Saltar al reproductorSaltar al contenido principal
  • hace 2 días

Categoría

🗞
Noticias
Transcripción
00:00Está cada vez más claro, estimado amigo, que efectivamente la candidatura per se no viola el artículo 237 de la Constitución.
00:07Lo que violaría el artículo 237 es la asunción del cargo.
00:11Y efectivamente hay constitucionalistas que opinan al respecto y Emilio Camacho señaló que el presidente de la República no viola la Carta Magna
00:22con su postulación a la presidencia de la Junta de Gobierno.
00:25Pero asumir el cargo sí constituiría una violación del 237.
00:31Esta es una repetición prácticamente calcada del proceso del año 2006 de Nicanor de Artes Frutos, estimado amigo.
00:38Ahora, Nicanor sí violó la Constitución porque sí asumió el cargo y pidió permiso.
00:46Durante 10 minutos hubo una violación constitucional flagrante en este tema.
00:51Esto es lo que dijo Emilio Camacho.
00:53Ser candidato, ser electo y ser proclamado no es ejercicio de otra función.
01:04La Constitución no prohíbe en ningún artículo que el presidente pueda candidatarse, por ejemplo, a la presidencia de un cargo partidario,
01:14que sería este caso.
01:17En segundo lugar, de lo que sí habla la Constitución es de la inhabilidad y de la incompatibilidad.
01:26La inhabilidad quiere decir que directamente no puede ser.
01:30Y son varias inhabilidades enumeradas en el artículo 235 de la Constitución.
01:37Son como nueve incisos que dicen quién no puede ser candidato.
01:42Los ministros de corte, defensor del pueblo, contralor general, propietario de medios de comunicación.
01:49Van numerando intendentes municipales, gobernadores, etcétera.
01:53Y después hace una aclaración y dice que ciertos cargos podrán ser candidatos siempre que renuncien seis meses antes.
02:01Es decir, la inhabilidad que no puede ser.
02:04Sin embargo, la pregunta para el caso de cuestiones es el artículo 235, la Constitución 237,
02:12la Constitución que habla de la incompatibilidad.
02:14La incompatibilidad, señora, tiene que ver directamente con la simultaneidad más estricta de los 137.
02:23Él no podrá asumir ese cargo mientras sea presidente.
02:28Hay que recordar incluso el caso de Nicanor que asumió por una hora, ¿verdad?
02:35Y ahí sí se produjo un conflicto con la Constitución.
Sé la primera persona en añadir un comentario
Añade tu comentario