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La abogada de las denunciantes de Julio Iglesias: “España tiene leyes que pueden darles justicia”
elDiario.es
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hace 9 horas
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00:00
Los hechos que relatan las denunciantes se pueden investigar en España
00:06
porque el denunciado tiene un vínculo con España que es la nacionalidad.
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Entonces las leyes procesales permiten excepcionalmente investigar y juzgar
00:17
hechos que se cometen fuera del territorio del Estado
00:20
cuando se cumplen determinadas circunstancias que son que hay una vinculación
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con el autor del delito o las víctimas, como es en este caso la nacionalidad del denunciado.
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También cuando los hechos no se han perseguido en los países donde se han cometido
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y también cuando los delitos también son punibles en esos países.
00:40
Entonces se cumplen todas las circunstancias y pensamos que España tiene unas leyes de protección
00:47
contra la trata y contra las violencias de género a través de los tratados internacionales
00:53
de los que es parte y también el desarrollo legislativo que pueden dar acceso a la justicia
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a estas mujeres.
01:00
Otra razón por la que España podría y tiene jurisdicción para conocer de estos hechos
01:06
es por el tipo de delitos de los que estamos hablando.
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Hay dos convenios del Consejo de Europa, el Consejo de Varsovia de lucha contra la trata
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y el convenio de Estambul de lucha contra la violencia sexual y la violencia de género
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que establecen las obligaciones a los estados que se adhieren de modificar su legislación
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para garantizar que los estados tienen jurisdicción para conocer de los hechos y de los delitos
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que protege el convenio.
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Entonces en este caso España, que es parte de los dos convenios, se compromete a modificar
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sus leyes internas para asegurar que puede juzgar a personas que cometan estos delitos
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así sea fuera del territorio del Estado.
01:48
Bueno, nosotras ponemos unos hechos en conocimiento de la Fiscalía y corresponde a la Fiscalía
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en última instancia determinar si esos hechos corresponden a determinados delitos.
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Pero a nosotras nos parece que en los hechos relatados identificamos los posibles delitos
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de trata de seres humanos con fines de imposición de trabajo forzado o servidumbre
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y luego identificamos delitos contra la libertad sexual, acoso, agresiones sexuales, algún delito
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de lesiones derivados de esas agresiones sexuales y por último la posibilidad de delitos
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contra los derechos de los trabajadores por la imposición de condiciones laborales forzadas
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y por la falta de cumplimiento de las obligaciones de seguridad social.
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El delito de trata de personas está definido con esos elementos que incluyen una captación,
02:47
un traslado, una recepción y una finalidad de explotación.
02:50
Y los medios comisivos, digamos, cómo se logra captar a una persona, sacarla de su entorno,
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llevarla a otro lugar con la finalidad de explotarla o tener un beneficio económico de ella,
03:02
pues a través de medios como el engaño, la violencia, el abuso de una situación de poder...
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Entonces, en este caso, el tema del engaño.
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Estas mujeres realmente no sabían cuáles iban a ser las condiciones laborales y de trabajo en las que se iban a desempeñar.
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Nunca hubo una conversación formal acerca del contenido del trabajo en sí mismo.
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Era una captación a través de un mensaje en redes, en unas determinadas redes donde se sabía que se podían encontrar
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mujeres y chicas del gusto del denunciado, de una determinada edad, de un determinado origen social
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y de una determinada etnia o color de piel.
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Entonces, esa era la captación, el traslado, se las aísla un poco de su entorno,
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se las lleva a vivir en una casa donde además también van a trabajar
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y luego es ahí donde se produce esta explotación.
03:51
Es cierto que el delito de trata siempre lo relacionamos más con trata, con fines de explotación sexual
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y es como un poco lo que todo el mundo conoce, pero la trata puede tener otro tipo de explotación.
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Digamos que son los mismos elementos, la captación, el traslado y la explotación de alguien,
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por ejemplo, para explotarlas en la mendicidad, en la comisión de delitos, en la explotación laboral,
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y la explotación sexual también, pero en este caso estaríamos hablando de la imposición
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de unas condiciones de trabajo que se asemejan a la servidumbre,
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a este concepto de personas en mi casa que están a mi servicio las 24 horas del día.
04:29
Efectivamente, como los hechos son del año 2021, nos vemos obligadas a referirnos al código penal
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que estaba vigente en ese momento y además siempre con respeto del principio de menor lesividad para el acusado.
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Entonces, en el código penal del año 2021, como bien dices, los delitos contra la integridad sexual
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tenían como dos diferentes delitos, el abuso y las agresiones.
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Y la diferencia, no había un modelo basado en el consentimiento,
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la diferencia radicaba en el uso de violencia o intimidación, una serie de elementos.
05:12
A pesar de que existía esta diferenciación en el código penal de 2021, que ahora no existe,
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nosotras entendemos que los hechos que se relatan se produjeron en un clima de intimidación constante,
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de control, de situación de jerarquía, de diferencia de poder notable,
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y se producían además en presencia del denunciado y de otras dos personas
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que también tenían una relación de jerarquía laboral con la denunciante.
