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Transcripción
00:00En República Dominicana, por fin ya, en el día de hoy,
00:03los hermanos Antonio Espaillat y Maribel Espaillat
00:07fueron acusados de, vamos a ver específicamente lo que dice
00:12la acusación, tú la tienes ahí, Nairobi,
00:14que incurrió en negligencia, imprudencia e inobservancia
00:19de los reglamentos por múltiples acciones,
00:22gran parte de ese homicidio involuntario masivo
00:25y golpes y heridas involuntarias,
00:28conductas tipificadas en los artículos 319 y 320
00:32del Código Penal Dominicano,
00:34cuyas penas son entre tres meses y dos años de prisión,
00:37pero la acusación es grave.
00:41Y aparte de mencionar lo que ya había mencionado el informe
00:45que nosotros habíamos leído aquí,
00:47habíamos incluso conversado ampliamente sobre él,
00:50cada uno de los datos, desde la columna,
00:52cuando Segundo Inver hizo el primer trabajo,
00:55de la falta de permisología,
01:00de las decisiones que se tomaron estructurales,
01:03sin las consultas y de la sobrecarga de los techos, etc.,
01:07que demuestran la negligencia a lo largo de los últimos 10 años,
01:12también hablan de algo más delicado,
01:14que es el intento de encubrimiento,
01:16porque mencionan en el expediente
01:19cuando la señora Maribel visitó al empleado,
01:24que fue el que hizo las advertencias el mismo día,
01:27para decirle que no hablara con nadie sobre eso,
01:30porque eso le podía costar 20 años de cárcel a su hermano.
01:34Eso es grave también.
01:35No sé eso cómo se pueda utilizar dentro del proceso,
01:41como para incrementar algún tipo de pena,
01:44pero las penas sabemos que son entre tres meses y dos.
01:47Y si ya la acusación es omisión voluntaria,
01:49independientemente de las agravantes,
01:51no creo que trascienda mucho más de ahí.
01:53Ahora bien,
01:54yo estuve conversando con al menos dos de los abogados,
01:57de algunos de los afectados,
02:00entre ellos Félix Porto,
02:01porque tiene a 33 demandas,
02:04y él decía que ellos van a depositar también su acusación,
02:07obviamente, en el tiempo requerido,
02:09pero van a agregar una figura,
02:11porque ellos van por homicidio voluntario,
02:14y la figura que van a agregar es el dolo eventual,
02:17que la hemos escuchado,
02:18inclusive la mencionaron en su momento,
02:20del dolo eventual,
02:21cuando una persona no quiere directamente causar daño,
02:25dice el concepto,
02:26pero sabe que puede ocurrir por su conducta,
02:28y aún así continúa aceptando el riesgo.
02:31Es la definición que da la doctrina,
02:34sobre lo que es dolo eventual,
02:36y es lo que van a alegar,
02:37la mayoría de los abogados querellantes en el caso,
02:40porque ellos insisten en que se trató de un homicidio voluntario,
02:43esa negligencia que alega el Ministerio Público,
02:46de que bueno,
02:46se cayó un plafón,
02:48pero vamos a seguir,
02:48puede pasar algo,
02:49pero no ha pasado,
02:50ellos entienden que ahí hubo dolo eventual,
02:53y que debe aplicarse según lo que explica la ley,
02:56en este sentido.
02:57Ponen un ejemplo muy práctico,
02:59es como una persona que va manejando un motor a alta velocidad,
03:01por una zona escolar,
03:03si tú vas rápido,
03:04una zona escolar puede atropellar a una persona,
03:07tú lo haces a riesgo,
03:08y si lo haces,
03:09es dolo,
03:10tú no querías atropellar a nadie,
03:11pero lo hiciste con una conducta temeraria,
03:14es por ahí,
03:14por donde se están inclinando los querellantes,
03:17tendrá cabida o no,
03:18lo veremos ya en la apertura del juicio,
03:20que será el 12 de enero,
03:22pero es la línea que han tomado los querellantes,
03:24ellos insisten en que el Ministerio Público ha actuado más,
03:27con una línea que ellos entienden que defiende a la familia,
03:31y no a las víctimas,
03:33es el discurso que sostienen los abogados.
03:34Bueno,
03:34yo no veo eso en la acusación.
03:37Esos son los dos planteamientos que hay.
03:39Creo que en la acusación del Ministerio Público es importante,
03:42lo que ellos han recogido del arquitecto Antonio II Inver,
03:45sobre el tema del retiro de la columna,
03:48que hubo una columna de la estructura del edificio,
03:52que fue retirada,
03:53que fue removida,
03:54y dice el Ministerio Público que esos cambios estructurales,
03:58esas modificaciones estructurales,
03:59se hicieron sin los permisos de la alcaldía,
04:02del Distrito Nacional,
04:04los permisos correspondientes,
04:05y eso entonces ya tiene también otras implicaciones.
04:08Que no fue segundo Inver que la retiró,
04:10eso es importante.
04:11No,
04:12que él hizo un levantamiento donde se pudo constatar que lo habían quitado.
04:16Porque no tenían los planos de la discoteca,
04:18y él tuvo que hacer el levantamiento para determinarlo.
04:20Eso puede pasar,
04:21porque la obra es muy vieja,
04:22y se pierden los planos,
04:24etcétera.
04:24Pero usted no puede remover una columna
04:27sin hacer un estudio estructural de la posibilidad
04:30y de qué tiene que reforzar
04:33para evitar que luego ceda esa estructura,
04:37ese techo.
04:37¡Gracias!
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