00:00En materia tributaria, en donde deberán resolver los juzgadores en un plazo máximo de seis meses
00:07y en materia penal, cuatro meses si se trata de delitos que no excedan de dos años de prisión
00:14y antes de un año si la pena excede este tiempo.
00:20En esa reforma se buscó también hacer efectivo entonces el principio de una justicia pronta y expedita.
00:28Como ustedes recordarán, ya existe un primer paquete de leyes expedidas para armonizar la reforma judicial.
00:37Eso se hizo desde diciembre y parte de este año, que ya están aplicándose.
00:45En este segundo paquete de reformas, decimos son las leyes procesales,
00:51Se busca garantizar el acceso a la justicia, estableciendo plazos y términos claros en todos los procesos.
01:00Se fortalece el juicio de amparo para que sea más ágil y sencillo, con reglas muy precisas y claras.
01:07También se protege el orden público y el interés social, se incorporan nuevas herramientas tecnológicas para modernizar la justicia,
01:18se ajustan algunos recursos fiscales y se homologan los delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa.
01:26Las leyes que están ya en el Senado es el Código Nacional de Procedimientos Penales,
01:35en el que se incluyen plazos procesales breves.
01:39Se establece un plazo común de cinco días para actuaciones procesales, donde no se señala expresamente.
01:45Se incluyen las medidas necesarias de protección para preservar la seguridad y resguardar la identidad de las personas juzgadoras
01:56en los casos de los delitos de delincuencia organizada.
02:02Se armoniza el catálogo de conductas de prisión en materia de prisión preventiva,
02:07en relación con el artículo 19 constitucional, delitos que fueron incorporados y que no se encontraban en estas leyes.
02:19Estamos incluyendo en materia penal las notificaciones digitales cuando se desconozca la identidad o domicilio de las personas,
02:31además de que permanecen los medios tradicionales.
02:34Y se establecen, esto son solo algunos temas, no es completa, pero digo los más relevantes.
02:42Se establecen reglas para la detención en flagrancia en materia penal,
02:48estableciéndose el uso de herramientas tecnológicas que permitan identificar a la persona
02:53y su ubicación en el lugar en que se encuentra, siempre todo bajo control judicial.
02:59La modificación a la ley federal contra la delincuencia organizada se incluye ahí la remisión al Código Nacional de Procedimientos Penales
03:09sobre las medidas para preservar la seguridad de las personas juzgadoras en materia de delitos de delincuencia organizada.
03:19También se ha presentado la modificación a la ley federal de procedimiento contencioso administrativo
03:29para responder a lo que la Constitución establece en materia de plazos, en materia fiscal.
03:37Se fija de manera clara el plazo máximo de seis meses para la resolución de los juicios en la vía sumaria.
03:46Se establecen plazos procesales comunes y especiales para las actuaciones del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
03:56Se establecen los presupuestos de procedencia de suspensión conforme a lo que la Corte ha dictado de criterios
04:04y se han formado jurisprudencia.
04:07La reforma a la ley de amparo.
04:11Primero quiero precisar que el juicio de amparo, como todos sabemos, está garantizado en nuestra Constitución.
04:18La Constitución no se modifica.
04:21Constituye el medio de defensa por excelencia del pueblo mexicano para la protección de sus derechos fundamentales.
04:28Actualmente, el juicio de amparo en su tramitación es tardado, lleno de tecnicismos y vacíos legales.
04:38Además, no se encuentra a la vanguardia con los avances tecnológicos, lo que dificulta su acceso y efectividad.
04:46Por ello, es fundamental una reforma que dé paso a una justicia efectiva que devuelva las bondades de dicho juicio de amparo.
04:56Ahora, ¿qué estamos poniendo de manera muy breve en la ley de amparo?
05:02Estamos estableciendo elementos, contenido y alcance para efectos de la procedencia del juicio de amparo
05:11conforme a los criterios que ha dictado la Suprema Corte de Justicia de la Nación
05:17para la aceptación de las demandas de amparo.
05:23Se establecen plazos y términos para una justicia pronta en donde las normas actuales,
05:31igualmente como en el Código, no están previstas.
05:36Se establece una parte importante de justicia digital.
05:41Se incorpora en el desarrollo de un juicio de amparo verdaderamente digital,
05:45con plena validez legal, operatividad práctica, sin que ello sustituya la procedencia documentada del procedimiento.
