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  • hace 2 días
Las municipalidades ya no expedirán licencias de conducir a los deudores alimentarios morosos, tal y como lo establece la Ley 6506/20. Esto fue comunicado por la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio de la Niñez y la OPACI.

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Transcripción
00:00Las municipalidades ya nos van a expedir registro de conducir a los deudores alimentarios morosos, tal como establece la ley 65.06.20.
00:13Esto fue comunicado por la Corte Suprema de Justicia, el Ministerio de Niñez y Adolescencia y OPASI.
00:20La medida de no emitir registros de conducir a los deudores alimentarios morosos rige desde hoy y es posible gracias a la integración tecnológica del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, REDAM,
00:33y el Banco de Datos de los Municipios, que integran la Organización Paraguaya de Cooperación Intermunicipal, OPASI.
00:41El objetivo es que padres y madres cumplan con el deber de alimentar a sus hijos.
00:46Hoy conseguimos que tanto la OPASI pueda tener un sistema interoperable con los registros,
00:56un banco de datos de la Corte Suprema de Justicia respecto a aquellos deudores alimentarios morosos que están declarados con sentencia firme ejecutoriada.
01:05Esto va a permitir que las municipalidades ya no puedan expedir la licencia de conducir de estas personas que están en esta situación en ese momento.
01:18Con esto buscamos que puedan realmente ponerse al día con las cuotas alimentarias,
01:27atendiendo que tenemos como uno de los principales objetivos también el cumplimiento de uno de los derechos esenciales del niño, que es el derecho a la alimentación.
01:37El deudor alimentario moroso es aquella persona que incumplió la obligación alimentaria derivada de una sentencia firme o convenio judicial homologado,
01:46que cuenta con tres o más cuotas sucesivas o alternadas sin pagar.
01:51La viceministra de la Niñez comentó cuáles son los mecanismos para evitar el ingreso al REDAM.
01:57Nuevamente acercarse al juzgado en donde justamente con el comprobante de que hizo efectivo el cumplimiento de lo que debía
02:04y en ese sentido el propio juzgado va a ser el que va a disponer el levantamiento en el registro del REDAM de la inscripción de esa persona porque ya está al día.
02:14Entonces en ese sentido garantizar también eso de que también el ingreso, tanto el ingreso como el egreso también se hace a través de los juzgados de niñez y adolescencia
02:25donde salieron las resoluciones de alimentos respectivas.
02:30Desde el Ministerio de la Niñez indicaron que el próximo paso sería integrar la base de datos del REDAM
02:35a los sistemas financieros de crédito y el registro civil a fin del cumplimiento de la prestación alimentaria.
02:44¡Gracias!
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