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Entonces, en este clima, nosotras entendemos que se dan las circunstancias
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para hablar de agresión sexual y no de abuso.
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Hay que ponerlo todo en su contexto.
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Estamos hablando de unas agresiones sexuales que no podemos encapsular, individualizar
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y de repente solo mirar ese momento, sino hay que entender un poco todo el clima laboral,
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el ambiente de miedo, de control, los insultos, los gritos, todo ese ambiente que ellas relatan
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para entender cómo luego, en el momento concreto en el que se está produciendo la agresión sexual,
06:16
opera eso.
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Entonces, ese concepto de intimidación ambiental se refiere a ese ambiente opresivo,
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ese ambiente en el que ellas lo explican muy bien en su testimonio,
06:25
en el que ellas dicen que te hace sentido una manera en la que tú sientes que no puedes decir que no.
06:30
No hay escapatoria, no está bien decir que no a esa propuesta, a esa relación.
06:39
Entonces, a eso nos referimos cuando hablamos de intimidación ambiental,
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que está presente en las agresiones sexuales.
06:46
Lo que nosotras hemos hecho ha sido poner en conocimiento de la Fiscalía
06:49
unos hechos que consideramos que hay que investigar y que podrían potencialmente ser delictivos.
06:54
Entonces, ahora lo que la Fiscalía hace con esto, o sea, no nos hemos querellado,
06:57
no hay un proceso judicial todavía abierto.
07:00
Esto es una fase anterior, por eso se llaman diligencias preprocesales.
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Pones una denuncia en la Fiscalía y la Fiscalía abre estas diligencias
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para investigar y para decidir un poco los hechos y la información que se pone en su conocimiento,
07:14
para decidir si efectivamente tiene elementos suficientes
07:18
para acusar a una persona o personas determinadas por una serie de delitos.
07:24
Entonces, eso es lo que ahora está haciendo la Fiscalía,
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está investigando y haciendo diligencias en el marco de unas diligencias preprocesales.
07:32
Hay un límite legal que tiene la Fiscalía de seis meses para llevar a cabo estas diligencias preprocesales,
07:38
también para la garantía de los investigados, para que esto no se prolongue sin edíe,
07:43
una es estar bajo investigación años y años, entonces son seis meses
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y excepcionalmente la Fiscalía puede prorrogar otros seis meses
07:50
si el caso es especialmente complejo o existen razones de peso para ello.
07:55
Entonces, máximo dentro de un año, la Fiscalía tiene que tomar una decisión,
08:00
hacer sus conclusiones y decidir si considera que hay,
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primero, que hay, obviamente, jurisdicción de la justicia española
08:09
para investigar y juzgar los hechos, en segundo lugar,
08:13
quién sería el órgano competente y en tercer lugar, por qué delitos.
08:16
Entonces, tendría que acusar, digamos,
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entonces iniciar un proceso judicial, judicializarlo,
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querellarse contra el acusado o, bueno, el paso que decida
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y si no, lo que haría sería cerrar las diligencias preprocesales,
08:30
las podría cerrar considerando que no existen elementos suficientes
08:32
para sostener una acusación.
08:35
Eso no es obstáculo para que las denunciantes puedan presentar
08:39
una querella penal ellas mismas ante la Audiencia Nacional
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o ante el órgano que consideren competente,
08:44
solicitando que se investigue y se juzguen los hechos.
08:46
Es decir, una vía no preclude la otra.
08:51
Bueno, la denuncia está bastante argumentada,
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pero, bueno, en este punto y en esta fase del procedimiento,
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bueno, no queremos entorpecer el curso de la investigación
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y compartir información acerca de las pruebas creemos que podría ser perjudicial,
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por eso no nos vamos a policiar sobre eso.
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Como estamos viendo, la investigación periodística está muy bien montada,
09:13
muy bien fundamentada y ahí se han corroborado muchos de los testimonios,
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se han buscado otros testimonios de personas que quizá trabajaban
09:23
en los mismos, en las casas durante ese tiempo.
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Bueno, se ha acotejado la información con más personas
09:30
y también hay prueba documental,
09:33
hay pruebas de los centros médicos a los que acudían estas mujeres
09:36
a hacerse los exámenes ginecológicos,
09:38
hay pruebas de, bueno, los teléfonos de las denunciantes tienen bastantes pruebas,
09:43
bastantes mensajes de chat, comunicación, o sea, digamos, hay cosas.
09:47
Para nosotras una de las cuestiones y consideraciones más importantes
09:55
es la seguridad de las mujeres a las que estamos acompañando y representando.
10:00
Ellas han hecho ya un esfuerzo considerable a la hora de prestar su testimonio
10:05
y para nosotras es muy importante asegurar y garantizar
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que ellas puedan estar protegidas y seguras a lo largo de todo el procedimiento
10:13
y de la investigación.
10:14
Evidentemente ellas están en una situación de vulnerabilidad,
10:17
de diferencia de poder con respecto al denunciado enorme.
