00:00Pero fundamentalmente lo que hace este estatuto es delimitar claramente lo que es la formación de lo que es un contrato en formación en nuestro país.
00:10La formación tiene que estar destinada sencillamente a aprender, a nada más que esto, a formarse y no a sustituir a personas trabajadoras o relaciones laborales en las empresas.
00:24Por tanto, lo que hace este estatuto es delimitar claramente lo que es la formación en España, que a partir de ahora va a contar con derechos en España.
00:35De tal manera que una persona que esté en formación en prácticas no laborales, primer dato, no puede sustituir a un trabajador o trabajadora.
00:47Nada de lo que esté en lo que se esté formando puede hacerse sacar valor del mismo, ni ustedes con sus piezas, ni en un despacho de abogados con la demanda que pueda redactar un futuro o futura letrada.
01:02A partir de ahora, las personas que se están formando van a tener derechos. Van a ver ustedes que regulamos toda la formación en nuestro país con los límites precisos
01:14y, obviamente, van a tener las empresas, las administraciones públicas, obligaciones y deberes y las personas que se están formando también van a tener derechos y deberes.
01:26Entre los derechos más importantes es que, a partir de ahora, las personas en formación tienen derecho a que se les compensen los gastos que les irrogue la formación.
01:35Destacamos algunos. Gastos de desplazamiento, gastos de manutención, gastos de alimentación. Tienen que ser compensados.
01:44Dos, prohibimos expresamente que se pague por formarse. Esto no es una anécdota, esto pasa en España.
01:53Hay mucha gente en grandes consultoras que paga para estar en ellas y formación de gastos.
01:58Dos, se acabó la segregación en la formación en España. ¿Qué quiere ello decir?
02:02Que las personas que estén formándose forman parte del ambiente laboral de las empresas y, por tanto, tienen que ser incluidos
02:12en las salas de descanso, en las salas de lactancia, en las salas de subida de juegos, en las salas de formación, en los comedores,
02:22en lo que fuere menester que tuviese esa empresa. Es decir, no cabe la segregación.
02:27Esto que se le dice a la gente, usted es becario, no entre aquí, no puede volver a pasar.
02:32Tres, tienen que contar con un plan de formación exhaustivo, que además hay una regulación específica para que forme parte
02:42el contenido de ese plan de la representación sindical de las empresas.
02:47Y, por tanto, conocer en todo momento cuál es el objeto de esa formación que, como van a ver, está pautada y está seguida.
02:53Tiene que tener una persona que se responsabilice de esa formación.
02:58Tutor, que además acotamos en cada empresa que cada tutor no pueda tener más de cinco personas a su cargo en formación
03:06o, en otros casos, tres personas en formación.
03:10Y, ya para terminar, lógicamente, hacemos que tengan una serie de limitaciones las personas en formación que van a entender bien.
03:21Y es que tengan limitada, por ejemplo, la formación a distancia en un 50%,
03:27no puedan trabajar de noche o a turnos, trabajar, perdón, formarse en trabajos nocturnos o a turnos
03:34y, lógicamente, están absolutamente protegidos con todas las normas que supone el convenio 190 de las sanciones en esta materia.
03:47Van a ver ustedes que las sanciones se incrementan hasta 225.000 euros en caso de vulnerabilidad.
03:52Quiero dar las gracias al diálogo social, a empleadores y sindicatos,
03:5615 meses de mesa de diálogo social con acuerdo bipartito,
04:01a todas las comunidades autónomas y a todos los actores implicados en esta materia.
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