de cumplir el fideicomiso.
15:17No puede excusarse a menos de que hubiera causas graves para ello.
15:22Y esas causas graves deben ser calificadas por una autoridad judicial.
15:27Entonces, tiene que acreditarlas.
15:29Los fideicomisos se tienen que cumplir a menos de, insisto, que hubiera, que fueran de imposible.
15:35Ya, si ya transcurrió un tiempo y una condición suspensiva se estableció,
15:40entonces, oye, no se puede cumplir, pues no.
15:42O son de imposible ejecución o se pueden terminar también.
15:45Ejemplo de una imposible ejecución.
15:46A ver, ya, vamos a hablar de una cosa muy sencilla.
15:49Yo, este, hago un fideicomiso a favor de mi prima, ¿no?
15:54De mi prima hermana o de mi hija, de quien sea.
15:58Hago un fideicomiso, me voy de este mundo.
16:00Entiendo que tú dejas instrucciones como para que camines solito y se siga apagando,
16:06pero, este, viene un terremoto, ¿no?
16:10Y lo único que tenía yo era justamente una casa, ¿no?
16:13Y la casa desaparece.
16:15Entonces, ¿ahí qué pasa?
16:16Exacto.
16:17O sea, si el patrimonio fideicomitido se desaparece, que era, lo era el inmueble,
16:23pues ya no puede cumplirse el fin del fideicomiso,
16:26porque si el inmueble, en el ejemplo que poníamos, se iba a arrendar, se iba a rentar,
16:31pues ya no tienes inmueble.
16:33Claro, aquí habría que poner otro tema.
16:36Quizás, otro de los objetos del fideicomiso era, podrías incluir, paga el seguro, el seguro de daños.
16:44Oye, y llega un terremoto y entonces hay pérdida total del inmueble,
16:49pues tu suma asegurada debe ser suficiente para la reposición del bien, ¿no?
16:54Del bien asegurado.
16:56Entonces, ahí, en lo que, evidentemente, en lo que se construye, se repone el inmueble,
17:00pues no se puede cumplir el fideicomiso.
17:02O sea, no puedes arrendarlo, ¿no?
17:04Pero, la maravilla del fideicomiso es eso, que tú puedes mezclar muchas figuras,
17:08un, ya mencionamos ahorita, un contrato de arrendamiento, un seguro, ¿no?
17:14Este, puedes pedir, oye, inviértelo, paga y contrata, o sea, incluso puedes decir,
17:22oye, puedes vender, o sea, dentro de un fideicomiso le puedes pedir lo que tú quieras a la fiduciaria,
17:27o sea, lícito.
17:29Sí, porque siempre decimos lícito, pero siempre es una figura, lo platicábamos antes de entrar al aire,
17:35es una figura que ha estado muy señalada, muy estigmatizada, lo que decíamos,
17:40el gobierno anterior liquidó no sé cuántos fideicomisos, obviamente quedaron algunos,
17:47pero quedaron los menos, y se liquidaron mucho, cambió la ley, entonces, ¿por qué?
17:54¿Por qué son tan, este, pues tan opacos, no?
17:58Bueno, es que, de entrada, la figura misma establece que no podrá darse información,
18:05lo mismo que para una cuenta bancaria.
18:07El secreto fiduciario, ¿no?
18:09Exacto, el secreto fiduciario, entonces, si tú tienes un contrato de fideicomiso,
18:13no puede dar la fiduciaria información sobre los bienes, no, sobre quién es el,
18:19cuál es el patrimonio fideicomitido, el fideicomitente, el fideicomisario, el objeto,
18:23no lo puede dar, está este secreto fiduciario previsto en la ley.
18:27Tiene sus excepciones, claro está, eso sí, siempre, siempre lo ha previsto el legislador,
18:33y tiene sus formalidades que cubrirse.
18:35Si estuviera involucrado en temas de delitos, pues sí el procurador general de la república
18:42lo puede pedir, los procuradores de justicia de los estados lo pueden pedir,
18:47o sus procuradores autorizados, la auditoría, ¿no?, de la federación.
18:53Así es.
18:53Este, hay, la ley establece cuándo sí se puede, pero imagínense que uno tiene su contrato
19:00con sus bienes, con sus objetos, y cualquier, perdón el término, cualquier persona o hijo de vecina
19:05quiere pedir llegar a la institución financiera y decir a la fiduciaria,
19:09oye, quiero que me des información sobre un fideicomisario,
19:11está prohibido y tiene responsabilidad fiduciaria, la institución de fianzas, de créditos,
19:18seguros, cualquiera que lo, que dé, divulgue esta información puede incurrir.
19:22Sí tiene que respetar, ¿no?, en un delito, ¿no?
