00:00el conjunto de sus miembros declara fundado la excepción de incompetencia en razón de materia
00:06sobreviniente opuesta por Janine Áñez Chávez, 80. En consecuencia, se dispone lo que sigue.
00:14Número 1. Se anula Obrados hasta el vicio más antiguo, que consiste hasta fojas 2 de Obrados.
00:22Número 2. Por secretaría de este tribunal, devuelva Obrados y los documentos presentados
00:29por las partes como medios de prueba ante el juzgado de origen, juzgado de instrucción penal
00:35anticorrupción y contra la violencia hacia las mujeres primero de la Ciudad del Alto, sea en el día,
00:42debiendo la autoridad jurisdiccional remitir inmediatamente ante la Fiscalía General del
00:47Estado Plurinacional de Bolivia a efectos de que el presente proceso se tramite conforme a la Ley 044.
00:54Número 3. Respecto a los acusados, se resuelva inmediatamente por el juez de instrucción de
01:02origen que ha determinado las medidas cautelares en contra de todos los acusados.
01:08Número 4. Si los acusadores particulares y o las víctimas consideran seguir el proceso,
01:16se recomienda acudir con su proposición acusatoria ante la Fiscalía General del Estado.
01:21Se registre y se adhiera una copia en el libro de Tomás de Razón.
01:27La palabra, señor juez.
01:30Simplemente quiero decir que la historia recordará que este día se defendió la legalidad,
01:35se reivindicó la independencia judicial y se dio un paso hacia una Bolivia más justa y más libre.
01:43¡Que viva Bolivia!
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