10:22
Estamos hablando de una persona que tiene mucha capacidad de influencia,
10:26
mucho poder y que puede, bueno, encontrarlas, digamos,
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y tratar de, no sé, amedrentarlas, amenazarlas,
10:35
tratar de convencerlas para que desistan de las acciones legales.
10:38
Pueden pasar un montón de cuestiones que nos preocupan
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y que a ellas también les preocupan y por esa razón ellas han decidido
10:44
permanecer en el anonimato y nosotras hemos solicitado a Fiscalía
10:48
que proteja sus datos personales y que, por favor,
10:52
no trascienda ninguna información ni dato que pueda servir para localizarlas
10:58
porque ellas sí que temen que las contacten y que traten de amedrentarlas a ellas
11:03
y a su entorno.
11:04
La Fiscalía utiliza medios telemáticos para, ya los tiene incorporados en su trabajo
11:11
y para prestar declaración, o sea, para recabar el testimonio de las mujeres
11:15
podrían hacerlo de forma telemática, no es necesario que viajen aquí.
11:20
Y también hemos solicitado a la Fiscalía que nos vaya informando pertinentemente
11:24
y en la medida de la posible de estas medidas de protección que están adoptando.
11:28
Bueno, Women's Link es una organización feminista, legal, de derechos humanos
11:33
y trabajamos usando herramientas jurídicas, procesos legales, el litigio estratégico
11:39
para acompañar procesos de búsqueda de justicia de mujeres, niñas, personas de género diverso
11:45
que enfrentan la discriminación del sistema y las violencias que se dirigen hacia ellas
11:51
por ser mujeres, por ser niñas, por ser mujeres racializadas,
11:54
por todos los vectores de discriminación que les afectan.
11:59
Entonces, cuando tuvimos conocimiento de la situación de Rebeca y de Laura
12:03
pues, como siempre hacemos, hablamos con ellas, nos sentamos para escucharlas
12:07
para entender cuáles eran sus deseos y un poco sus objetivos
12:14
y cuando escuchamos lo que ellas querían hacer, que querían poner su testimonio
12:18
digamos como al servicio de la justicia, de la verdad, de romper el silencio
12:22
contra las violencias que enfrentan mujeres de países del sur global,
12:30
mujeres racializadas, jóvenes, con situación económica vulnerable
12:35
pues que estaban como un poco enfrentándose al poder, al poder de, simbólicamente
12:41
pues de los poderosos, de los hombres blancos ricos que llegan a estos países
12:44
y un poco como manejan los cuerpos de otras personas a su antojo.
12:50
Entonces, entendimos que nosotras podíamos acompañarlas en esa búsqueda de justicia
12:56
y eso es lo que hemos hecho.
12:57
Nosotras, de momento, no nos vamos a pronunciar sobre si hay más víctimas o no
13:03
Nosotras estamos representando a Rebeca y a Laura
13:07
y si hay más mujeres que escuchan sus testimonios y conocen un poco esta iniciativa
13:14
y quisieran también contactar, hablar, ofrecer su testimonio
13:20
bueno, siempre pueden ponerse en contacto con nosotras
13:23
en nuestra página web está la información de contacto
13:25
y nosotras podemos valorar caso por caso
13:27
si estamos en la capacidad de ofrecerles también un apoyo
13:31
o si necesitarían contactar con alguna otra organización.
13:35
Creo que este caso se suma a, digamos, como a muchos otros
13:40
en los que las mujeres, bueno, hablando de las experiencias de violencia
13:46
y de abuso y de acoso, históricamente experimentadas
13:50
pues estamos generando una nueva narrativa
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y estamos poniendo sobre la mesa las cuestiones que nos afectan por ser mujeres
13:57
en los diferentes ámbitos en los que nos desenvolvamos
14:00
y yo creo que se está cambiando un poco la percepción que hay
14:05
sobre las relaciones de género y las relaciones de poder entre hombres y mujeres
14:08
y las relaciones también, bueno, clase, raza
14:12
yo creo que estamos un poco tirando de la manta
14:17
y desvelando un poco todas estas situaciones
14:20
y también, bueno, este caso yo creo que concretamente
14:24
que es un caso que afecta a una persona que, bueno,
14:27
es como un pilar cultural de este país
14:30
y una persona con mucho prestigio, mucho prestigio social
14:33
como mucha fama, que parte de la fama pues conecta
14:37
no solo con una profesión
14:39
sino también con una imagen que se tiene
14:41
entonces de una persona
14:43
y bueno, yo creo que este caso
14:46
y el testimonio de Rebeca y Laura
14:47
está contribuyendo a desmontar un poco
14:49
ciertas imágenes que socialmente nos hemos encargado de construir
14:52
y ahora cada vez más hay más reproche social
14:54
a este tipo de acciones
14:56
entonces yo creo que este caso definitivamente contribuye a eso
15:02
como a desmontar esos mitos que hemos ido creando culturalmente
15:07
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