19:24Y tendría que resarcir, tiene responsabilidad civil y tendría que resarcir de los daños
19:28y perjuicios que se pudieran dar, que se pudieran ocasionar.
19:31Entonces, sí está muy estigmatizado, lamentablemente se ha usado para,
19:37en algunas ocasiones, fraude a credores, pero ya dijimos que ahí está,
19:40es una causal de nulidad, pero es una figura muy noble,
19:45y a mí me parece que podríamos hacer muchas cosas, los de a pie,
19:50podríamos utilizar esta figura, por ejemplo, del fideicomiso en el caso de herencias,
19:57yo sí lo tengo considerado, ¿no?, o sea, los bienes que pudieran ser materia de herencia,
20:04afectarlos en un fideicomiso, designas a tus hijos como fideicomisarios
20:09y determinas que no se van a poder enajenar los bienes, ¿no?,
20:14van a estar dentro del patrimonio fideicomisario.
20:17¿Cómo se conserva la riqueza en una familia?
20:19Con, precisamente, con los bienes que son materia, ¿no?
20:23Y de esto, pues hay que asesorar, obviamente, a los hijos sobre este tipo de contratos,
20:28pero también, pues, procurar que no se dilapiden, que dar esta información financiera,
20:34educación financiera, y pues, bueno, a través de esta figura,
20:39ellos tendrían derechos fideicomisarios.
20:41Oye, no son los dueños del inmueble, no aparecen como propietarios,
20:45pero tienen los derechos fideicomisarios del inmueble.
20:48E incluso con estos derechos fideicomisarios, tú puedes acudir y decir,
20:51oye, yo quiero obtener un crédito para algo, lo tengo en mi parte de mis activos,
20:56en mi balance, en mis activos, y son apreciados, ¿no?
21:01Ojo, los derechos fideicomisarios sí son embargables.
21:06Esto no quiere decir que nadie puede, en caso de que pudieran incurrir en deudas,
21:12en compromisos, sí debe saberse que los derechos fideicomisarios son embargables
21:18por la vía judicial.
21:20O sea, un juez puede venir y pedir, vengo, embargo, bienes, tus derechos fideicomisarios.
21:25Esto es muy técnico.
21:27Entonces, mucho.
21:28Por ejemplo, es que me regreso con el ejemplo de que si trasciende la persona,
21:34ya no está en este mundo, viene la primera generación.
21:37Vamos a poner que es la primera generación que está a favor de Juanito Pérez, ¿no?
21:43Y a Juanito Pérez también se le ocurre morirse.
21:45¿Qué pasa ahí?
21:46¿Qué pasa con eso?
21:47Bueno, es que efectivamente también tú puedes determinar cuál va a ser el objeto del fideicomiso
21:55desde el principio.
21:56O sea, puedes decir, oye, no, este bien va a ser para esta primera generación.
22:02O, llegado el caso de que no hubiera más beneficiarios familiares,
22:08lo puedes destinar a museos, ¿no?
22:12Está permitido que los fideicomisos puedan tener una vigencia mayor de 50 años,
22:17por ejemplo, para este tipo de causas de beneficencia, ¿no?
22:19O sea, museos, los bienes que se generen en este patrimonio fideicomitido
22:25pueden ser destinados a quien tú quieras.
22:28A lo mejor ya no quieres, ya no hay descendencia.
22:30Pero, a ver, es que yo me regreso.
22:33Yo le heredo, vamos a seguir con los hijos.
22:37Yo ya le heredé, es que por eso para mí es tan difícil, amigos, amigas, esta figura.
22:42Porque a lo mejor tú dices 50 años, sí, pero, a ver, yo me muero ahorita,
22:46el fideicomiso se hizo ahorita, mi hijo tiene 5 años,
22:50mi hijo va a vivir 70, a los 50 años se acaba.
22:54No, tú puedes ir modificando precisamente.
22:58Pero yo no puedo, yo ya me morí.
22:59No, pero tú puedes dar instrucciones.
23:00O sea, aquí los fideicomisarios son los...
23:03Sí, pero yo ya me morí ya de instrucciones y mi instrucciones era a los 50 años
23:07porque yo pensé que iba a vivir muchos años.
23:09Pero mi hijo apenas tiene 50 años, ya es un señor de ese, bueno, de 55 años, ¿no?
23:15Ajá.
23:15Ya es un señor o una señora de 55 años.
23:18¿Él qué puede hacer con eso, con ese bien?
23:22Vamos a seguir hablando de una casa, no hay más.
23:24Era lo único que tenía.
23:25¿Puede solicitar uno la modificación del convenio de modificación?
23:27O sea, él sí puede porque él es el que quedó como el fideicomitente.
23:31Fideicomisario.
23:32Fideicomisario, perdón.
23:33Esa es otra de las figuras, amigos, amigas, yo sé que es muy complicada, pero bueno.
