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  • hace 2 días
En la Cámara de Diputados debaten juicio político contra Antonio Fretes, ministro de la CSJ, lo acusan de mal desempeño de sus funciones.

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Transcripción
00:00Ahora porque finalmente aprobaron ya también esto de llevar a una extraordinaria
00:05el tratamiento de este juicio político en contra del actual ministro de la Corte, Antonio Fretes.
00:12Esto se presentó, recordemos, ante mesa de entrada ayer, entró hoy a asuntos entrados,
00:19valga la redundancia de la Cámara de Diputados, y ahora ya está iniciando propiamente el tratamiento.
00:25La diputada Celeste Amarilla está ahora también argumentando por qué el ministro debe ser enjuiciado.
00:31Escuchemos.
00:32En la perspectiva democrática, el daño que con su actuar ha ocasionado el acusado al Estado de Derecho,
00:41pues ni la Constitución Nacional ni ninguna ley de la República citan las conductas, hechos o actos
00:49que constituirían mal desempeño de funciones.
00:53Por lo que es necesario recurrir a la doctrina para evitar minimizar sus efectos.
01:02¿Se pueden hablar más despacio?
01:06Creemos, perdón, Quiroga la 10 se refiere al mal desempeño expresando que se verifica mal desempeño de funciones
01:19cuando el comportamiento de los acusados afecta o pone en peligro el orden político del país
01:27o cuando ha excedido en forma reiterada o notable las competencias que les son propias.
01:36Montes de Oca, por su parte, dice que pueden los actos de un funcionario no ajustarse al vocabulario de las leyes penales vigentes.
01:50Pueden no ser delitos o crímenes calificados por la ley común, pero sí constituir mal desempeño.
02:00Porque perjudican al servicio público, deshonran al país o a la investidura pública.
02:09impiden el ejercicio de los derechos y garantías de la Constitución,
02:16razones por las cuales debe accionarse el resorte del juicio político.
02:23El mal desempeño de funciones no resulta de un hecho, no resulta de un solo expediente.
02:34No es la consecuencia fatal de un único acto que se denuncia, que se especifica y que se prueba.
02:43El mal desempeño de las funciones deriva a veces de un conjunto de circunstancias,
02:50de un conjunto de detalles, de antecedentes, de hechos que rodean al funcionario
02:58y forman la conciencia plena.
03:04Otro autor que define muy bien el mal desempeño de funciones es Juan Fernando Armangue,
03:12que sostiene que el análisis de la causal de mal desempeño debe ser abordada
03:20desde una doble perspectiva.
03:23La primera en cuanto al contenido en sí mismo
03:26y la segunda en cuanto a las instituciones en juego.
03:32Con respecto al contenido, participamos del criterio según la cual
03:36la Constitución ha delegado en ambas cámaras del Congreso la apreciación discrecional
03:40de las circunstancias que concurran en cada caso concreto,
03:44a fin de evaluar la conducta del funcionario.
03:47El marco de referencia de esta discrecionalidad
03:50es el irregular ejercicio de las funciones
03:54y la absoluta falta de comprensión de la trascendental responsabilidad
04:00que el Estado le ha otorgado al funcionario.
04:02En cuanto a los principios institucionales en juego,
04:08deben ser merituados todos los actos que violen la Constitución
04:13o bien aquellos que sin violar las leyes en general
04:18constituyan un abuso de atribuciones discrecionales
04:24enderezadas a fines indebidos.
04:31Clarísimo.
04:32Gerald Ford, durante el juicio político al presidente Richard Nixon,
04:38había dicho que
04:39una conducta incompatible con el buen desempeño de funciones
04:45era cualquier comportamiento que la Cámara de Representantes
04:50considere inaceptable en un momento determinado de la historia,
04:56considerando acertadamente, aunque parezca arbitrario en extremo,
05:02que los conceptos de bueno y malo y la valoración de ciertas conductas humanas
05:08son subjetivas y van cambiando con el tiempo y con las costumbres.
05:13compilando la definición de varios autores y varias legislaciones,
05:21se puede afirmar que el mal desempeño de funciones
05:25consiste en un comportamiento contrario al que se espera del funcionario,
05:32hasta el punto que resulta intolerable permitir que continúe en el cargo.
05:40Puede tratarse de un comportamiento doloso o negligente
05:44o simplemente una conducta contradictoria con aquello que la sociedad espera de él.
05:52No necesariamente deben ser delitos o hechos antijurídicos,
05:59basta que se trate de un comportamiento repudiable con relación al cargo que ostenta.
06:07Finalmente, nuestra actual Carta Magna refleja la intención de los ciudadanos constituyentes
06:12de tipificar en la frase mal desempeño de funciones
06:17todas aquellas conductas que si bien no son ilícitas o antijurídicas
06:22puedan ser juzgadas porque provocan un perjuicio a la administración del Estado
06:27o a la imagen y credibilidad de las instituciones de la República.
06:31Ya sea que se traten de mal desempeño de funciones constitucionales,
06:38legales, éticas, morales o conductuales.
06:45Cinco clases de funciones.
06:49Pues la sociedad representada por el Congreso
06:52ha dejado de confiar en uno de sus altos funcionarios
06:57y es imperioso destituirlo a fin de restaurar la confianza
07:03y la credibilidad de las instituciones,
07:06preservando así la paz pública.
07:12Presupuestos constitucionales.
07:14El Congreso, como representante proporcional y democrático de la voluntad popular,
07:21tiene la función constitucional de contralor de la administración pública
07:26y la justicia.
07:28Este control se ejerce mediante diferentes mecanismos.
07:32El principal de ellos es el juicio político.
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