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  • hace 23 horas
La defensa de Hugo Javier, representada por los abogados Arturo Daniel, Andrés Casati y Fausto Portillo, solicitó “igualdad procesal, levantamiento de arresto (medidas menos gravosas).

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Transcripción
00:00El TSJES, Sara, es que en todo caso lo que puede hacer el gobernador Hugo Javier es accionar, por supuesto, esta resolución que salía ayer de la destitución definitiva.
00:13Puede hacerlo en un plazo de cinco días como mucho, porque si es que se supera ese plazo, automáticamente ya no se va a poder hacer nada.
00:21Eso va a quedar firme y es oficialmente ahora gobernador Machuco el que va a seguir gobernando hasta que termine el periodo.
00:29Lo que también decía Carlos María Lubetich, el director de procesos electorales, es que él puede accionar, pero considerando que él continúa con esta prisión domiciliaria, esta demanda va a ser prácticamente inocua porque finalmente no va a poder ocupar este cargo.
00:48Pero escuchemos lo que señalaba Carlos María Lubetich, director de procesos electorales.
00:53En este momento hay que acatar esa resolución hasta que alguien enerve la acción de la justicia.
01:04¿Para qué hacer una demanda inocua en este momento?
01:10Vamos a suponer que la justicia electoral diga que no corresponde en este momento sacarle.
01:17Igual este señor que se encuentra privado de su libertad no va a poder asistir, ¿verdad?
01:23O sea que de igual manera va a tener el mismo efecto.
01:27Él no va a poder asistir y por lo tanto no va a poder ejercer el cargo, ¿verdad?
01:33Porque tiene prisión domiciliaria.
01:36Entonces yo creo que la acción judicial se puede dar.
01:41Ahora, como ustedes saben que las acciones judiciales no son muy rápidas, podría ocurrir también que el pleito dure tanto tiempo que prácticamente sea una resolución inocua al final.
01:59El problema es que es el tiempo, porque en la justicia electoral las personas tienen solamente cinco días para recurrir a resoluciones y una vez conocida la misma.
02:17Y como esto es de público conocimiento, este señor tiene solamente cinco días para enervar la acción de la justicia.
02:25O sea que probablemente él presente alguna acción en este momento y la justicia electoral va a seguir estudiando en forma paralela al transcurrir de su imposibilidad de asistir.
02:41Ahora, cuando él sea sobreseguido o le sea levantada la medida cautelar de prisión domiciliaria, ahí sí recién tendría un verdadero sentido la resolución que pueda tomarse por parte de la justicia electoral.
02:59Ahora, esto es lo que indicaban desde el Tribunal Superior de Justicia Electoral.
03:07Pero qué es lo que decía el abogado defensor de Hugo Javier en este caso respecto a esta destitución definitiva.
03:15Andrés Casati señalaba que se trata de una destitución totalmente irregular que principalmente ya se guió por cuestiones más bien políticas desde el inicio.
03:27Él también señalaba que según el artículo 165 de la Constitución Nacional no corresponde en lo absoluto eliminar o sacar del cargo a Hugo Javier González.
03:39Porque solamente, según señalaba, él por lo menos puede hacerlo la Cámara de Diputados a través de una intervención.
03:47Escuchemos también lo que decía Andrés Casati respecto a este tema.
03:52Esta situación totalmente irregular que ha cometido, ha realizado la Junta Departamental.
04:04En atención a que el artículo 165 de la Constitución Nacional es clarísimo, que establece que la gobernación o los municipios pueden ser intervenidos por el Poder Ejecutivo
04:20por un plazo máximo de 90 días y el órgano por mayoría absoluta de la votación de la Cámara de Diputados.
04:30Y la misma Cámara de Diputados es la única que tiene la facultad para destituir a un gobernador.
04:37Y la misma Cámara de Diputados es la única que tiene la Cámara de Diputados.
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