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  • hace 2 horas
Defensa de Donald Guerrero pide excluir informes de la Unidad Antifraude.

La defensa del exministro Donald Guerrero Ortiz solicitó al tribunal declarar inadmisibles los informes de la Unidad Antifraude de la Contraloría General, alegando que son ilícitos y contrarios al debido proceso.

Los abogados sostienen que las pruebas fueron obtenidas fuera del marco legal, con vicios en el decreto que dio origen a su emisión, y que la acusación pública vulnera el principio constitucional del plazo razonable.

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Transcripción
00:00Comprobar y declarar el proceso penal, con la designación de reoficio, o bien efectivo de un ambiente de propiedad,
00:08o mediante el centro de la megatopera, actuar del Instituto de Salud de la Comunidad,
00:13o la instrucción de la licenciada de la Generalización de los Santos,
00:18es un momento titular de reyes o de la recepción de la Ciencia de la Comunidad,
00:21o bien el precio ha sido de problema del mundo,
00:25o de problema de su resultado, o interrogar por el Ministerio de la Comunidad.
00:30Segundo, comprobar y declarar que desde la niñez de este proceso legal,
00:34desde los dos de sus distintas etapas y distancias,
00:37es el momento en el alrededor de Isabel, a buscar un ángel de impacto social indultable,
00:43al no haber provocado, en ninguna ocasión,
00:46alguna limitación de conocimiento de las etapas y distancias del proceso de estrés,
00:50ni en su persona, ni a través de su obediencia técnica.
00:54Segundo, comprobar y declarar que en la dimensión del presente proceso,
00:58con el personal que creo,
01:00se les da una caucha y cuidar exclusivamente al Ministerio Público,
01:07quien logró la investigación de los hechos,
01:11desde o bien el 22 de noviembre del 2020,
01:14o desde el 5 de febrero del 2021,
01:17hasta el 25 de abril del 2024,
01:21es decir, con un lapso de tres años y cinco meses,
01:25o de al menos tres años y dos meses.
01:27Cuarto, a consecuencia de todo lo anterior,
01:30solicitamos declarar la extinción de la acción penal
01:33por el encendimiento de plazo máximo en el proceso civil,
01:36en virtud del artículo 61 del Sistema de la Constitución 86.
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