23:37Bueno, él es el beneficiario.
23:38Sí, es que los beneficiarios, en este caso los fideicomisarios son los que pueden...
23:43Y si él se murió a los 25 años y tiene su herencia a sus hijos, puede quedar con sus hijos.
23:49Sí, claro.
23:50Es que eso, por eso son figuras que a mí se me hacen tan, este, alejadas, tan, este...
23:55Es que lo que está prohibido.
23:56Poco aterrizadas, pues.
23:57Claro, lo que está prohibido es que tú digas, a la muerte de fulanito le toca...
24:02Eso está prohibido.
24:03Pero sí, sí, desde el principio dices, oye, yo, si yo me muero fideicomitente, le voy
24:09a dejar la herencia a mis hijos adelante y eso a su vez a los herederos.
24:14Ok, a las siguientes generaciones.
24:15Pero nada de que, oye, solo vas a tener derecho si te mueres.
24:18No, o sea, que se muera para que tenga derecho.
24:20No, eso sí está prohibido.
24:21Entonces, y los fideicomisarios, en el convenio, se puede celebrar un convenio modificatorio
24:26con el interés de los fideicomisarios, obviamente, que estén de acuerdo las partes.
24:31Si los involucrados no están de acuerdo, entonces nos vamos con la autoridad judicial.
24:36¿Por qué le tienes muy caro?
24:37Es que tiene que ver, va con, son los mismos impuestos casi similar que se pague para hacer
24:45la transmisión de la propiedad a la fiduciaria, es como si estuvieras vendiendo, estás vendiendo.
24:50Estás transmitiendo la propiedad, tienes que pagar impuestos y tienes que pagar derechos.
24:55Lo interesante aquí es que va a constituir el patrimonio fideicomitido y la fiduciaria
25:01te va a cobrar, depende el patrimonio fideicomitido y, ojo, depende lo que tenga que hacer, porque
25:07puede tener una delegación, una administración delegada.
25:10Entonces, la mayoría del, a lo mejor la fiduciaria solamente es la titular de los bienes
25:15fideicomitidos, pero la gestión administrativa que este fideicomiso implique lo puede hacer
25:21el mismo fideicomisario o según las instrucciones que haya dado el fideicomitante.
25:25O sea, solo de ahí puede salir el dinero, ¿no?
25:28No tengo yo que ir o mi heredero, es que no sé si la palabra es heredero, mi beneficiario,
25:33mi beneficiario o él o ella no tiene que ir cada mes a pagar como el crédito del Infonavit,
25:40perdóname la...
25:41Sí, no, no, lo que se estila es que la fiduciaria genera la factura, se cobra una, los honorarios
25:50fiduciarios, una administración fiduciaria mensualmente y se tiene, tiene derecho la
25:56fiduciaria de tomarlo del patrimonio fideicomitido.
26:00Pero, ojo, es bien interesante lo que acabas de decir, porque recientemente, bueno, no
26:05recientemente, sí, ya tiene varios años, como 10 años, ya va a ser, creo que sí fue
26:09como por, no sé si, 2018, se reformó la ley en el sentido de que la fiduciaria podría
26:16cobrar los honorarios, cobrarse los honorarios fiduciarios del patrimonio fideicomitido y extinguirlo.
26:23¿Por qué?
26:24Porque también sucedía que no le pagaban los honorarios.
26:27Entonces, pues ahí se quedaba con la carga, con la obligación de buen padre de familia
26:33y no recibía esas cantidades.
26:36Entonces, la ley ya previo que si transcurridos tres años no le han pagado y la fiduciaria
26:42hizo las gestiones de búsqueda del obligado al pago, ya sea el fideicomitente o el fideicomisario
26:49por la vía judicial a través de dictos, podría vender, enajenar los bienes, disponer de esos
26:56bienes, cobrarse y el resultado de eso, el sobrante, aportarlo a una cuenta global que
27:03tienen los bancos, ¿no?
27:05Así está establecido también en el código.
27:07Y esta cuenta global ya puedo ir yo después a recuperar mi dinero, ¿no?
27:11Sí, ya te riges por las normas del banco.
27:14También tiene, o sea, tampoco es tan lindo, ¿no?
27:16Porque pues puede pasar muchísimas cosas, ¿no?
27:19Sí, pero lo que sí tienes la certeza es que la fiduciaria no va a ser nunca.
27:24Eso es lo lindo del fideicomiso del buen padre, del paterfamilias, el buen padre de familia.
27:30Y aquí en corto yo te diría una broma que siempre decíamos, ¿no?
27:35En la fiduciaria donde yo trabajaba con la directora que trabajaba ahí, que en paz descansé ahorita,
27:42García decía, como buena madre de familia, ¿no?
27:44También, ¿no?
