00:00La Junta Electoral Central ha decidido abrir un expediente sancionador al presidente Pedro
00:07Sánchez por saltarse la obligación legal de neutralidad de los poderes públicos en
00:11periodo electoral al criticar al PP en su rueda de prensa oficial de balance celebrada
00:15en el Palacio de la Moncloa.
00:17Sánchez había sido denunciado por el PP al entender que en esa rueda de prensa del día
00:2115 de diciembre, en plena campaña electoral en Extremadura, el presidente del Gobierno
00:25había utilizado una comparecencia institucional para difundir mensajes políticos partidistas
00:30incumpliendo los principios de objetividad, transparencia e igualdad entre los actores electorales que
00:35consagra la legislación electoral y la doctrina de la Junta Electoral Central.
00:39En su reunión de este viernes, la Junta Electoral Central ha admitido la denuncia del PP considerando
00:44que las manifestaciones denunciadas podrían entrar dentro del ámbito de aplicación del
00:48artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.
00:52Así, acuerda incoar un expediente sancionador al presidente.
00:56El acuerdo del máximo organismo arbitral es firme en vía administrativa, si bien Sánchez
01:00puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo
01:04en el plazo de dos meses desde su notificación.
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