05:56Se va a seguir atendiendo también lo documental, pero hay obligación ya de digitalizar.
06:02En cuanto al cumplimiento y ejecución de sentencias, las personas juzgadoras deben señalar con claridad
06:10quién debe cumplir la sentencia y qué le toca hacer,
06:15para que no haya pretextos por parte de las autoridades y se respete el derecho de la persona.
06:21La suspensión del acto reclamado se fortalece con la metodología y requisitos de aplicación
06:29que deben tomar en cuenta las personas juzgadoras.
06:35En materia de suspensión, también la reforma plantea que no se afecte el sistema financiero.
06:42Todo eso lo tienen que ver los juzgadores, ni la economía nacional, cuando se tenga que conceder dicha medida.
06:49Se establecen reglas claras para la procedencia de la suspensión provisional y definitiva,
06:57que son dos momentos, en materia de congelamiento de cuentas.
07:02En todo caso, el órgano jurisdiccional dejará a salvo los recursos necesarios
07:08para el pago de obligaciones laborales, fiscales y alimentarias
07:12y asegurar la subsistencia de la persona física y de acreedores alimentarios.
07:18Esta reforma permitirá que la unidad de inteligencia financiera pueda requerir obtener
07:26y diseminar información financiera para la prevención y detección de operaciones
07:33con recursos de procedencia ilícita o conductas ilícitas relacionadas.
07:40Esto permite también fortalecer las capacidades del Estado para proteger la economía nacional
07:46a través del uso de inteligencia financiera y congelamiento inmediato de ganancias de criminales
07:53para reducir su capacidad de perpetuar su actividad delincuencial.
07:58En este mismo sentido, en el caso de los créditos fiscales firmes,
08:05la iniciativa propone, a fin de ser eficiente y expedita,
08:10la actuación de la autoridad ya para el cobro de ese crédito fiscal firme,
08:16que sea a través del amparo, puede impugnarse hasta determinado momento
08:22de todo el proceso que se establece en el Código Fiscal y se establecen reglas muy claras
08:28para que se pueda otorgar en algún momento la suspensión de los actos de cobro
08:35bajo la condición de que se otorgue una garantía.
08:40Se puede dar la suspensión, pero se tiene que garantizar ese crédito fiscal ya firme
08:47después de haber pasado por todas las etapas procesales.
08:51Y esa garantía tiene que ser lo suficientemente fuerte
08:55como puede ser un billete de depósito o cartas de crédito.
09:00Quiero dejar muy claro que los derechos humanos se mantienen firmes y protegidos
09:06como lo consagra la Constitución.
09:09Esta reforma no debilita el amparo, lo fortalece,
09:13lo mantiene como un escudo de la ciudadanía,
09:17pero ya no como un refugio para quienes buscan evitar la justicia.
09:23Ampararse para defender derechos es justicia,
09:27ampararse para ocultar delitos es impunidad.
09:31Y para la debida aplicación de la ley de amparo
09:34es necesario modificar Código Fiscal de la Federación
09:39y la ley orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
09:44Las reformas referidas a estas leyes,
09:47también como todas las reformas a las leyes que hemos hecho,
09:52incluyen un lenguaje incluyente,
09:55la referencia expresa a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas,
10:01y se actualizan las denominaciones de los nuevos órganos judiciales.
10:07Este paquete busca profundizar la nueva forma de administrar justicia.
10:14Estas modificaciones complementan las leyes circundarias de acceso a la justicia,
10:20y estamos buscando dotar de herramientas a las personas juzgadoras
10:26para que con una visión de derechos humanos y apegada al marco constitucional,
10:31se garantice que efectivamente será una tutela judicial efectiva
10:42y lo podrán hacer en los tiempos que establece la Constitución.
10:49Esto siempre, y lo hemos dicho,
10:52la Presidenta es muy cuidadosa en eso,
10:55respetando los derechos humanos
10:57y sin que el amparo,
10:59que es la institución más importante en nuestro sistema jurídico,
11:05pierda su espíritu original.
11:07Lo fortalecemos para que siga siendo reconocido internacionalmente
11:12como la herramienta para la protección
11:15de los derechos fundamentales del pueblo mexicano.
11:18Estas son, a manera de presentación,
11:23las reformas a estas leyes que están ya en el Congreso.
11:27Gracias.
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