00:00El artículo 104 de nuestra Constitución Nacional establece claramente la declaración jurada de bienes como debe realizarse
00:09y en base a ese criterio podemos hablar hoy en día de una abierta violación por parte del expresidente de la República Horacio Cartes
00:17quien ocultó jurídicamente entre el 2013 y el 2018 cuando se desempeñaba como jefe de Estado
00:24una empresa portafolio creada en Panamá en el 2011 denominada Dominicana Acquisition S.A.
00:32El director de control de declaraciones juradas de la Contraloría, Armindo Torres, habló esta mañana con ABC
00:38confirmó que recién el pasado jueves 30 de septiembre, Cartes lo presentó
00:43la Contraloría debería rechazar la declaración jurada que fue rectificada porque lo expuso recién cuando se le inició una investigación
00:51Al respecto, Torres dijo que es el Ministerio Público justamente la institución manejada por Horacio Cartes
00:57el que debe resolver si es válido o no esta última rectificación
01:02Me puse a verificar un poquito las declaraciones juradas del año 2013 y 2018 del señor Cartes
01:11y efectivamente no fue consignado la empresa Dominicana Acquisition
01:17y también se ha verificado que existe una declaración jurada posterior a esas dos
01:24que fue presentado posterior y en esa rectificación porque lo presentó como una rectificación
01:32de la declaración jurada 2013-2018 en donde fue consignado esa empresa
01:38¿Qué fecha es esa última?
01:41Del 30 de septiembre de 2021
01:45¿Eso es legal, Armindo?
01:47Sí, se puede. La rectificación es un derecho que tiene cada funcionario o exfuncionario en este caso
01:55porque ellos tienen el password del sistema de declaración jurada
02:00cada uno es responsable de su declaración jurada
02:02puede entrar de cualquier lugar del país o del extranjero para poder presentar una declaración jurada
02:10conforme a la legislación penal ya no puede estar rectificando su declaración jurada
02:15cuando existe una denuncia penal sobre el hecho o una investigación sobre el hecho
02:22o que haya terminado un examen de correspondencia
02:25a criterio nuestro ya no se puede hacer después ya no tomamos en cuenta
02:29en este caso no tengo conocimiento si esos hechos
02:32por lo menos denuncias penales existen
02:35¿Verdad?
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