27:45La fiduciaria es eso, es una buena madre de familia, un buen padre de familia que siempre
27:50va a procurar que se cumpla el fin, e incluso está obligada legalmente a ejercitar las acciones
27:58y los derechos, hasta judicialmente y penalmente, de todo, las acciones tendientes a que se cumpla
28:06el fin del fideicomiso.
28:07Porque no puede decir, ah, es que por, o sea, por su culpa, si se perdiera el patrimonio
28:13por su culpa, es responsabilidad de la fiduciaria y responsabilidad también penal, civil y penal
28:19de los funcionarios.
28:20Sí, exactamente, eso es lo que yo decía, a ver, ¿cómo está esto?
28:24Ahora me parece que queda más claro y que sí es una figura, pues, en la que podríamos
28:29pensar en algún momento, desgraciadamente, como yo decía, pues han estado muy señalados
28:36por muchos, desgraciadamente, sobre todo fideicomisos relacionados con cuestiones de la administración
28:42pública, que no hubo un buen manejo, ¿no?
28:46Se calificó de opacidad, pero también está este derecho al secreto fiduciario, al cual
28:53tiene, valga la redundancia, tiene derecho quien lo emite, ¿no?
28:58Entonces me parece algo muy interesante.
29:01Licenciada, pues este es un tema realmente muy interesante, un poco técnico, pero me parece
29:07que esto hay que tratar de educarnos, ¿no? La educación financiera es algo muy, muy importante
29:14y bueno, a través de Economía sin Monotonía, pues tratamos también de entrarle a estos
29:20temas que nadie, nadie quiere porque son realmente técnicos y bueno, no sé si hay alguna última
29:28recomendación que usted le quiera dar a nuestros escuchas, le quieras dar a nuestros escuchas.
29:32Me ibas a hablar.
29:33Sí, pero se me va.
29:35Pues sí, con mucho gusto. Anita, muchas gracias, bueno, de entrada agradecer la oportunidad
29:41de platicar de este apasionante tema y sí, invitarlos a preguntar, a leer, hay mucha información
29:50en las, pues en redes, tenemos la tecnología a la mano y se puede hacer mucho, buscar a las
29:57instituciones fiduciarias, ir y preguntar sin temor, porque de verdad yo creo que es un
30:04producto que no está limitado a los que tienen los grandes recursos, ¿no? No, nosotros trabajadores,
30:14¿no? De, de, de muchos años también podemos tener acceso a estos productos y la maravilla
30:21es que nos puede facilitar incluso la vida y la muerte y la vida de los, ¿no? La, la, la vida
30:29de los, de, de los nuestros, ¿no? Me gustaría mucho que pudieran interesarse en investigar
30:36que en caso de herencias, pues bueno, la figura del fideicomiso es muy, muy viable, es más
30:42barata, es más accesible, al principio sí tiene su costo por esta transmisión fiduciaria,
30:47¿no? De la propiedad fiduciaria, pero, pues se queda, se queda y se designa al fideicomisario
30:53y el fideicomisario va a poder tener, hacer uso de esos derechos fideicomisarios, hacer
30:59uso del inmueble, evidentemente disfrutar, ¿no? A diferencia de, pues un proceso de herencia,
31:05de la adjudicación, de que de todos modos tienes que ir, ¿no? Con, eh, pagar estas
31:10cantidades. Derechos, ¿no? Es importante estos derechos para, eh, podértelo adjudicar,
31:15¿no? Entonces yo los invito a echarse un clavado a, pues no, no les voy a decir que
31:20a la ley, pero pues igual si quieren verlo, esta cultura jurídica es muy interesante,
31:25pero sí a buscar en los medios tecnológicos esto del fideicomiso, ya, ya hay varias personas
31:32que están hablando de, de ello, ¿no? Y adelante, y pues yo, yo te dejo también si quieres mi
31:38correo electrónico, Anita, para que si tienen alguna duda. A ver, línoslo, por favor.
31:42Bueno, es laetitiaramosg.com. Ay, muchísimas gracias, muchísimas gracias, licenciada Leticia
31:50Ramos Garduño, por haber estado con nosotros, por darnos, yo siempre digo, por iluminarnos
31:56en estos, en estos temas. Y bueno, amigas, amigas, yo los invito a que sigan escuchando
32:02toda la oferta de podcast del Economista, que cada vez es, es más rica, también a
32:08que consulten la edición, se suscriban a la edición impresa, y bueno, ahí también
32:13viene toda, toda esta, todos los, los suplementos que hacemos en el Economista, que también
32:21cada vez son más. Y bueno, nos vemos para la próxima, yo soy Ana María Rosas.
32:32Si este episodio te pareció interesante, entretenido o informativo, no olvides calificarnos con
32:43cinco estrellas en tu aplicación móvil de Spotify.
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